Carta "Non ignoratis", José María Escrivá, Roma, 2-10-1958

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Carta de Mons. Escrivá de Balaguer a los miembros del Opus Dei sobre la cuestión institucional; 2-X-1958.

RHF, E17-581002-1.


1. No ignoráis, hijas e hijos queridísimos, que el fin y los medios de la Obra de Dios son plena y exclusivamente sobrenaturales, espirituales y apostólicos: queremos promover vocaciones de cristianos, que se obliguen a buscar la santidad en el mundo, cada uno en su propio estado, de modo que conviertan en apostolado toda su vida.

El apostolado nuestro, con el que cooperamos en la misión salvífica de la Iglesia, tiene un carácter y un modo seculares: no porque busquemos fines seculares o temporales, sino porque el apostolado de la Obra de Dios, teniendo un fin sobrenatural, debe dirigirse a personas que viven en el mundo, y debe hacerse por personas que trabajan libremente en las mismas condiciones y circunstancias temporales que los demás, sin querer distinguirse en nada de sus compañeros.

2. No somos religiosos, ni se nos puede llamar religiosos o misioneros. Todos los socios del Opus Dei ejercen su profesión de médico, de abogado, de obrero, de campesino, u otra cualquiera, del mismo modo que los demás ciudadanos: procurando a la vez ganar almas para la Iglesia Santa, mediante el ejercicio de su tarea profesional, y con frecuencia en lugares y circunstancias difcilmente accesibles a los sacerdotes y a los religiosos.

3. Tampoco somos ciudadanos de segunda categoría: gozáis de una libertad completa y sois personalmente responsables de vuestros actos, no sólo en el ejercicio del trabajo profesional, sino también en vuestra acción social, cultural o política, que son cosas que tenéis en común con los demás ciudadanos de vuestra nación; de ahí que tengáis también los mismos derechos y deberes.

En las cosas temporales, nunca los Directores de la Obra pueden imponer una opinión determinada sobre aquellas materias que Dios Nuestro Señor deja a la libre discusión de los hombres: cada uno de vosotros actúa siempre con plena libertad, según su conciencia.

Si alguna vez fuera necesario, en bien de las almas, establecer y determinar alguna norma en estos asuntos, dar ese criterio corresponderá exclusivamente al Ordinario del lugar, como parte de su ministerio pastoral; y en cada caso, será deber vuestro secundar las normas que el Revdmo. Ordinario diocesano dicte, con espíritu de obediencia ante Dios y ante los hombres.

4. Aunque vivimos en el mundo y participamos de todos los afanes y trabajos de la sociedad, nuestra vocación es necesariamente contemplativa: estamos en continua, sencilla y filial unión con Dios, nuestro Padre. Si no fuéramos realmente contemplativos, sería dificil que pudiéramos perseverar en el Opus Dei.

5. Hemos de vivir con naturalidad y sencillez nuestra personal unión con Dios. No ocultamos nuestra condición, ni usamos de misterio o secreteo, que no necesitamos nunca.

Sin embargo, debemos preservar la intimidad de nuestro amoroso trato con el Señor de la curiosidad indiscreta de otros, por la misma razón y con el mismo cuidado con que todo el mundo evita que se difunda o divulgue sin motivo lo que pertenece a la intimidad de su familia.

6. Nuestro único afán es servir a la Iglesia, como Ella quiere ser servida, dentro de la peculiar vocación que hemos recibido de Dios. Por eso, no deseamos para nosotros el estado de perfección. Lo amamos, para los religiosos y para los que pertenecen a los que ahora se denominan Institutos Seculares, porque es propio de su vocación.

A nosotros, en cambio, por la vocación específica, con la que hemos sido llamados al Opus Dei, Dios nos pide solamente que cada uno busque la santidad en el propio estado -soltero, casado, viudo, sacerdote- y en el ejercicio de su munus publicum, o sea, de su trabajo profesional, bien conocido por todos sus conciudadanos.

7. No queremos, por tanto, que se nos aplique indiscriminadamente el derecho propio de los religiosos, ni que en modo alguno se nos equipare o, más o menos, se nos identifique con ellos.

De lo contrario, no podríamos ayudarles ni defenderlos como lo hacemos; se haría más difícil nuestro eficaz servicio a la Iglesia Santa de Dios, que debe realizarse sin ruido; y, sobre todo, nos resultaría imposible conservar el espíritu que Dios quiere para nosotros.

8. Las características peculiares del espíritu y de la vida apostólica de la Obra de Dios -que han sido confirmadas ampliamente por una larga experiencia, desde el año 1928-, junto con el Ius peculiare que nos ha sido concedido (Decretum laudis,. 24-11-1947, y Decreto de aprobación definitiva, 16-VI-1950; además de los Breves Apostólicos Cum Societatis, 28-VI-1946, y Mirifice de Ecclesia, 20-VII-1947), confieren a nuestra Obra una personalidad ciertamente especialísima -sin soberbia alguna, debemos reconocerlo y manifestarlo-, que la diferencia claramente de los actuales Institutos Seculares: porque éstos -sean o no secretos- tienen características que los hacen muy semejantes a las Congregaciones religiosas o a las comunes Asociaciones de fieles, de las que frecuentemente es dificil distinguirlos, tanto por su espíritu como por su modo de vida;

9. De hecho no somos un Instituto Secular, ni en lo sucesivo se nos puede aplicar ese nombre: el significado actual del término difiere mucho del sentido genuino, que se le atribuía cuando la Santa Sede usó esas palabras por primera vez, al concedernos el Decretum laudis en el año 1947.

Tampoco puede confundirse el Opus Dei con los llamados movimientos de apostolado. Lo impiden sus características peculiares: el vínculo mutuo y sobrenatural, con el que cada uno de los socios se une al Opus Dei; nuestra dedicación plena y completa a Dios; nuestra formación doctrinal, sólida y constante, que nunca damos por terminada, sino que procuramos mejorar continuamente durante toda la vida; nuestra jerarquía interna, que es universal, para que sea más eficaz nuestro trabajo en servicio de la Iglesia; la atención, solícita y delicada, que prestamos a los socios enfermos y ancianos; etc.

10. Hasta tal punto deseamos que esta situación se arregle, que desde hace muchos años se han celebrado y se continúan celebrando miles de misas por esta intención. Y con el mismo fin todos rezamos constantemente, ofreciendo también a Dios con amor el cumplimiento del trabajo profesional, y de toda la labor apostólica.

Haciendo esto, depositamos nuestra confianza filial en Dios, para que se digne poner fin a esta preocupación espiritual.

11. Con la misma confianza filial, y pidiendo la intercesión de la Bienventurada Virgen María, Madre nuestra -Cor Mariae Dulcíssimum, ¡ter para tutum! , informaré a la Santa Sede, en el momento oportuno, de esa situación, de esa preocupación. Y a la vez manifestaré que deseamos ardientemente que se provea a dar una solución conveniente, que ni constituya para nosotros un privilegio -cosa que repugna a nuestro espíritu y a nuestra mentalidad-, ni introduzca modificaciones en cuanto a las actuales relaciones con los Ordinarios del lugar.

12. Es sólo nuestro amor a Jesucristo Señor Nuestro, a la Santa Madre Iglesia, y al Romano Pontífice -amor manifestado y expresado siempre con obras de servicio-, lo que nos mueve a procurar con todas las fuerzas que se asegure nuestro espíritu y se refuerce la eficacia del apostolado de la Obra.

Movidos -repito- solamente por ese amor, deseamos también que la Iglesia sancione con la correspondiente declaración jurídica nuestra peculiar vocación, plenamente secular, es decir, propia de sacerdotes seculares y de laicos o fieles corrientes.

Por la misma razón y con el mismo deseo, para que no pudiera originarse ni difundirse ninguna falsa opinión sobre nuestra vocación específica, nunca quisimos -con conocimiento de la Santa Sede- formar parte de las federaciones de religiosos, o asistir a los congresos o asambleas de los que se dice que están en estado de perfección.

13. Entretanto, hijas e hijos míos, nuestro Ius peculiare está clarísimo, y ha sido repetidamente confirmado por los documentos pontificios: cumplidlo -vividlo- con fidelidad. Y con sentido sobrenatural también, observad diligentemente vuestros deberes civiles, y ejerced libremente vuestros derechos de ciudadanos.

14. Encarecidamente os pido que no tengáis ningún temor a que la Santa Madre Iglesia, contra nuestra voluntad, quiera hacernos religiosos o equiparamos de algún modo a los religiosos, no siendo ésta la vocación que Dios nos ha dado.

Tened una confianza plena y una firmísima esperanza; seguid rezando sin interrupción, ofreciendo a Dios cada día vuestro trabajo y vuestro sacrificio, para que, finalmente, pueda llegarse a una solución conveniente.

Cariñosamente os bendice en el Señor vuestro Padre

Josemaría

Roma, 2 de octubre de 1958