La maldición de D. Álvaro y el nuevo Catecismo de la Obra

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Por Claire Fischer, 20.03.2006


En 1975, cuando todavía estaba caliente el cadáver del fundador, Alvaro del Portillo dirigió una severa maldición (sí, sí, no fue una amonestación o una enérgica advertencia: fue una maldición, con estas palabras literales) al que osara en el futuro cambiar o apartarse ni un milímetro al espíritu del Opus Dei tal como la había querido el fundador.

En este momento solemne e irrepetible, yo suplico ardientemente a Dios que mantenga siempre su misericordia sobre nosotros y que, a pesar de nuestras miserias pasadas y presentes, nos conceda con abundancia la gracia para permanecer fieles, leales, hasta la muerte si fuera preciso. Y ruego también que si, a lo largo de los siglos, alguno —no ocurrirá, estamos ciertos—, quisiera perversamente corromper ese espíritu que nos ha legado el Padre, o desviar la Obra de las características divinas con que nuestro Fundador nos la ha entregado, que el Señor lo confunda y le impida cometer ese crimen, causar ese daño a la Iglesia y a las almas. [Alvaro del Portillo- Carta 30-VI-1975, n. 39]

Fue el mismo Alvaro del Portillo el que prologó, revisó y aprobó la 5ª edición del catecismo de la obra, incluyendo el punto 212 que, durante años, todos tuvimos que leer, memorizar y analizar:

212.–¿Por qué el vínculo, que se adquiere con la incorporación en la Prelatura, es de carácter contractual?

El vínculo que se adquiere con la incorporación en la Prelatura, y que liga a la Obra con sus miembros, es de carácter contractual porque así lo deseó siempre nuestro Fundador, ya que de este modo queda perfectamente garantizada la secularidad de nuestra vocación.

Poco tiempo después, el mismo Älvaro del Portillo, aclaraba en una publicación interna (Crónica) que esa maldición no iba dirigida a todos los fieles sino a los futuros prelados del opus dei y aclaraba que la pronunció en referencia a la posibilidad de que alguno de ellos osara variar en lo más mínimo cualquier aspecto del espíritu de la obra tal como él, Alvaro del Portillo, la había recibido del fundador.

Por ejemplo, la maldición se aplicaría a algún sucesor suyo que se le ocurriera reeditar el catecismo y permitir un punto que, contradiciendo lo que “siempre quiso nuestro Fundador”, contradiciendo a Alvaro del Portillo y a los primeros canonistas del Opus Dei, rezara:

11. –Entonces, el vínculo de los fieles con la Prelatura ¿es de naturaleza contractual?

El vínculo de los fieles con la Prelatura no es de naturaleza contractual, sino el propio de la pertenencia a una circunscripción eclesiástica. De naturaleza contractual es la declaración que causa ese vínculo. (Catecismo 7ª edición)

En futuros escritos pondremos nombres y apellidos a los causantes de todo esto. Sirva este aperitivo para dos de los colectivos de miembros activos del Opus Dei que nos leen con asiduidad:

  • Los mayores. Os interesará saber quiénes son los dos o tres asesores en derecho canónico de Javier Echevarría que están pulverizando sin ningún escrúpulo todo lo que conocíais. Pronto lo sabréis. Son seguramente más jóvenes que vosotros.
  • Los no tan mayores. Por qué no preguntáis a alguien de la comisión regional que os explique quién mintió. ¿mintió don Álvaro, al asegurar que el fundador siempre había querido que el vínculo fuera de carácter contractual, o miente ahora don Javier y sus canonistas, al afirmar que nunca lo ha sido?

Para los demás, baste indicar en este mail (ya profundizaremos en un futuro próximo) que la desesperación y descontrol totales que hay en el Opus Dei en estos momentos -entre otros temas en el asunto del vínculo de los laicos- es debido a que, se mire por donde se mire, los laicos no pueden pertenecer a la prelatura y el hecho de que don Alvaro -fundándose en la voluntd del fundador- afirmara no sólo en cartas pastorales (como nos mostraba Ottokar en un genial escrito hace pocos días) sino también en artículos científicos de fondo firmados por él mismo Alvaro del Portillo y publicados en las revistas Ius Canonicum y Scripta Theologica de la Universidad de Navarra, que el vínculo de los laicos es de carácter contractual no hizo más que confirmar a todos los canonistas del mundo con rotundidad que los laicos NO PERTECEN A LA PRELATURA. Podrían pertenecer a una sociedad de fieles, tal como lo prevé el código de derecho canónico, de forma similar a la de los curas diocesanos que no pertenecen a la prelatura pero sí a la Sociedad Sacerdotal de la Santa Cruz. Pero eso es algo que Javier Echevarría no quiere ni oír. Y sabe perfectamente porqué. Sabe perfectamente la desbandada de laicos que se produciría. Y sabe cómo se percibiría eso dentro de la Obra y en el Vaticano. Por eso prefiere comerse con patatas la maldición de don Álvaro.


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