Programa de formación inicial (B-10), Roma, 1985/Apartado IV 36

36. EL SÉPTIMO MANDAMIENTO DEL DECÁLOGO

"El séptimo mandamiento prohíbe tomar o retener los bienes del prójimo injustamente y perjudicar de cualquier manera al prójimo en sus bienes. Prescribe la justicia y la caridad en la gestión de los bienes materiales y de los frutos del trabajo de los hombres. Con miras al bien común exige el respeto del destino universal de los bienes y del derecho de propiedad privada. La vida cristiana se esfuerza por ordenar a Dios y a la caridad fraterna los bienes de este mundo" (Catecismo, 2401).


Tabla de contenidos

El destino universal y la propiedad privada de los bienes

a) "Al comienzo Dios confió la tierra y sus recursos a la administración común de la humanidad para que tuviera cuidado de ellos, los dominara mediante su trabajo y se beneficiara de sus frutos (cfr. Gen 1,26-29). Los bienes de la creación están destinados a todo el género humano" (Catecismo, 2402).

— Sin embargo, "la apropiación de bienes es legítima para garantizar la libertad y la dignidad de las personas, para ayudar a cada uno a atender sus necesidades fundamentales y las necesidades de los que están a su cargo" (ibidem).

593 La posesión común de bienes fue una realidad presente en la Iglesia desde la era apostólica, pero no como una exigencia para todos los cristianos, sino como una elección libre de algunos de ellos (cfr. Act 5,1-11).


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propiedad privada de un bien hace de su dueño un administrador de la Providencia para hacerlo fructificar y comunicar sus beneficios a otros, ante todo a los más próximos" (Catecismo, 2404).

El uso de los bienes: templanza, justicia y solidaridad

594 En el siglo XX se han visto las consecuencias nefastas de tal concepción, incluso en el plano económico y social.

595 Cfr. JUAN PABLO II, Enc. Centesimus annus, (l-V-1991), 10,13 y 44.

"La regulación de la economía por la sola planificación centralizada pervierte en su base los vínculos sociales; su regulación únicamente por la ley de mercado quebranta la justicia social, porque «existen numerosas necesidades humanas que no pueden ser satisfechas por el mercado» (ibidem, 34). Es preciso promover una regulación razonable del mercado y de las iniciativas económicas, según una justa jerarquía de valores y con vistas al bien común" (Catecismo, 2425).

596 Cfr. Camino, 631.

597 Cfr. tema 28, n. 5.

"La justicia dispone a respetar los derechos de cada uno y a establecer en las relaciones humanas la armonía que promueve la equidad respecto a las personas y al bien común" (Catecismo, 1807).


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des" (Catecismo, 24II)598; la del ciudadano hacia la comunidad, justicia legal (por ejemplo, pagar los impuestos justos).

e) La virtud de la solidaridad "es la determinación firme y perseverante de empeñarse a favor del bien común: es decir, del bien de todos y de cada uno, porque todos somos verdaderamente responsables de todos"599. La solidaridad es "comunicación de los bienes espirituales aún más que comunicación de bienes materiales" (Catecismo, 1948).

El respeto de los bienes ajenos

a) El séptimo mandamiento prohibe tomar o retener injustamente lo ajeno, o causar algún daño injusto al prójimo en sus bienes materiales.

b) "Los contratos deben ser rigurosamente observados en la medida en que el compromiso adquirido sea moralmente justo" (Catecismo, 2410)600.

c) La obligación de reparar: quien ha cometido una injusticia debe reparar el daño causado, en la medida que sea posible601.

598 La justicia distributiva impulsa a quien gobierna la sociedad a distribuir el bien común, a asignar un honor o una tarea a quien lo merece, sin ceder a favoritismos, etc.

599 JUAN PABLO II, Enc. Sollicitudo rei socialis, (30-XII-87), 38; cfr. Catecismo, 360-361.

600 "Los contratos están sometidos a la justicia conmutativa, que regula los intercambios entre las personas en el respeto exacto de sus derechos. La justicia conmutativa obliga estrictamente; exige la salvaguardia de los derechos de propiedad, el pago de las deudas y el cumplimiento de obligaciones libremente contraídas" (Catecismo, 2411).

601 "Los que, de manera directa o indirecta, se han apoderado de un bien ajeno, están obligados a restituirlo o a devolver el equivalente en naturaleza o en especie si la cosa ha desaparecido, así como los frutos y beneficios que su propietario hubiera obtenido legítimamente de ese bien. Están igualmente obligados a restituir, en proporción a su responsabilidad y al beneficio obtenido, todos los que han participado de alguna manera en el robo, o que se han aprovechado de él a sabiendas; por ejemplo, quienes lo hayan ordenado o ayudado o encubierto" (Catecismo, 2412).


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d) La restitución de lo robado (o al menos el deseo y propósito de restituir) es necesaria para recibir la absolución sacramental. El deber de restituir obliga con urgencia: la culpable demora agrava el daño al acreedor y la culpa del deudor. Excusa del deber de restitución la imposibilidad física o moral, mientras dure. La obligación puede extinguirse (por ejemplo, al ser perdonada la deuda por parte del acreedor).

La doctrina social de la Iglesia602

Actividad económica y justicia social

a) "El trabajo humano procede directamente de personas creadas a imagen de Dios y llamadas a prolongar, unidas y para mutuo beneficio, la obra de la creación dominando la tierra. El trabajo es, por tanto, un deber: «Si alguno no quiere trabajar, que no

602 Cfr. también el tema 29 ("La persona y la sociedad").

603 Cfr. JUAN PABLO II, Enc. Sollicitudo rei socialis, (30-XII-87), 41.

604 CONCILIO VATICANO II, Const Gaudium et spes, 76. Cfr. Catecismo, 2420.

605 "La acción social puede implicar una pluralidad de vías concretas. Deberá atender siempre al bien común y ajustarse al mensaje evangélico y a la enseñanza de la Iglesia. Corresponde a los fíeles laicos «animar, con su compromiso cristiano, las realidades y, en ellas, procurar ser testigos y operadores de paz y de justicia» (JUAN PABLO II, Enc. Sollicitudo rei socialis, 47; cfr. 42)" (Catecismo, 2442).


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coma» (II Tes 3,10). El trabajo honra los dones del Creador y los talentos recibidos y tiene valor redentor" (Catecismo, 2427). Realizando el trabajo, en unión con Cristo, el hombre se hace colaborador del Hijo de Dios en su obra redentora. El trabajo es medio de santificación de las realidades terrenas, informándolas con el espíritu de Cristo (cfr. ibidem).

— "Les corresponde ante la sociedad la responsabilidad económica y ecológica de sus operaciones"608.

606 Cfr. JUAN PABLO II, Enc. Centesimus annus, (l-V-91), 32 y 34.

607 JUAN PABLO II, Enc. Centesimus annus, (l-V-91), 48. Cfr. Catecismo, 2431.

"Otra incumbencia del Estado es la de vigilar y encauzar el ejercicio de los derechos humanos en el sector económico; pero en este campo la primera responsabilidad no es del Estado, sino de cada persona y de los diversos grupos y asociaciones en que se articula la sociedad" (JUAN PABLO II, Enc. Centesimus annus, (l-V-91), 48).

608 JUAN PABLO II, Enc. Centesimus annus, (l-V-91), 37.

609 Cfr. JUAN PABLO II, Enc. Laborem exercens, (14-IX-81), 19,22 y 23.

610 Cfr. JUAN PABLO II, Enc. Centesimus annus, (l-V-91), 48.

611 "«El trabajo debe ser remunerado de tal modo que se den al hombre posibilidades de que él y los suyos vivan dignamente su vida material, social, cultural y espiritual, teniendo en cuenta la tarea y la productividad de cada uno, así corno las condiciones de la empresa y el bien común» (CONCILIO VATICANO II, Const Gaudium et spes, 67)" (Catecismo, 2434).


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h) Justicia y solidaridad entre las naciones.

Justicia y caridad

a) Junto con la justicia es necesaria la caridad. No se pueden resolver los problemas de la convivencia humana simplemente con la justicia; y mucho menos, si por justicia ya no se entiende la virtud personal, sino un pretendido justo funcionar, anónimo, de las estructuras sociales.

b) La caridad, que es de nivel superior a la justicia, no se manifiesta sólo o principalmente en "dar más" de lo que se debe en estricto derecho614. Consiste sobre todo en darse a uno mismo —pues esto es el amor—, y debe acompañar siempre a la justicia, vivificándola desde dentro. Esta unión entre justicia y caridad se manifiesta, por ejemplo, en dar lo que se debe con alegría, en preocuparse no sólo de los derechos de la otra persona sino de sus necesidades, y en general en practicar la justicia con amor, con suavidad y comprensión.

612 La expresión "justicia social" se ha comenzado a utilizar en el siglo XX, para referirse a la dimensión universal que han adquirido los problemas de justicia.

613 Es necesario también reformar las instituciones económicas y financieras internacionales para que promuevan y potencien relaciones equitativas con los países menos desarrollados (cfr. JUAN PABLO II, Enc. Sollicitudo rei socialis, 16; Catecismo, 2440).

614 "Para llegar de la estricta justicia a la abundancia de la caridad hay todo un trayecto que recorrer. Y no son muchos los que perseveran hasta el fin. Algunos se conforman con acercarse a los umbrales: prescinden de la justicia, y se limitan a un poco de beneficencia, que califican de caridad, sin percatarse de que aquello supone una parte pequeña de lo que están obligados a hacer. Y se muestran tan satisfechos de sí mismos, como el fariseo que pensaba haber colmado la medida de la ley porque ayunaba dos días por semana y pagaba el diezmo de todo cuanto poseía (cfr. Lc 18,12" (Amigos de Dios, 172).


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parte de la Iglesia, que, desde los orígenes no ha cesado de trabajar para aliviarlos y defenderlos (cfr. Catecismo, 2448).

Bibliografía básica:

Catecismo de la Iglesia Católica, 2401-2463.

Lecturas recomendadas:

Homilía "Vivir cara a Dios y cara a los hombres", en Amigos de Dios, nn. 154-174.

Cuadernos 4, (La Ley de Dios): "Séptimo Mandamiento: Como administradores de Dios", pp. 151-162.

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