La desburocratización de los Directores del Opus Dei

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Por Doserra, 5.06.2006


Agradezco la observación de Antonio María sobre los Inscritos. No obstante, aun teniendo razón en que el n. 13 de los Estatutos de 1982 habla de “Numerarios especialmente dedicados a cargos de dirección o formación”, no debe despreciarse el hecho de que en estos Estatutos esa dedicación ya no constituye aquel status institucional del que no podían ser removidos más que “a título de castigo, impuesto por el Presidente con voto deliberativo de su propio Consejo”, como establecían para los Inscritos las Constituciones de 1950 (n. 17), sino una mera función de la que no se dice que haya de ser estable ni a tiempo completo. Por otra parte, aunque también es verdad que no es exacto lo que apuntaba Ángel en 2004 sobre que los Numerarios hayan asumido en los Estatutos de 1982 las funciones atribuidas a los Inscritos en las Constituciones de 1950, pienso sin embargo que Ángel acertó en su valoración sobre el acaparamiento de los Numerarios para tareas internas, que se opera en los Estatutos de 1982, según comenté en mi comunicación del pasado 24 de mayo...

En todo caso, me parece indudable que una de las causas que más influyen en que el Opus Dei no sea capaz de rectificar los errores que le han conducido a la deplorable situación actual es la profesionalización de la función de Director. Pues, sea o no conscientemente pretendida por las autoridades superiores de la institución, la sujeción que se deriva de carecer de un medio de subsistencia extra institucional ocasiona que los Directores no puedan arriesgarse a discrepar de lo que les indiquen las instancias superiores, si quieren continuar en sus cargos y no quedarse en el desempleo. Y con ello se anula la capacidad de iniciativa de los cooptados para las tareas de gobierno: su misión ha de reducirse a ejecutar lo que les manden desde arriba, de forma que la institución se empobrece, al limitarse sus autoridades a ejecutar lo que pueda ocurrírseles a las solas personas del Prelado y de sus más estrechos colaboradores.

Es curioso: en el texto que cité el pasado 31 de Mayo, de la Carta Multum usum, n. 9, fechada en la fiesta de san Miguel de 1957, el Fundador señalaba que en el Opus Dei el cargo de Director debía ser ad tempus y compatibilizarse, en la medida de lo posible, con el propio trabajo civil. Con ello prevenía una interpretación funcionarial de las características asignadas a los Inscritos en las Constituciones de 1950. Y, de hecho, en los Estatutos de 1982 –supervisados en su totalidad por el Fundador, según Mons. del Portillo- la figura de los Numerarios “especialmente dedicados a tareas internas” no constituye ya una categoría institucional –quedando limitada a una mera función-, y no requiere una dedicación ni estable ni exclusiva. Sin embargo, como Oráculo acaba de detallarnos en su último escrito, la tendencia controladora del Fundador dio lugar a una tal cantidad de normativas que su conocimiento y aplicación han vuelto la función de gobierno en la Obra incompatible en la práctica con un trabajo civil, y han impedido que su ejercicio se corresponda con el principio de secularidad, al que teóricamente debería ajustarse si se tiene en cuenta el carisma fundacional.

En efecto, si el Opus Dei fuera realmente una “organización desorganizada”, el ejercicio de la potestad de régimen se limitaría -como dice el n. 2 de sus Estatutos- a la organización de las actividades formativas de sus miembros y de los que participan en sus apostolados. Y esto ocuparía muy poco a los Directores, pues no tendrían que gastar la energía y el tiempo que hoy hacen falta para conocer y aplicar la actual profusión de normas. De esta forma, en la Prelatura los únicos que tendrían que abandonar su profesión civil serían, como es lógico, los que se ordenaran sacerdotes. Pero al entrometerse los Directores en la supervisión y control de la mayoría de las facetas de la existencia de sus fieles –sobre todo de l@s Numerari@s y Agregad@s-, es decir, al estatalizar aspectos de la vida privada de los miembros de la Obra que nunca se debería expropiar a cristianos corrientes, no sólo imprimen a su labor esa deriva sectaria que tan ponderadamente ha descrito Chispita, sino que su función se hipertrofia y acaba requiriendo una dedicación exclusiva, y esa profesionalización tiende a justificar su existencia con una burocratización que, como pescadilla que se muerde la cola, sofoca toda espontaneidad y pluralismo.

El saneamiento de la función de gobierno en el Opus Dei pasa por la reprivatización. Pues si los Directores dejaran de malgastar tiempo en hacer todas esas “cosas malas” que nos está contando Oráculo, muchos de los errores actuales se remediarían: si cesaran en el abuso de entrometerse en la intimidad de sus fieles, de chismorrear sobre la información obtenida en la Confidencia y de hacer circular tantos informes sobre personas de dentro y de fuera; si dejaran de dar indicaciones sobre asuntos que deberían resolver en conciencia los miembros del Opus Dei, de promover tantas labores corporativas que están sofocando la iniciativa personal de los fieles de la Prelatura, de gobernar desde la sombra las actividades apostólicas personales y personalísimas, de agotarse en la organización de apostolados colectivos -en vez de impulsar la vitalidad apostólica de los fieles- y de gestionar ocultamente los asuntos económicos que deberían estar en manos de sus promotores oficiales, etc., la Obra ya no necesitaría ese cuerpo de funcionarios inamovibles: los Directores, al no tener que dedicarse a tiempo completo a esta labor y poder tener su propio trabajo y autonomía económica, ya no precisarían perpetuarse en sus cargos, podrían opinar con libertad e iniciativa y acabarían con esa burocratización que tanto disgusta a quien hoy ocupa la Sede de Pedro:

“Creo que tenemos demasiada burocracia. En cualquier caso, necesitamos simplificar en todos los campos. Los asuntos no deberían recorrer tantos despachos, porque más importante que eso sería tener un contacto personal” (J. Ratzinger, La sal de la tierra, Madrid 1997, p. 290).


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