Comentarios al Reglamento del Opus Dei como Pía Unión

Por Guillaume, 4.04.2012


Según se ha explicado ya en la Nota introductoria a esta primera norma canónica de la Obra de Escrivá, el Reglamento es la imagen externa que Escrivá quería dar de su Obra ante los Obispos y ante las autoridades civiles (véase también el artículo 16 del anexo titulado Espíritu).

En efecto, este Reglamento no se corresponde para nada con lo que señalan sus cinco anexos, que son donde se destapa el verdadero proyecto de Escrivá. El Reglamento era la tapadera de las inconfesables afirmaciones que se encuentran en esos anexos: razón por la que en ellos se determina que se mantengan secretos (véanse los aa. 15 y 17 del anexo titulado Espíritu).

Tanto el Reglamento como sus cinco anexos (Régimen, Orden, Costumbres, Espíritu y Ceremonial) se presentaron en castellano para su aprobación el 14 de febrero de 1941 y fueron aprobados con fecha del 19 de marzo, con la disposición del obispo de Madrid de acceder a la petición de Escrivá de que quedaran custodiados en el archivo secreto de la Diócesis. Esto indica que no hubo tiempo para examinarlos detenidamente por parte de diversos peritos, sino que se trató de una mera formalidad: lo que explica que no llegaran a ser conscientes del dislate que se estaba cometiendo.

De hecho, el entonces fiscal diocesano, Bueno Monreal, reconoció que él no entró a discernir el contenido de los seis documentos, sino que sólo se ocupó de aconsejar la figura jurídica que le parecía menos discordante con lo que Escrivá le iba explicando (cf. El itinerario jurídico..., cap. III, 4).

Tiempo después se tradujo la primera parte, el Reglamento, al latín, para entregarlo a los obispos que lo solicitaran. Y aunque en el artículo 15 de Espíritu se prohíben las traducciones a la lengua vulgar, no dejaron de hacerse traducciones oficiosas, como la que Brian publicó en Opuslibros el 18 de agosto de 2004. La versión castellana del Reglamento, que aquí se recoge es la original, puesto que coincide con la versión oficial que puede verse en el Itinerario jurídico del Opus Dei.

Antes de entrar en el comentario de los artículos, cabe destacar, además del secretismo que ya destila este documento, que no se entiende que una organización así descrita, tan poco espiritual y caritativa, pueda encuadrarse en el marco jurídico de las Pías Uniones: pues no tiene nada que ver con el culto ni con las obras de caridad.

En todo caso, lo que no cabe decir es que este documento no se ajustara a la mente del fundador, puesto que él mismo dijo de él el 9 de enero de 1943: “Este Reglamento –esta doble hoja, me gusta decir- es el foco que ilumina todo nuestro camino, y es el foco que, con el paso del tiempo, arrojará la luz para codificar nuestra vida, como me la hizo ver el Señor en 1928” (Registro Histórico del Fundador, AVF-28). Y no cambiaría de opinión con el transcurrir del tiempo, pues el 27 de enero de 1974, refiriéndose a este Reglamento, afirmó: “Los que se dediquen al derecho, cuando pasen los años, podrán comparar, seguir aquella luz jurídica desde el primer momento hasta el actual, y verán que es siempre lo mismo” (Registro Histórico del Fundador, 20163, p. 287).


TEXTO ORIGINAL
COMENTARIO
I. R E G L A M E N T O

QUÉ ES EL OPUS DEI: SUS FINES Y SUS MEDIOS

Art. 1.

1. La Obra de Dios - Opus Dei - es una Asociación católica de hombres y de mujeres, que, viviendo en medio del mundo, buscan su perfección cristiana, por la santificación del trabajo ordinario. Persuadidos de que el hombre ha sido creado "ut operaretur" (Gen. II, 15), los socios del Opus Dei se obligan a no dejar su trabajo profesional u otra actividad equivalente, aunque tengan una gran posición económica o social.

Son interesantes, a este respecto, las reflexiones que nos ha ofrecido Gervasio en su reciente escrito Laboriosidad y profesión. Parece como si a Escrivá no le importara tanto la virtud de la laboriosidad como que los socios ocuparan puestos en la sociedad desde los que influir cristianamente.
2. Los medios que han de poner en práctica los socios para la consecución del fin sobrenatural que se proponen, son: vivir vida interior de oración y sacrificio, según el régimen y espíritu aprobados por la Santa Iglesia, y desempeñar con la máxima rectitud sus actividades profesionales y sociales. Si ésta –oración, sacrificio y honradez- es toda la espiritualidad que aporta Escrivá, ¿dónde está su carisma. Como se puede comprobar en los anexos de este Reglamento, lo importante no es practicar la caridad con los necesitados del espíritu o del cuerpo, según ha plasmado tan expresivamente Atomito en su entrega del lunes 30 de enero de 2012. Lo que interesa son los cargos, la política, las sociedades interpuestas. En una palabra, poder. Y por eso, aun después de casi trece años desde la fundación, Escrivá todavía no ha pensado en l@s agregad@s: sólo le interesan los universitarios: ¿en qué rincón de su supuesta visión del 2 de octubre de 1928 estaba la llamada universal a la santidad?

Es decir, reparando en la pobreza espiritual de esta primera norma canónica de la Obra, se ve fácilmente que Escrivá no pretende hacer un verdadero apostolado cristiano, sino montar una organización que obtenga cotas de poder mediante un ejército de personas sometidas a una disciplina religiosa pero que mantenga en secreto su condición para que les sea permitido ocupar cargos públicos vetados a los consagrados. Y esto permite postular que, si al llegar a Madrid sin oficio eclesiástico dedicó tiempo a niños de barrios pobres, fue porque era su obligación como asistente de las Damas Apostólicas, que era la única labor sacerdotal que había conseguido. Pues nada de eso quedó en los reglamentos de 1941.

CLASES DE SOCIOS

Art. 2.

1. En el Opus Dei hay tres clases de socios: inscritos, supernumerarios y numerarios.

La equivalencia con la situación actual es la siguiente: los inscritos son los supernumerarios de hoy; los supernumerarios son los numerarios de hoy; y los numerarios son los inscritos de hoy. Como he dicho, entonces no se contemplaba la figura de los agregados.

Esta terminología fue variando con el tiempo. Por ejemplo, en los Lineamenta generalia que se presentaron para la aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos en 1943, los inscritos pasan a llamarse supernumerarios, los supernumerarios se denominan como numerarios, y los numerarios como electos (cfr. n. 9, cit. en El Itinerario jurídico…, p. 580). En las Constituciones de la Obra como Instituto secular de 1950, los inscritos aparecen como supernumerarios, los supernumerarios como numerarios, y los numerarios como inscritos. Y aparece la figura de los oblatos, que más tarde se llamarían agregados.

2. los socios admitidos como inscritos se obligan a hacer diariamente examen de conciencia y media hora de oración mental.

3. Los supernumerarios se obligan a que sea de una hora la oración mental de cada día.

4. Los numerarios se obligan a hacer una hora de oración al día y a ocupar ordinariamente los cargos de dirección del Opus Dei.

Llama la atención que en este primer apartado (Reglamento) de los Reglamentos de la Obra de 1941, que se entregaba a los obispos (véase Apartado V: Espíritu, art. 17) y a las autoridades civiles (como explica El itinerario Jurídico), sólo se mencionen estas sencillas obligaciones de los socios; cuando, en cambio, en el apartado 3º (titulado Ordo) se hable del plan de vida que hoy se sigue leyendo en los Círculos Breves y Círculos de Estudios. Cualquier autoridad civil o eclesiástica que leyera esto pensaría en una asociación muy poco comprometida. Pero se daría cuenta de la intención dolosa de esta presentación de la Pía Unión en cuanto cayera en sus manos alguno de los anexos del Reglamento. Por eso, Escrivá pidió que fueran secretos. Es lamentable que haya sido canonizado un personaje que, desde el principio, usó siempre un doble lenguaje.
Art. 3.

1. Con ningún pretexto serán admitidos como socios del Opus Dei los sacerdotes seculares, ni los religiosos, ni las religiosas.

Esta norma y la siguiente, que Escrivá justificaba, unas veces, como una encomiable prohibición de robar vocaciones a otras instituciones de la Iglesia y, otras, como un modo de garantizar la secularidad del espíritu de la Obra, en realidad parece un modo de evitar que personas con conocimiento del funcionamiento en la Iglesia pudieran advertir que el supuesto carisma de Escrivá no era nada original, o que denunciaran por ilegítimas prácticas del Opus Dei que están prohibidas en la Iglesia. Escrivá nunca quiso testigos de sus actuaciones oscuras.
2. Del mismo modo, tampoco se admitirá, sin excusa alguna, a quienes son o hayan sido alumnos de algún seminario o escuela apostólica, o han estado en religión, aunque solo sea como novicios o postulantes.

3. Quienes hagan estudios eclesiásticos y lleguen al sacerdocio después de ser socios del Opus Dei, no dejan por eso de pertenecer a la Obra.

ÓRGANOS DIRECTIVOS Comparando esta enumeración de órganos directivos con las que aparecen en Régimen y en Ordo, se nota cómo aquí Escrivá ha pretendido dar una imagen de una organización muy sencilla, en la que no se da la impresión de mucho control. Otra muestra de su doble lenguaje.

De todos modos, incluso en el Reglamento resulta bastante chocante, a mi entender, el contraste entre el interés por lo referente a las normas relativas al gobierno en una institución que apenas estaba empezando (se dice en el Itinerario Jurídico que eran unas cincuenta personas) y —como se verá al examinar las sucesivas partes de estos Reglamentos— la escasez de orientaciones que favorecieran una espiritualidad en los miembros de la Obra. Comparando estos Reglamentos con, por ejemplo, la Regla de san Benito, se llega a la conclusión de que Escrivá era un hombre de normas y obligaciones religiosas, de control de las personas, pero no de espiritualidad. Parece que lo que pretendía era crear una organización a su servicio, más que una institución que trabajara desinteresadamente para facilitar el encuentro con Dios.

Y no se puede aducir que en un documento normativo no tiene cabida la espiritualidad. Pues, como admite el Itinerario jurídico, en este primer estatuto de la Obra, a pesar de los límites que imponen el carácter normativo del escrito y el marco jurídico de Pía Unión, quedó perfectamente plasmado el carisma fundacional (cf. Cap. III, 3, in fine): o sea, su falta de carisma fundacional.

Art. 4.

1. Los órganos directivos nacionales del Opus Dei son la Junta y la Asamblea.

2. La Junta esté formada por el Presidente, el Secretario y tres vocales,

3. Forman la Asamblea los socios numerarios, y de entre ellos han de ser escogidos ordinariamente los miembros de la Junta.

En realidad, nunca se vivió lo que se establece a continuación, que Escrivá elaboró sobre el papel de cara a los obispos y a las autoridades civiles, pero no aplicó: lo contrario de lo que presumía, al afirmar que lo primero había sido la vida y luego la norma. Por tanto, esa contradicción con la vida real de la Obra en aquellos momentos desvela la intencionalidad del Reglamento: dar una idea de una sociedad muy simple, con compromisos muy ligeros y que apenas maneja dinero. O sea, engañar a los incautos.

Además, esta terminología, junto con otros datos que iremos mostrando paulatinamente, resulta completamente delatadora del gran engaño que realizó Escrivá en la datación de sus Cartas e Instrucciones, según ha denunciado Gervasio. Por ejemplo, en la Instrucción para los Directores, fechada cinco años antes, en 1936, aparece la terminología actual, lo cual demuestra la falsedad de esa datación.

Esto constituye un engaño muy grave: a los miembros de la Obra, y a la Iglesia. Y la mentira se convierte en terrible cuando se ha colado en el proceso de canonización del fundador. Y se hace aún más preocupante porque ahora pretenden beatificar a Álvaro Portillo, que estuvo en la gestación de todas estas falsedades. No debería llamarse “de Dios” una organización montada sobre mentiras y sobre secretos camuflados bajo la máscara de la humildad colectiva (ver art. 12).

Art. 5.

1. la Junta celebrará una reunión trimestral ordinaria, y las extraordinarias que soliciten por lo menos tres de sus miembros.

También este artículo ocultaba las verdaderas ocupaciones de los dirigentes del Opus Dei, tratando de disimular el espíritu controlador que siempre ejerció Escrivá, para dar a entender que apenas tenían competencias, como si se tratase de una institución desorganizada. Pero basta leer la segunda parte, titulada Régimen, para darse cuenta de que la estructura de gobierno es amplísima. Y examinando las partes sucesivas, se llega a la conclusión de que el control que esta estructura de gobierno ejerce sobre sus súbditos, es exhaustivo. Pero nada de esto quiere mostrarse a los obispos en esta primera parte, que es la que ellos podían conocer, ya que el obispo de Madrid aceptó a petición de Escrivá de mantener en secreto estos Reglamentos.

En El Itinerario jurídico se justifica el secreto por la persecución. Pero la discordancia entre la parte que se daba a conocer a las autoridades eclesiásticas y civiles, y las otras cinco partes, demuestra que en realidad no fue así, sino que se buscaba ocultar la verdadera naturaleza de la Obra que Escrivá había organizado con la ayuda de Portillo, por el carácter inconfesable de esas normas.

2. A la Junta compete:

1) - Cuidar que el Opus Dei se mantenga en todo momento dentro de las condiciones jurídicas exigidas por las leyes.

2) - Proporcionar los fondos necesarios para sufragar los gastos que anualmente se produzcan en el Opus Dei.

3) - Mandar que se celebren sufragios por los socios difuntos.

Cualquiera que lea estas competencias pensará en algo tan poco dinámico como las juntas de las comunidades de propietarios, cuando en realidad, como se ve en Régimen y Ordo, la Junta lo controla todo.
Art. 6.

1. Las vacantes, que se produzcan en la Junta durante los nueve años de su mandato, tanto por defunción como por renuncia son cubiertas por acuerdo de los miembros que se queden en la Junta.

Ya se le va viendo la veta endogámica del cuerpo directivo de la Obra, que siempre seguiría Escrivá, donde son siempre los mismos quienes forman la casta dirigente y quienes cooptan a sus nuevos miembros.
2. Los miembros de la Junta pueden ser reelegidos para los mismos cargos, una o más veces. Éste es otro de los problemas de la estructura de gobierno que creó Escrivá: que los que gobiernan no se renueven, sino que son siempre los mismos, aunque de vez en cuando se intercambien los cargos. Pues esta endogamia ha producido un inmovilismo que está llevando al Opus Dei a su extinción.
Art. 7.

La Asamblea se reunirá cada nueve años, con el único fin de proceder a la elección de Junta. Y extraordinariamente, convocada por tres socios numerarios, si faltaran todos los miembros de la Junta, y procederá a nombrar nueva Junta.

O sea, que la idea es que sólo muy de tarde en tarde exista la posibilidad de renovar los cargos. Entre eso y el carácter vitalicio del que hace cabeza en la Obra, el inmovilismo está asegurado. Y así se ha producido una esclerotización que está acercando a la Obra a una situación terminal.
Art. 8.

Los acuerdos, en la Asamblea y en la Junta, se toman siempre por mayoría absoluta de votos.

SUFRAGIOS Y ENTERRAMIENTO

Art. 9.

1. Los miembros del Opus Dei procurarán tener hechas en forma legal sus últimas disposiciones. Se obligan a disponer para sí un entierro modesto, sin vanidades de ningún género.

Llama la atención que, después de haber prescrito esto desde el principio, Escrivá muriera abintestato, como se ha denunciado y comentado ampliamente en Opuslibros, dando lugar a que su hermano Santiago resultase heredero de sus bienes.
2. El Presidente dispondrá que sean celebradas las Misas Gregorianas inmediatamente que se conozca la muerte de uno de los socios; y pondrá la defunción en conocimiento de los demás, para que ofrezcan los sufragios que su celo les sugiera.

INGRESOS Y GASTOS

Art.10.

1. El Opus Dei cuenta como ingresos económicos con las limosnas de sus socios.

2. Las cuotas serán siempre de poca consideración, porque los gastos que se ocasionen con la labor puramente espiritual han de ser siempre muy reducidos. Esto se contradice con diversas normas que aparecen en los cinco anexos a estos Reglamentos, en las que se habla de entregar todos los ingresos profesionales. Por eso, llama la atención el interés por esconder la realidad de una institución que en su historia se ha caracterizado por su enorme voracidad económica y que, como consecuencia, ha conseguido un notable poder económico. La Obra de Escrivá siempre ha obrado así: teniendo a su nombre muy pocos bienes, y poniendo a nombre de sociedades interpuestas la mayoría de los bienes que los miembros y los cooperadores y amigos aportan con el convencimiento de que irán a una institución de la Iglesia, pero que en realidad se destinan a fundaciones que al no ser de naturaleza eclesiástica, escapan a la supervisión de la jerarquía de la Iglesia. Esto es un abuso inadmisible.
3. No retendrá la Junta capital alguno. Verdaderamente asombroso que afirme esto, cuando desde que empezaron a tener algo de dinero, Escrivá promovió, en conformidad con lo que se indica en el a 8 § 2 y a. 33 de Régimen y en el a. 11 §§ 2 y 11, a. 13 § 8, a. 16 §§ 1 y 2, a. 18 § 1, y aa. 21 y 22 de Ordo, y bajo la supervisión de Antonio Pérez-Tenessa Hernández, Letrado del Consejo de Estado, toda una oscura y compleja trama económica, para manejar los fondos que iban recaudando: promoviendo la creación de entidades financieras, de fundaciones, etc. En la actualidad, la documentación de esta poderosa trama se custodia en un Centro llamado Colonnata, situado en el Borgo Santo Spirito, a 50 metros de la Casa Generalicia de los jesuitas y del Vaticano, dentro del territorio del Estado Vaticano, para escapar a posibles inspecciones de los Estados.
4. Si, atendidos los gastos, se cerrase el año económico con superávit, entregará esa cantidad como limosna al Ordinario de la Diócesis en que la Obra tenga su domicilio. Qué cinismo. Nunca se ha entregado nada a los obispos por tal motivo. Lo cual muestra que esta primera parte de los Reglamentos de 1941, que era la única que se entregaba a los obispos, se redactó para captar la benevolencia de los ordinarios. Pues, quien leyera esta norma, no podía dejar de mirar con buenos ojos que se implantara en su diócesis una institución así.
5. El Opus Dei no puede recibir legados de ningún género, ni admitir fundaciones piadosas con ningún pretexto, ni poseer bienes inmuebles. Otra de cinismo. ¿Cómo iba a sospechar el obispo que leyera esto, que lejos de ser una expresión de auténtica pobreza, era una declaración del propósito de Escrivá de funcionar en B a través de sociedades interpuestas?
DOMICILIO

Art. 11.

El Opus Dei tiene un solo domicilio nacional.

Esta norma pone en evidencia la intención de ocultar las direcciones de los Centros, como luego se dirá a las claras en los aa. 13, 22 y 23 de Espíritu.
HUMILDAD COLECTIVA

Art. 12.

1. Característica principalísima del Opus Dei es la humildad colectiva de sus miembros.

Es muy significativo que sea la única vez que pone en superlativo –principalísima- una característica de la Obra: su secretismo. Era clave para los objetivos nada evangélicos que se había trazado.

Y no deja de resultar inaceptable que conceptúe como humildad colectiva al secretismo que siempre, como organización mafiosa, ha caracterizado a la Obra, según ha denunciado la opinión pública. Tenían razón cuando la calificaban de masonería blanca con aprobación eclesiástica.

2. Para que esta humildad no sufra detrimento,

1) - Queda prohibido editar hojas o publicaciones, de cualquiera clase que sean, como propias de la Obra.

Con ello está reconociendo su intención de actuar clandestinamente: ocultar a la Jerarquía, a las autoridades civiles y a los miembros de la Obra los reglamentos reservados, no reconocer su responsabilidad respecto de editoriales, revistas, periódicos que en su historia han ido promoviendo, etc.
2) - Se prohíbe igualmente hacer ningún distintivo o insignia para los socios.

3) - Aconsejamos a los socios que no hablen de la Obra con personas ajenas a esta empresa que, por ser sobrenatural, debe ser callada y modesta.

Esta obligación de secreto se ha mantenido hasta tiempos recientes. Y aún hoy día recomiendan a los recién incorporados, que no comenten con su familia su adscripción al Opus Dei, para evitar incomprensiones.
DISOLUCIÓN

Art. 13.

En caso de disolverse el Opus Dei, sus bienes, si los hubiere, pasarán a manos del Reverendísimo Sr. Obispo de la Diócesis en que la Obra tenga su domicilio.

Este artículo, como el 4, manifiesta que esta parte de los Reglamentos de 1941, que era la que se entregaba a los obispos, está escrita cara a la galería, con el objetivo de quedar bien ante la jerarquía y provocar su benevolencia. Pero nada de esto se ha cumplido nunca.
II. RÉGIMEN

(1ª Parte: aa. 1-13)

Comenzamos el comentario de los anexos al Reglamento de 1941, que recomiendo leer situándose intelectualmente en el año 1941 y como alguien que con la mejor intención está tratando de entender la Obra, sin saber previamente nada de ella y que ya ha leído todo y sólo el "Reglamento".

Empiezo por el primero de los anexos, titulado Régimen. Su autenticidad está fuera de duda porque su contenido puede contrastarse con las abundantes citas que hace de él El itinerario jurídico del Opus Dei, que menciona sus artículos 1, 2, 4, 7, 8, 12, 13, 14, 15, 19, 22, 24, 27, 31, 39, 40 (cfr. pp. 93-110).

Digo lo anterior porque su contenido contrasta mucho con lo que luego aseguraría Escrivá años después: tanto que los autores de El itinerario jurídico… evitan citar textualmente sus artículos y lo presentan como un desarrollo de lo dicho en el Reglamento: «El juego entre esos diversos documentos –sostiene El itinerario… -era claro: el Reglamento ofrecía, de forma breve, una visión general del Opus Dei, de los fines a los que se ordena y de las personas que lo integran, así como de los órganos de representación y otros aspectos requeridos por la legislación civil vigente entonces en España; los demás documentos detallaban y ampliaban esa visión general, concretando diversos puntos sobre régimen de gobierno, prácticas de piedad, espíritu, reuniones periódicas de formación, etc.» (p. 92). Pero, como se irá poniendo de relieve al examinar la textualidad de los artículos, nada de eso es cierto.

Además, los autores sostienen que el carácter secular de la Obra y su fisonomía como difusora de la llamada universal a la santificación quedan muy claros en estos documentos. ¿Por qué, entonces, ocultan, por ejemplo, las afirmaciones y expresiones propias de la vida consagrada; las que hablan de que el objetivo de la Obra es hacer «el apostolado desde los cargos oficiales de la administración pública» (Régimen, a. 1 § 2); las que excluyen de ese camino de santidad a los conversos y a los cristianos con pocas generaciones de católicos entre sus ascendientes; o las que priorizan el apostolado con los universitarios y a las profesiones altas en detrimento del interés por todas las personas, con independencia de su relevancia social?

No parece científicamente riguroso que, tomando de aquí y de allá, esos autores hayan realizado una teorización sobre una supuesta visión de la Obra en estos Reglamentos, como promotora de la llamada a santificarse en el propio estado, que constituye una alternancia histórica (una reinterpretación del estatuto de 1941 desde planteamientos que Escrivá no haría hasta los años sesenta), y que es apriorística, no científica, en cuanto efectúa una exégesis que se aparta de la textualidad de los datos.

Todo esto parece muy importante para entender que las faltas de secularidad que padecen los miembros de la Obra, sobre todo los célibes, no obedecen a desviaciones del espíritu del fundador, que podrán remediarse más adelante, en cuanto se adviertan: Portillo y Echevarría no han malinterpretado el espíritu del fundador, como a veces piensan los miembros que se quejan de faltas de secularidad. Estos sucesores de Escrivá han sido fieles seguidores de una hoja de ruta que sólo es secular en su propaganda y en sus formas.

Por la extensión del texto, hemos dividido en dos partes este comentario sobre el Régimen. En esta primera nos vamos a encontrar sustancialmente con una organización de personas que siguen una vida semejante a la de los religiosos, pero que han de atenerse a unas formas seculares y a la ocultación de su compromiso en la Obra, para poder cumplir el objetivo de evangelizar desde los cargos públicos; dejando para la segunda parte lo referente a la organización jerárquica de la Obra y a las sociedades auxiliares que establece para alcanzar el objetivo de influir cristianamente en los ámbitos de poder.

FINES Y MEDIOS

Art. 1.

1. El Opus Dei busca la santificación de sus miembros y la salvación de las almas.

Hay que advertir que este artículo declara como fin del Opus Dei no ya la santificación de sus socios mediante el trabajo profesional, como dice el Reglamento, sino que añade y quita algo. Quita "mediante el trabajo profesional", y añade "la salvación de las almas." Por tanto, en este artículo Escrivá intenta referirse sobre todo a la segunda parte, a la salvación de las almas, es decir, al apostolado. Para ello parece requerir una plataforma ("desde"). Y, ¿cuál es la plataforma elegida? Sorpresa: no es lo que esperaríamos de personas que han de vivir el cristianismo, es decir la identificación con Jesucristo, en su vida. La plataforma que Escrivá prefiere es la posición de autoridad o poder humanos, y especialmente aquello que tenga relación con el gobierno o administración de la nación en que viven. No veo criticable que, si alguien está situado en una posición de autoridad, pueda usar de ella como medio auxiliar y subordinado para el apostolado. Pero el quid es el adverbio "ordinariamente". Si "algo" debe ser ordinario entre los socios quiere decir que los socios han de elegirse de manera preferente entre aquellas personas que, o ya poseen ese "algo", o se prevé que lo puedan conseguir sin especial dificultad.

Es decir, resulta muy significativo que en este primer anexo al Reglamento, en que el fundador se expresa ya con la claridad que falta en él, señale como fin de la Obra “la santificación de los miembros y la salvación de las almas”. Pues, al ser este fin algo tan genérico, común a todas las instituciones eclesiales, confiere al epígrafe 2 un mayor realce, en cuando definitorio de lo específico de la Obra: esa santificación y ese apostolado se buscarán a través de cargos de la administración pública. En otros artículos de este anexo y en otros anexos del Reglamento se hablará de influir en todos los ambientes sociales. Pero el fundador deja claro que lo más prioritario y específico de su Obra es hacerse presente en “los cargos oficiales de la administración pública”.

Esta interpretación está corroborada por el modo como, dos años más tarde, el fundador expondría los fines de la Obra en el n. 2 de los Lineamenta generalia que presenta al Obispo de Madrid-Alcalá para su aprobación como Sociedad de vida común sin votos: «Su fin general es la santificación de los miembros por el ejercicio de los consejos evangélicos y la observancia de las propias constituciones; y su fin específico es trabajar para que la parte intelectual y directiva de la sociedad se adhiera a los preceptos y consejos de nuestro Señor Jesucristo» (cit. en El itinerario…, p. 579. La traducción del latín y los subrayados son míos).

¿Dónde queda aquí su supuesta preocupación por los pobres y enfermos de los suburbios de Madrid, de la que hizo gala toda su vida y que aparece en su Curriculum vitae, enviado por el Obispo de Madrid-Alcalá a la Santa Sede el 28-VIII-1943 (cf. El itinerario jurídico…, pp. 589-590)? Escrivá realizó ese apostolado desde su llegada a Madrid en 1927 hasta 1931 porque era su obligación en el único cargo pastoral que tenía en Madrid, de capellán de las Damas Apostólicas, que se dedicaban a eso. Si lo hubiera hecho porque le interesaran los pobres y los enfermos, no se habría olvidado de ellos a partir de ese momento, ni habría planteado las Visitas a los pobres con los chicos de san Rafael, no como una ayuda a los necesitados, sino como un medio de despertar la generosidad de los muchachos.

2. Los socios ejercitan ordinariamente el apostolado desde los cargos oficiales de la administración pública, cargos que han de servir siempre con lealtad ejemplar. Lealtad: Es curioso que la lealtad la presente como un plus, un añadido, y no como algo que se ha de dar por supuesto. Además, ¿lealtad a quién: al Estado o a los Directores de la Obra?

Cargos oficiales de la administración pública: Esta indicación explica la estrategia evangelizadora que planteó el fundador desde el principio, en consonancia con la mentalidad de una época en que la Iglesia acababa de perder poder temporal y muchos suspiraban por su recuperación: alcanzar los puestos altos de la sociedad para evangelizar desde las estructuras sociales. Un modo de integrismo católico, como atinadamente diagnosticó en 1963 el gran teólogo y luego cardenal Hans Urs von Balthasar. Esta estrategia nunca ha variado, aunque inicialmente se plasmara en múltiples iniciativas políticas (copar cátedras, promover entidades financieras, fundar periódicos, revistas y editoriales, etc.) y -a partir del quirógrafo de Pablo VI en que les prohibía una participación organizada en política- en la fundación de universidades y colegios de enseñanza media dirigidos a las clases pudientes.

En efecto, el 1.X.1964 Pablo VI entregó un Quirógrafo al fundador en una audiencia que le concedió. De este documento Escrivá sólo informó a los miembros de la Obra acerca del último párrafo, que era el único de carácter laudatorio y que decía así: «En sus palabras hemos advertido la vibración del espíritu encendido y generoso de toda la Institución, nacida en este tiempo nuestro como expresión de la perenne juventud de la Iglesia (…). Consideramos con paterna satisfacción cuanto el Opus Dei ha realizado y realiza por el Reino de Dios; el deseo de hacer el bien, que lo guía; el amor encendido a la Iglesia y a su Cabeza visible, que lo distingue; el celo ardiente por las almas, que lo empuja hacia los arduos y difíciles caminos del apostolado de presencia y de testimonio en todos los sectores de la vida contemporánea» (cit. en Ana SASTRE, Tiempo de caminar, p. 484).

Pero Escrivá ocultó a sus hijos toda la primera parte del escrito, que era el objeto del Quirógrafo, en que recriminaba al Opus Dei: 1°) su falta de debida vinculación y obediencia a los respectivos obispos donde estaban radicadas las casas o fundaciones de la Obra; 2°) en cuanto a la pobreza, que habían de guardarla con el mayor celo y que evitasen toda ostentación y exceso que pudiera escandalizar a los fieles y en general a toda la gente; y 3°) que se abstuvieran de promover institucionalmente la ocupación de cargos políticos o de influencia, descartando toda ambición política y de poder, control o propaganda u ostentación. De nada de esto fuimos informados los miembros de la Obra, a quienes sólo se nos transmitió el susodicho párrafo laudatorio final.

Alberto Moncada, en Historia oral del Opus Dei, en el capítulo dedicado al Opus Dei y los negocios, narra detalladamente por qué aquellos montajes no funcionaban. Con lo que hubo que acudir a promover iniciativas que ya hacían otras instituciones, como los colegios de segunda enseñanza. Esto, unido a la recriminación de Pablo VI, ocasionó que, a partir de entonces, la Obra pasara a centrarse en las labores de enseñanza, de las que ya había promovido algunas, como principal medio de penetración social: Fomento de Centros de Enseñanza comienza en 1963. Eso sí, siempre ateniéndose al criterio de la humildad colectiva (entiéndase secreto), citado en el artículo 12 del capítulo I, para que no fuera la Obra quien apareciera como responsable de esas iniciativas, y dando lugar a tantas entidades que son pero no son, esto es, que de hecho dirigen los Directores del Opus pero que ellos aseguran que no son del Opus: toda una red secreta de poder que acertadamente fue denominada en España como masonería blanca.

3. La vida interior y la formación intelectual, son los medios que emplean los socios del Opus Dei para conseguir sus fines; más una discreción, que nunca es misterio ni secreteo, sino lo natural de una obra que por ser sobrenatural debe ser modesta. Esta apelación al secreto manifiesta un reconocimiento de una mala conciencia con respecto a los medios que acaba de proponer, como admitiendo que, si alguien conociera estos textos, pensaría mal de la Obra.

Además, el intento de disimular el secretismo so pretexto de modestia, no puede ser más inaceptable: pues “la humildad, decía santa Teresa de Jesús, es andar en verdad”. Y está claro que tanta doblez no puede ser propia de una obra de Dios, y que por tanto desdice del supuesto carácter sobrenatural de la Obra de Escrivá.

CLASES DE SOCIOS

Art. 2.

1. Hay tres clases de socios en el Opus Dei: 1/ inscritos 2/ supernumerarios; y 3/ numerarios.

Como ya se ha dicho al comentar el Reglamento, esta terminología fue variando con el tiempo. Por ejemplo, en los Lineamenta generalia que se presentaron para la aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos en 1943, los inscritos pasan a llamarse supernumerarios, los supernumerarios se denominan como numerarios, y los numerarios como electos (cfr. n. 9, cit. en El Itinerario jurídico…, p. 580).

En las Constituciones de la Obra como Instituto secular de 1950, los inscritos aparecen como supernumerarios, los supernumerarios como numerarios, y los numerarios como inscritos. Y aparece la figura de los oblatos, que más tarde se llamarían agregados, cuya inexistencia hasta entonces muestra que la idea original de Escrivá para los varones no contemplaba las profesiones no intelectuales. Pues no puede decirse que Escrivá se estaba ciñendo a la realidad de la Obra en esos momentos, porque los autores del El Itinerario jurídico…, examinando el conjunto del documento, afirman que los reglamentos del 41 no se limitan al momento presente de expansión de la Obra, sino que «van mucho más allá: están concebidos pensando no sólo en lo ya existente, sino en lo que vendrá» (p. 93).

2. En la primera clase, pueden ser admitidos varones y mujeres, casados y célibes. A la segunda clase, pueden pertenecer varones y mujeres, mientras permanezcan célibes. Para la terce­ra clase, solamente pueden ser elegidos los varones que estén ya en la segunda clase. Adviértase que a la primera clase pueden ser "admitidos", a la segunda pueden "pertenecer", y a la tercera pueden ser "elegidos".
Art. 3.

Las socias supernumerarias pueden dedicarse en general a los apostolados propios del espíritu del Opus Dei, y entonces se llaman simplemente supernumerarias; o se dedican exclusivamente al servicio doméstico, en las actividades que lleven los socios del Opus Dei, y son y se las llama sirvientas.

El hecho de que en esos momentos, en que toda su atención estaba centrada en los altos puestos de la sociedad, estableciera que hubiera una clase de asociadas que fueran y se llamaran sirvientas, muestra que con ello no buscaba promover la dignificación humana y cristiana de las empleadas de hogar, sino de contar con un colectivo de sirvientas de confianza y barato (no se las ha dado de alta en la seguridad Social, en el Régimen Especial del Servicio Doméstico, hasta tiempos muy recientes en que, por denuncias, empezaron a producirse inspecciones por parte de la Administración del Estado), que garantizara el confort de los que viven en los centros de la Obra.
Art. 4.

Los socios supernumerarios, ellos y ellas, pueden consagrarse al servicio de la Obra por un tiempo determinado, y entonces se dice que hicieron su oblación, o perpetuamente, y en este caso se dice que hicieron su fidelidad.

Llama la atención que aquí no se mencionen para nada los votos que Escrivá obligó a hacer a los miembros desde marzo de 1934, y que no desaparecerían hasta el 19 de marzo de 1983 en que la Obra fue erigida en Prelatura personal (cfr. El itinerario jurídico…, p. 69). Escrivá aseguraba que no le interesaban los votos, pero que había tenido que tolerarlos porque se los impusieron. Pero eso no es cierto: en marzo de 1934 no había ningún marco jurídico y él los estableció "por un motivo psicológico", es decir, «para facilitar que quienes llegaban al Opus Dei adquirieran conciencia del compromiso asumido» (ibidem); el estatuto de Pía Unión de 1941 tampoco requería los votos; ni el de Sociedad de vida común sin votos, que tuvo desde 1943; ni siquiera el de Instituto secular, a partir de 1947. Pero Escrivá los mantuvo y en el Congreso General sobre el Estado de Perfección, Roma 1950, Álvaro Portillo hasta se ufanaba de ser un Instituto secular más exigente que otros, en el sentido de que, pudiendo haber adaptado «el modo de vida de los numerarios, como lo permitía la Constitución Provida Mater Ecclesia, a unos parámetros seculares (sin votos, sin vida en común, etc.), no quisieron hacerlo, sino que optaron por el modelo más riguroso y más parecido al de los religiosos, salvo en la vestimenta» (Acerca de la fundación del Opus Dei).

Destaco la palabra consagrarse, para hacer notar que la terminología de Escrivá no se aleja para nada de la empleada en los ámbitos de los institutos religiosos. Como puede comprobarse, esta expresión se repite recurrentemente en los anexos. Lo cual muestra que Escrivá carecía de una luz fundacional que le ayudara a discernir lo que era o no acorde con la secularidad que tanto preconizaba años después.

Tan chocante es esta carencia, agravada por otras expresiones que iré comentando, que los autores de El Itinerario jurídico… ponen todo su interés en subrayar el carácter secular de estos reglamentos, justificando las afirmaciones discordantes, que evitan mencionar expresamente, como concesiones que Escrivá tuvo hacer para que pudiera entenderse la seriedad del compromiso de los miembros de la novedosa institución que él estaba promoviendo (cfr. pp. 86-90). No parece que fuera así, porque de serlo, no habría sido tan reiterativo en las concesiones y, desde luego, no habría empeorado aún más el problema dos años después al redactar los Lineamenta generalia de la Obra para su aprobación como Sociedad de vida común sin votos, al afirmar que el fin general de la Obra era “la santificación de sus miembros por el ejercicio de los consejos evangélicos y la observancia de las propias constituciones” (a. 2, cit. en El itinerario…, p. 579); o que “para la dimisión de los miembros después de su incorporación, se aplican congrua congruis referendo los cánones relativos a la dimisión de los religiosos” (a. 18, cit en ibidem, p. 581. La traducción del latín es mía); o que “todas las semanas se celebra el Círculo breve, que en cierto modo puede asimilarse al capítulo de culpas que tienen algunos religiosos” (n. 24, cit. en ibidem, p. 582. La traducción del latín es mía).

Tampoco cabe justificar estas incoherencias diciendo que Escrivá tuvo que actuar con rapidez para responder a la petición del obispo de que le presentara los reglamentos, o que al hacerlo tuvo que acomodarse a la legislación vigente. No fue así, pues un año antes el obispo ya le había pedido que se los entregara; y es evidente que los anexos no estuvieron condicionados por el estatuto de Pía Unión (cfr. ibidem, pp. 82-88).

Por otra parte, resulta llamativo que diga que esa consagración no es a Dios en la Obra sino a la Obra.

ADMISIÓN Y SALIDA DE LOS SOCIOS

Art. 5.

1. Nadie será recibido en el Opus Dei sin haber antes colaborado, por algún tiempo, en alguno de los apostolados que los socios desarrollan.

2. No podrán ser recibidos, en la Obra quienes no tengan en su ascendencia inmediata tres generaciones de católicos, siquiera por una de las ramas paterna o materna.

Este requisito se mantiene todavía en los Lineamenta generalia que presenta al obispo de la diócesis de Madrid-Alcalá en 1943 para la aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos (cfr. n. 14, cit. en El itinerario…, p. 581). ¡Vaya con la mentalidad elitista del fundador! ¿Dónde está la iluminación que le habría llevado a alejarse de antiguas tradiciones eclesiásticas relativas a la selección de los candidatos al sacerdocio? ¿Dónde queda la tan preconizada luego llamada universal a la santidad?

En esta exigencia de “pureza de sangre” se adivina una especie de orgullo, frecuente en el trastorno narcisista, de poder presumir de sus seguidores, seleccionados con la mayor exquisitez; y recuerda, en parte, la redacción del punto 115 de camino, que desde la edición de 1939 hasta la del año 1955 decía: “Minutos de silencio. -Quédese esto para ateos, masones y protestantes, que tienen el corazón seco. Los católicos, hijos de Dios, hablamos con el Padre nuestro que está en los cielos”. A partir de 1955 se modificó la redacción de este punto 115. Y es que desde el año 1939 hasta el 1941 hay poco tiempo de distancia.

3. Tampoco podrán ser admitidos quienes hayan recibido el bautismo siendo adultos. Este requisito también se mantiene aún en los Lineamenta generalia que Escrivá presentó al obispo de la diócesis de Madrid-Alcalá en 1943 para la aprobación de la Obra como Sociedad de vida común sin votos (cfr. ibidem). Comporta una cierta equiparación entre pertenecer al Opus Dei y pertenecer al estado clerical, ya que ser neófito es impedimento para ser sacerdote conforme al c. 1042. Los del Opus Dei no son cristianos corrientes, parece ser la moraleja. Lo cual está en consonancia con el hecho de que, en las Constituciones de 1950 se dice que “los socios laicos disfrutan como individuos de los derechos y privilegios de los clérigos y no están subordinados a los cargos clericales” (n. 2).

Estas dos afirmaciones de los apartados 2 y 3 de este artículo 5, en que da a entender que no pueden ser católicos pata negra quienes no cuenten con una tradición familiar y una vivencia cristiana desde la infancia, también se contradecirá luego con su predicación posterior, en que afirmaría que parte del apostolado de los miembros de la Obra habría de dirigirse a que muchos que fueron bautizados siendo niños, de mayores redescubrieran su vocación cristiana, porque de pequeños no se habían enterado. ¿Qué es lo que realmente Escrivá vio el 2 de octubre de 1928? No parece extraño que destruyera selectivamente sus apuntes íntimos fundacionales: las catalinas anteriores al 1 de marzo de 1930.

Art. 6.

1. Procuren los Superiores de la Obra no expulsar a ninguno de los socios.

2. Facilítese la salida a quienes pierdan el espíritu.

Esto es lo que se ha hecho siempre: o se les pone un puente de plata para que sean ellos los que se vayan (apartado 2), o se les despide (apartado 3).

Y, ¿qué es para el fundador perder el espíritu? Es perder la sumisión intelectual, la dependencia psicológica, ser críticos, etc. Así lo había explicado dos años antes en Camino: «Obedecer en tu apostolado..., el único camino: porque en una obra de Dios, el espíritu ha de ser obedecer o marcharse” (n. 941). A éstos se les despide (punto 3), contradiciendo el punto 1.

Copio un párrafo de coplasuelta: «Es curioso que para formar parte de ese grupo, copia a las formas de organización de partidos de masas, lo primero y único indispensable es que se pierda la dignidad, que se traduzca el negarse a sí mismo por la infantilización que producen las reducciones ideológicas. El grupo lo es todo, lo consigue todo, la victoria final es inevitable, tiene la llave de la interpretación de toda ciencia, conocimiento y acción. Uno pierde su valor como persona por pertenecer al todo, al que llevará a la Humanidad a la felicidad absoluta. Como el hombre, para la desgracia de estos totalitarios, vive en la soberbia y rebeldía sólo queda obligar y someter a todos por la fuerza. Esa fuerza puede ser con violencia moral, física o con la opresión de las mayorías. Y de esto tenemos ejemplos en la colaboración cruel y torticera de prelaturos y de otros grupos de "verdaderos creyentes"».

3. Si perdido el espíritu, no quisieran voluntariamente salir de la Obra, se procederá a despedirles con mucha caridad. Indudablemente, la caridad no ha caracterizado el modo en que los Directores de la Obra tratan a los que la dejan: en lo humano, los tratan como proscritos; y en lo económico, dejan en el más absoluto abandono a tantos que trabajaron profesionalmente en tareas internas.
DE LOS SACERDOTES

Art. 7.

1. Los socios del Opus Dei, que reciban la ordenación sacerdotal, se dedicarán especialmente a la formación espiritual de los demás miembros de la Obra.

Parece que Escrivá, que desde el mes y medio de ordenación sacerdotal vivió al margen de los cauces propios de los sacerdotes diocesanos, está proyectando su enfoque sacerdotal en los futuros sacerdotes de la Obra.
2. Se atendrán, para su vida interior y trabajo apostólico al Reglamento, Régimen, Orden, Costumbres, Espíritu y Ceremonial del Opus Dei y a normas especiales. ¿De qué normas especiales está hablando? Esta frase delata lo que siempre sería el modo de funcionar de Escrivá: una cosa era lo oficial y otra, las normas especiales que no habían sido sometidas a la autoridad eclesiástica: como las contenidas en los actuales reglamentos secretos de la Obra, que al haber sido denunciados ante la Santa Sede, los directores de la Obra están procurando hacer desaparecer, llegando a demandar judicialmente a Opuslibros por haber publicado unos reglamentos de una institución pública de la Iglesia.
CARACTERÍSTICAS

Art. 8.

1. El Opus Dei no tiene actividades exteriores de ningún género; exclusivamente se preocupa de la formación de sus miembros.

Aquí ya se ve la hoja de ruta a la que siempre se atuvo el fundador: no reconocer como propias ni las actividades externas que promueve el Opus Dei ni la titularidad de los inmuebles que éste usa para esos fines. Y constituye una notable muestra de su intención de realizar una organización secreta y peligrosamente ligada a poderes humanos, como procedimiento para penetrar en los estratos altos de la sociedad y evangelizar desde allí: propósito que podía ser buscado con una intención recta pero que, desde luego, no es nada evangélica.
2. Todos los trabajos apostólicos de los socios del Opus Dei (la Obra no actúa: como si no existiera) se ejercitarán inmediatamente a través de las actividades oficiales públicas, o mediante asociaciones legales que oportunamente constituirán los socios, adaptándose siempre a las circunstancias de los tiempos y lugares, sin uniformidad. O sea, que se trata de introducirse en las instancias públicas para, manteniéndose la Obra en la sombra, convertirse en un grupo de presión. Lo cual suena a estrategia, más que a Evangelio o a Iglesia.

Éste sería siempre su procedimiento: con los cambios de configuración jurídica habrán cambiado algunos aspectos concretos de los reglamentos de la Obra; pero este modo de proceder siempre se mantendría.

Por eso, leyendo esto y pensando en la Intención mensual general (Rogad a Dios nuestro Señor, para que la opinión pública reconozca el carácter exclusivamente sobrenatural de la Obra y que es completamente falso e infundado que ésta tenga ninguna vinculación con las actividades políticas, profesionales de sus miembros…) que nos obligaron a repetir desde 1964 (en que Pablo VI, según se ha explicado ya en el artículo 1 § 2, requirió en un Quirógrafo al fundador a cesar en su intervención organizada en política), servidor no consigue evitar la indignación cuando piensa en las veces que, siguiendo de buena fe aquella consigna, estuvo asegurando a sus conocidos que estaban equivocados, porque la Obra no tenía nada que ver con la política.

Y desde luego, no consigo hacerme una idea de lo que pasaría por la mente de los que pitaron antes de 1964, y que habían estado hasta ese momento en múltiples movidas de signo político.

Art. 9.

1. Los socios supernumerarios y los numerarios, sin merma de los dulcísimos deberes del cuarto Mandamiento, se obligan a permanecer con respecto a su familia de sangre, como si fueran religiosos, y vivirán de ordinario separados de su familia, para que puedan dedicarse con más intensidad al apostolado.

Como si fueran religiosos: Más claro no lo pudo decir: l@s que actualmente se llaman Numerari@s se les imponía un régimen propio de los religiosos. Y ésta ha sido una de las principales causas del elevado índice de enfermedades psíquicas entre l@s Numerari@s de la Obra: personas que entraron convencidos de que venían a santificarse en medio del mundo, iguales a los demás, pero que luego veían recortadas sus relaciones con su familia, con sus amigos, su profesión, etc. Y es que la secularidad de la vida en la Obra nunca perteneció al contenido del régimen de vida de sus miembros célibes, sino sólo a las formas que deben guardarse como estrategia que posibilite el objetivo de influir en la vida pública.

Separados de su familia: hay que advertir lo que no se dice. Se dice que "vivirán de ordinario separados de su familia", pero no dice que "vivirán de ordinario en centros de la Obra.

El fundador se llevó a Roma a Tía Carmen y Tío Santiago -sus hermanos-, a los que nada se les había perdido allí. Otros también tuvimos que estar en Roma; pero no nos llevamos allí a nuestras familias. Y, desde luego, los acontecimientos de nuestros familiares no aparecieron reseñados y relatados detalladamente en Crónica o Noticias, como los de Carmen Escrivá.

2. El Opus Dei cuidará de que sean atendidos económicamente, con generosidad, los padres de los socios supernumerarios y numerarios, siempre que lo necesiten; sin que esto suponga para la Obra una obligación jurídica. Leyendo esto con ojos de 1941, el lector se preguntaría por qué la coletilla de la no obligación jurídica, que puede interpretarse como que serán atendidos con generosidad si es posible, si el socio ha prestado suficientes servicios o aportado suficiente dinero, si los directores no tienen otros planes que podrían quedar dificultados por esa carga, si... En todo caso, llama la atención que no quiera reconocer como de justicia que, si a los miembros que entregan todos sus ingresos les surge el deber de ayudar a sus padres, la Obra ha de ayudarlos.
Art. 10

Los socios del Opus Dei manifestarán con su conducta, en todo momento, su afecto, obediencia y reverencia al Rvmo. Ordinario de la Diócesis en que tengan la residencia personal.

¿Cómo van a manifestarlo si se les aísla de toda relación con la pastoral diocesana?
PATRONOS

Art. 11.

1. Son Patronos del Opus Dei los Arcángeles San Miguel, San Gabriel y San Rafael; los Apóstoles San Pedro, San Pablo y San Juan.

2. Al patrocinio de San Rafael y San Juan está encomendado todo el trabajo de los socios del Opus Dei con la juventud.

3. Al patrocinio de San Gabriel y San Pablo, las actividades que tienden a conservar como colaboradores, en las empresas apostólicas, a quienes habiendo recibido su formación de los socios del Opus Dei no se sienten llamados a consagrar su vida a la Obra. Destaco el término para subrayar nuevamente el planteamiento tan poco secular que Escrivá tuvo en los primeros años de su fundación: consagrarse, vivir como religiosos, etc. Examinando estos textos se llega a la conclusión de que, como venimos diciendo, para Escrivá la secularidad era una estrategia para poder ocupar cargos públicos sin llamar la atención. Pero la sustancia de la entrega que él concibe para sus hijos coincide con la de los consagrados. Y esto pone en cuestión sus afirmaciones sobre el supuesto carisma que recibió el 2 de octubre de 1928. ¿Qué es lo que en realidad vio, cuando luego dio tantos bandazos teológicos y jurídicos? Si hubiera visto algo, habría mantenido una línea coherente, y no esas variaciones teológicas y esos bandazos jurídicos en función de los oportunismos que le movían cada vez. No me extraña que destruyera los apuntes íntimos de la época de la fundación y que nunca diera explicaciones sobre el contenido de la supuesta inspiración de aquel 2 de octubre de 1928.
4. Al patrocinio de San Miguel y San Pedro están especialmente encomendados los socios mismos del Opus Dei.
Art. 12.

1. Entre los socios varones la obra de San Rafael se dirige a los jóvenes estudiantes universitarios o alumnos de Escuelas Superiores. Es el más poderoso medio de trabajo y, por decirlo así, el semillero de la Obra.

Varones: Ya se ve que no había superado la actitud que le llevó a escribir en 1930 que nunca, ni de broma, habría mujeres en el Opus y, en el n. 946 de Camino: «Si queréis entregaros a Dios en el mundo, antes que sabios —ellas no hace falta que sean sabias: basta que sean discretas— habéis de ser espirituales…».

Universitarios: No se limita a decir estudiantes, sino universitarios: se entiende que para conseguir que pudieran ocupar "ordinariamente cargos oficiales de la administración pública". ¿Dónde está la llamada universal a la santidad? Los que le interesan son los que luego puedan alcanzar un nivel social elevado.

Por lo demás, ¡qué diferencia entre aquellos tiempos, en que los miembros eran capaces de hacer apostolado en la universidad, y lo que sucedería desde los años 70, en que se abandonó la Universidad para dedicarse a los niños y muchachos de los colegios.

Semillero: Esto muestra que, desde los inicios, concibió la labor con la juventud no como un servicio desinteresado a los jóvenes, sino como un medio para reclutar gente joven.

Poderoso medio de trabajo: Suena a inquietantes y oscuros objetivos.

2. La Obra de San Gabriel, al servirse de colaboradores, a quienes da criterio católico profesional, etc., actúa en las distintas capas sociales ramificándose en ellas. Una vez más, Escrivá revela su interés, más que por formar cristianos en todas los ambientes sociales, por ir penetrando en los distintos ambientes profesionales: como de hecho hizo y puede verse en el Anexo sobre “Socios militantes y simpatizantes del Opus Dei”, que aparece en el libro de Jesús Infante, La prodigiosa aventura del Opus Dei. Génesis y desarrollo de la Santa Mafia. Ed. Ruedo Ibérico, París 1970, pp. I-LXXII.

Este libro contiene una información muy valiosa, aunque a veces presente interpretaciones poco rigurosas de esos datos que aporta, debido a que ha sido escrito por un autor que no ha estado dentro de la institución. Pero sus fuentes documentales son muy interesantes, porque, según Carandell, proceden del fichero que Ynfante sustrajo a José Vidal Beneyto, quien fue secretario personal de Escrivá en los años 40 (cfr. Luis Carandell, Vida y milagros de monseñor Escrivá de Balaguer, fundador del Opus Dei. Ed. Laia, Barcelona 1975, pp. 32-33).

3. La Obra de San Miguel forma a los socios numerarios y supernumerarios, y busca solución a problemas concretos docentes, profesionales, sociales, etc., para bien de las almas. Es llamativo que más tarde afirmara que la Obra no se entrometía en ese tipo de asuntos. Además, no se sabe qué se encierra en este párrafo, de qué problemas concretos se habla: ¿de ética profesional?, ¿de ética social en los negocios?, ¿de técnicas pedagógicas o administración de centros docentes? Que yo sepa, nunca en la Obra en su vida posterior ha dedicado la obra de San Miguel un esfuerzo apreciable para resolver ese tipo de problemas.
Art. 13.

1. Entre las mujeres, la Obra de San Rafael trabaja con el fin inmediato de formar buenas madres de familia cristianas Y desarrolla su labor en el campo, mediante granjas, etc.; y en la ciudad, con hogares, residencias, etc.

Con las mujeres no le interesaba fomentar que trabajasen profesionalmente, sino que más bien se mantuvieran en casa. En 1941, Escrivá ya tenía larga experiencia de dificultades económicas para sostener a su familia, provocadas en buena parte por la resistencia familiar a que Carmen, su hermana, trabajara fuera de casa como maestra: al menos no se nos dijo que lo hubiera intentado siquiera, cuando, en cambio, era muy frecuente entonces que las mujeres trabajaran profesionalmente antes de casarse, y en muchas tareas: enseñanza, secretariado, bibliotecas, atención al público en comercios, sanidad, etc. ¿Con esa mentalidad pretendía hacer pasar por inspirada por Dios para durar por siempre, a la institución que quería fundar? Se ve que Escrivá tenía una mentalidad muy poco propia de quien hubiera recibido en 1930 una visión sobre el papel de la mujer en la sociedad y en la Iglesia.
2. La Obra de San Gabriel se sirve de Colaboradoras, que pasaron por la obra de San Rafael, y se dedica especialmente al apostolado de propaganda escrita y oral, con editoriales, bibliotecas, etc.; y ejercitando de modo particular el apostolado eficaz y silencioso en conversaciones privadas y sin aparato, forma pequeños grupos de las distintas clases sociales, y les da criterio católico. Ya se ve que concibe los apostolados de las mujeres de la Obra más como algo organizativo que como un apostolado personal de mujeres que fueran capaces de detentar por sí mismas cargos de prestigio y sin el arropamiento de un colectivo. Lo que él presenta como más específico de la Obra lo concibe como algo más propio de hombres.
3. La Obra de San Miguel, se preocupa de la formación de las socias supernumerarias y de la administración local de las distintas actividades que se desarrollan por los socios del Opus Dei. Obsérvese que en la primera línea habla de "socias" y en la última, de "socios". A quien leyera esto en 1941, sin conocer lo que luego ha sucedido, se le suscitarían varias dudas: si las que luego se llamarían numerarias habían de ocuparse de la administración local de las actividades que desarrollasen los socios (por tanto, "socias" y "socios") de la Obra, ¿éstas habrían de ser las secretarias y gerentes de las revistas, bancos, empresas, periódicos, etc., que formarán el conjunto de las obras descritas en Art. 8, 2?; o, más bien, ¿las gestoras del servicio doméstico de esas actividades, como se indica en el Art. 3?; o, ¿de las viviendas de los numerarios, que, una vez más, parece se quieren ocultar?
II. RÉGIMEN

(2ª Parte: aa. 14-43)

Continuamos el comentario de la segunda parte del primero de los anexos al Reglamento de 1941, titulado Régimen. El itinerario jurídico del Opus Dei menciona sus artículos 14, 15, 19, 22, 24, 27, 31, 39, 40 (cfr. pp. 93-110).

Antes de comenzar el examen detallado de los artículos, cabe adelantar cuatro consideraciones generales:

1ª) Ante todo, resulta llamativo que, no llegando a cincuenta socios en aquel momento, según dice El itinerario jurídico… (cfr. p. 93), Escrivá presentase este exhaustivo y minucioso detalle de una organización muy jerarquizada, que se opone frontalmente a lo que el lector haya podido concluir de la lectura del Reglamento, el cual está claro que, como aclara El itinerario jurídico…, se había redactado en atención a los “aspectos requeridos por la legislación civil vigente entonces en España” (p. 92).

Esta minuciosidad, manifiesta un interés extremo de Escrivá por asegurar el control total de la institución. Se conoce que, durante el año que tardó en atender a la petición del obispo, de que le presentase unos reglamentos para dar a la Obra una aprobación escrita, tuvo tiempo de mirar los reglamentos de otras instituciones y confeccionar esta amplia estructura de gobierno, tan elaborada que, sustancialmente, se ha mantenido hasta hoy, con la única excepción de que en el nivel local con el tiempo sustituiría el tándem Director-Dignior por el Consejo local.

2ª) Esta compleja estructura jerárquica no está planteada de forma que los componentes de cada nivel de gobierno puedan aportar iniciativas con autonomía y creatividad, sino para servir como meras correas de transmisión de las decisiones del Padre. Por eso, los nombrados van formando un grupo endogámico de personas que se van renovando o intercambiando en sus cargos, y en las que no se busca iniciativa sino docilidad incondicional a la cabeza.

En efecto, todos los componentes de los gobiernos central y regional de la Obra los nombra el Padre, a lo sumo con el asesoramiento del Senado, entre una cuarta clase de socios, los "electos", que no son propiamente electos (en el sentido de elección por un grupo de personas) sino nombrados por el Padre (tal vez por eso se les llamaría más tarde electores).

No cabe, por ejemplo, que un Consejero (hoy Consiliario o Vicario regional) se haga su equipo de gobierno, puesto que no los escoge él, sino que le vienen impuestos por el Padre; y de esta forma, los restantes miembros de la Comisión o Asesoría regionales, más que colaboradores que dependan de él, son controladores puestos por el Padre para fiscalizarlo en las distintas áreas de su competencia.

Y para fiscalizarlos a todos ellos, están tanto la presencia permanente de los missi, es decir, los inspectores de la Pía Unión en los distintos territorios, que forman parte simultáneamente del gobierno central y del gobierno territorial, tanto para varones como para mujeres; como de los numerarios directamente dependientes del Padre, que vienen a ser como sus agentes especiales para misiones concretas (véase el art. 38).

3ª) Como contrapunto a ese sometimiento total de los socios al régimen del Padre, está el que éste haya instituido para sí un régimen de excepción, mediante la figura de los Custodes.

4ª) La institución de la figura de las Asociaciones Auxiliares -aparentemente ajenas a la Obra, pero completamente dirigidas por los Directores mayores- resulta tan escandalosa como reveladora de la estrategia que siempre siguió Escrivá para promover y dirigir todo tipo de organizaciones políticas, financieras, mercantiles, etc., sin figurar la Obra como responsable, y no teniendo que responder ante las leyes civiles, de sus determinaciones, ni él ni los demás directores de la Obra.

ÓRGANOS DIRECTIVOS

Art. 14.

1. Ordinariamente, el Presidente del Opus Dei es un Sacerdote, a quien se llama sencillamente Padre, con prohibición de usar ninguna clase de tratamiento dentro de la Obra.

Puede parecer sorprendente que se admita que el Presidente General pueda no ser sacerdote. Pero hay que tener en cuenta que en 1941 no había sacerdote alguno dentro de la Obra. Si el fundador faltaba o se moría, para que su sucesor fuese de su Obra, tenía que ser un laico. En cambio, si hubiera establecido que tuviese que ser un sacerdote, estaría el peligro de que lo hubiera designado el obispo, don Leopoldo. Y eso, no. En todo caso, esta posibilidad puede tener que ver también con la tesis sobre La Abadesa de las Huelgas, en la que un no clérigo —la abadesa— tiene potestad quasi episcopal, y da letras dimisorias y licencias para confesar. Eso sí, ¿habría que haberlo llamado Padre si fuera laico?

Esta prohibición de prestar honores al Padre oculta el obsesivo culto a su persona que promovió desde los primeros tiempos, como ya empieza a poner de manifiesto lo que se dice a continuación. Además, lo de llamar Padre al Presidente General no me parece manifestación de sencillez. Al papa se le llama papa, es decir, padre, lo que es una gran distinción.

2. El cargo es vitalicio. Ya desde el principio quiso blindarse el cargo, puesto que en muchas instituciones religiosas no es vitalicio. Parece que justifica esto en el precedente de las Constituciones de los jesuitas, que son una excepción. Igual que parece que también copia de ellos la práctica de que los superiores pidan cuenta de conciencia a sus súbditos, que había prohibido León XIII para la generalidad de la Iglesia, en el Quemadmodum.
Art. 15.

El Padre, para su asesoramiento, tiene el Senado, compuesto por el Secretario General, tres Vicesecretarios y al menos un vocal - Missus - por cada Territorio.

Con el tiempo, a este consejo, que pasaría a llamarse Consejo general, se añadiría un Prefecto de estudios, un Administrador general, un Director espiritual y un Procurador general.

Missus significa literalmente “enviado”: es el enviado o confidente del Padre en cada Comisión regional.

Art. 16.

1. El Secretario General es el socio de más autoridad en la Obra después del Padre y del Vicepresidente, si lo hubiera.

2. Asiste con el Padre a los despachos de las tres ramas de la Obra, de la Asesoría Técnica General y de la Asesoría Central.

Teniendo en cuenta lo que se dice en el artículo siguiente, por las tres ramas entiende la Obra de san Miguel, la Obra de san Rafael y la Obra de san Gabriel (ver también Régimen, art. 12 y 13).
3. Es nombrado y depuesto libremente por el Padre, oído el Senado, entre los socios electos. Nótese que la elección del puesto más clave después del Padre depende completamente del Padre, pues el senado sólo tendrá en esta elección un papel meramente consultivo y no deliberativo.

Parece desconocer lo que significa “electo” (= el que ha sido elegido), que es distinto que “elector” (= el que elige). Luego se corrigió la terminología.

4. Cesa cada nueve años. Ya se ve que, por la duración prevista para este cargo, la idea del fundador era perpetuarlo y convertirlo en candidato a su sucesión, salvo que surgiera un imprevisto que aconsejara su sustitución.
Art. 17.

1. Cada Vicesecretario se ocupa de las actividades de los socios en una rama de la Obra: y se denomina Vicesecretario de la Obra de San Miguel, Vicesecretario de la Obra de San Gabriel y Vicesecretario de la Obra de San Rafael.

2. Los Vicesecretarios son nombrados y depuestos libremente por el Padre, oído el Senado, entre los socios electos.

Al igual que en el nombramiento del Secretario general, estos nombramientos también están totalmente al arbitrio del Padre. Con ello, Escrivá demuestra haber concebido un sistema de gobierno completamente absolutista, en que todo depende del Padre, y donde los miembros del Senado o Consejo general no son más que correas de transmisión de las decisiones del Padre. Y este sistema es el que ha ido agostando progresivamente la vitalidad de la Obra de Escrivá, en cuanto en ella no ha habido cabida a una real apertura a la aportación que habrían podido prestar los miembros.
3. Los Vicesecretarios cesan cada tres años.

Art. 18.

1. Cada uno de los Missi estudia especialmente los asuntos que a su Territorio corresponden y aquellos otros asuntos que el Padre o el Senado le encomiendan.

Los Missi, que luego se llamarían Delegados, son los encargados de mantener informado al Padre de lo que sucede en cada región, de controlar a los que gobiernan en ella y de realizar las misiones especiales que el Padre les confíe.
2. Tienen también habitualmente la inspección en todas las actividades de los socios de su Territorio. Que hable de inspeccionar todas las actividades demuestra que Escrivá concibió el gobierno de su Obra como un sistema basado en la desconfianza y el control. Lo lógico habría sido que cada responsable de un área se responsabilizara de la supervisión de su ámbito de competencia, y no que haya un surpervisor superior que fiscalice a cada director.
3. Los Missi son nombrados libremente por el Padre, oído el Senado, entre los socios electos. Una vez más, el nombramiento depende totalmente del Padre, siendo el papel del Senado meramente consultivo.
4. Cesan cada cinco años.

Art. 19.

1. Habitualmente han de vivir en familia con el Padre dos Custodes.

Como en muchos otros temas, ya desde los comienzos el fundador se establece un régimen de excepción: los demás deberán separarse de sus familias, él se lleva a la suya; los demás deberán tener dirección espiritual con quien se les imponga y cambiar cada vez que se les diga, él escogerá a quien prefiera y no tendrá que cambiar; los demás deberán otorgar testamento, él muere abintestato; los demás deberán someterse a un régimen de vida comunitaria con quien les toque, él viviría a su aire y con sus custodes; y así sucesivamente.
2. El Custos Dignior cuidará todo lo que a la vida interior del Padre se refiere, y le advertirá con respetuosa libertad cuanto crea oportuno en ese orden de cosas.

3. El otro Custos se ocupará de todo lo que se refiere a la salud corporal, comida, vestido, etc. del Padre, y tendrá igualmente el deber de advertir lo que le pareciere.

¿Estas servidumbres son propias de una vida en medio del mundo? Pero él, como buen aspirante al Marquesado de Peralta, debía ejercer como tal, para compensar lo que no tuvo de pequeño por la escasez económica de su familia.
4. Los Custodes no tienen intervención en el Senado, excepto en el caso que señala el Art. 22, 3. a no ser que a la vez ocuparan otro cargo que les diera ese derecho.

5. Son designados por el Padre, a propuesta del Senado, que presenta una lista con nueve nombres de socios electos.

En definitiva, por más que puedan aconsejarle, es el Padre quien escoge a sus Custodes.
6. Cesan cada cinco años.

Art. 20.

1. A1 vacar el cargo de Presidente, por muerte o renuncia, el régimen de la Obra pasa extraordinariamente al Secretario General o al Dignior del Senado, en ausencia de aquél.

2. El Secretario General reunirá al Senado en el plazo de tres días desde que se produjo la vacante y convocará a los socios electos, para proceder a la elección de nuevo Padre, en el termino de quince días, a contar desde aquel en que fue hecha la convocatoria.

Adviértase que las socias no tienen papel alguno en la elección de Presidente.
Art. 21.

1. Asisten con voz y voto a la elección todos los socios electos.

Al ser elegido el sucesor por un colectivo seleccionado previamente por el Padre anterior, queda muy condicionada la elección. Esto ha hecho mucho daño a la Obra, impidiendo su renovación.
2. Son elegibles ordinariamente los socios Sacerdotes electos. Hasta el Catecismo de la Obra de 1959 inclusive, la redacción permitía entender que todos los electores tenían voz activa y pasiva para elegir al Padre. En la siguiente versión se cambió la redacción, de forma que ya no daba lugar a ese equívoco.

Para comprender lo de “ordinariamente”, dejando la puerta abierta a la designación para Presidente de alguien que no sea sacerdote, hay que advertir que en esos momentos no había más sacerdotes en la Obra, según se ha comentado ya al tratar el artículo 14, 1. Y, aunque Escrivá no determina nada en estos reglamentos de 1941, puede ser que tuviera previsto para ese supuesto lo que se explica en el apartado 3 de este artículo. Ahora bien, en el supuesto de que no fuese obligatorio ordenarse, tras la aceptación de la elección, esto supondría en el fundador una concepción de la jerarquía en la Obra ajena a la Jerarquía ordinaria de la Iglesia y asimilable a la de los institutos religiosos.

3. Si al verificarse la elección de Presidente los sacerdotes electos fueran menos de nueve, podrá ser elegido Presidente un socio seglar electo. Es posible que, aunque no lo mencione, en la mente de Escrivá estuviera que esto conllevara que el designado fuera ordenado sacerdote. Con ello, Escrivá ya daría señales de esa visión del sacerdocio en la Obra, no como una vocación, sino como un encargo al servicio de los intereses institucionales, que sí que mantuvo siempre.
4. Quienes, por cualquier causa, no asistan a la elección, no tienen derecho a emitir su voto.

5. La elección se hace por mayoría absoluta de votos.

Art. 22.

1. Por enfermedad o vejez del Padre o por otra causa grave, puede ser necesario que se nombre un Vicepresidente.

2. Este nombramiento se hará o a petición del Padre, con el voto favorable del Senado, o a petición del Senado.

3. Para que la petición del Senado obligue al Secretario General a convocar para la elección de Vicepresidente, es necesario que firmen la petición dos tercios por lo menos de los socios que componen el Senado y uno de los Custodes. La verdad es que, con estas condiciones tan severas, Escrivá se blinda bastante en su posición de poder omnímodo, en el sentido de que, mientras no desease un Vicepresidente, sería muy difícil nombrárselo.
4. La petición, con las condiciones señaladas en el párrafo anterior, equivale a declarar la inhabilidad del Presidente, a no ser que a propuesta de uno de los Custodes, habiendo, variado las circunstancias, el Senado por mayoría absoluta acordara otra cosa.

5. Si la elección se hace a petición del Padre, los socios electos elegirán Vicepresidente de una terna presentada por el Padre.

6. Si es a petición del Senado, se procederá de la misma forma que para la elección de Presidente.

Art. 23.

1. Para ser elegido Vicepresidente, se requieren las mismas condiciones que para ser Presidente.

2. Si el Presidente estuviera completamente inhábil, el Vicepresidente tiene todos los derechos del Presidente. Si no, tie­ne los derechos y deberes que el Presidente disponga, oído el Senado.

3. El Vicepresidente queda nombrado Presidente inmediatamente que vaca la Presidencia de la Obra. De esta forma, Escrivá establece un sistema muy directo de garantizarse un sucesor a su gusto.
Art. 24.

1. Para informar al Padre de las actividades apostólicas de las socias de la Obra, hay una Asesoría Central.

Un detalle terminológico: el órgano que informa al Padre de las actividades apostólicas de las socias se llama Asesoría Central, mientras que el que asesora al Padre con relación a los varones se llama Senado: o sea, el Senado asesora, pero la Asesoría informa.
2. Forman parte de la Asesoría, con el Padre y el Secretario General, tres Vicesecretarias y, al menos una vocal - Missa - por cada Territorio. Adviértase que el gobierno femenino carece de Vicepresidenta (como es natural, puesto que ni se menciona la posibilidad de una presidenta) y de Secretaria general. Más adelante, Escrivá instauraría la figura de la Secretaria central.
Art. 25.

1. Cada Vicesecretaria se ocupa de las actividades de las socias en una rama de la Obra, igual que se indica en el Art. 17, 1.

2. Las Vicesecretarias son nombradas libremente por el Padre, entre las socias consagradas a la Obra que tengan más de cuarenta años y hayan ocupado algún cargo en Asesorías Territoriales.

Nuevamente aparece la expresión de consagradas, tan poco secular.

Resulta significativo que Escrivá ponga el requisito de 40 años para ser nombradas Vicesecretarias, mientras que, para el mismo nombramiento en el caso de los varones sólo exige 30 años (véanse los artículos 17, 2 y 37). Como se verá más adelante, otro tanto establece para el nombramiento de los vocales y las vocales regionales: si es mujer, ha de haber cumplido los 30 años; si es varón, no establece límite de edad (véanse los art. 30 y 32, 2).

3. Cesan cada tres años.

Art. 26.

1. Las Missae estudian los asuntos que a su Territorio corresponden y aquellos otros que el Padre les encomienda.

2. Tienen también habitualmente la inspección de todas las actividades apostólicas de las socias de su Territorio.

3. Son nombradas por el Padre entre las socias consagradas a la Obra que hayan ocupado algún cargo en Asesorías Territoriales y tengan más de cuarenta años.

Nótese que se viene hablando de socias consagradas, y de que por tanto hay también socias no consagradas, que debían de ser las inscritas. Esto demuestra su visión nada secular del celibato.

Este límite de edad no existe para los varones que sean designados missi.

4. Cesan cada cinco años.

Art. 27.

1. las Comisiones Territoriales son organismos que directamente dependen del Padre y del Senado.

2. Están formadas por un Consejero, un Defensor y tres Vocales.

3. El Missus del Territorio puede asistir a la Comisión y tomar parte en sus deliberaciones, y tiene su lugar de precedencia inmediatamente después del Consejero.

Art. 28.

1. El Consejero preside la Comisión y lleva el régimen de los socios y de sus actividades apostólicas en el respectivo Territorio.

2. Es nombrado y depuesto libremente por el Padre, oído el Senado, entre los socios electos, o entre los numerarios, atendiendo a lo que se dice en el 5 de este Art. Una vez más, la figura clave del Consejero, hoy Vicario regional, es designada libremente por el Padre.
3. Ordinariamente ha de ser Sacerdote. Véase lo que se ha dicho en el art. 21.
4. Cesa cada siete años.

5. En el mismo Territorio, el Consejero y el Defensor serán indistintamente, uno electo y el otro sólo numerario.

Tal vez para que a la hora de elegir Presidente no tengan que ausentarse ambos del Territorio.
Art. 29.

1. El Defensor tiene por misión:

1) Conservar y mejorar el espíritu y la observancia entre los socios del Territorio.

Otra expresión propia de los religiosos.
2) Cuidar de la selección, examinando las circunstancias de los aspirantes e informando al Consejero, antes de que sean admitidos como socios supernumerarios, y al Padre, antes de que sean escogidos para socios numerarios. ¿Un sacerdote traficando con informaciones íntimas? De verdad, no se entiende cómo Escrivá logró colar un documento así al Obispo de Madrid. Entiendo lo que explica Gervasio, pero no la mentalidad de ese obispo, que o no examinó suficientemente el documento o no dio importancia a tales desórdenes. En todo caso, esto pone en evidencia que este trasiego de información confidencial, que el documento intenta disimular al no mencionar que esos informes provenían de las charlas fraternas, esto es, de la dirección espiritual, y que ahora les ha prohibido la Congregación para los Obispos, ya estaba previsto desde el inicio.
2. Es nombrado y depuesto libremente por el Padre, oído el Senado, entre los socios electos, o entre los numerarios, como se indica en el n. 5 del Art. 28. Ya se ve que toda la compleja estructura de gobierno es nombrada por el Padre. Todos están a su servicio, son mera correa de transmisión y ejecución de sus mandatos, y no están para gobernar con autonomía y creatividad.
3. Ordinariamente ha de ser Sacerdote. Teniendo en cuenta que el Defensor entonces formaba parte de la Asesoría de las mujeres (cfr. art. 31, 2), resulta chocante que pueda no ser sacerdote. Actualmente, no interviene en el gobierno de las mujeres pues esa función la desempeñan los sacerdotes o vicarios secretarios de las delegaciones y comisiones, y por tanto pueden y suelen ser laicos.
4. Es el Dignior de la Comisión.

5. Cesa cada nueve años.

Art.30.

1. Cada Vocal se ocupa de las actividades de los socios del Territorio en una de las ramas de la Obra, igual que se indica en el Art. 17, 1.

2. Los Vocales son nombrados y depuestos libremente por el Padre, oído el Senado y el Consejero y el Defensor correspondiente, entre los socios numerarios.

3. Cesan cada tres años.

Art.31.

1. Para informar al Consejero de las actividades de las socias del Territorio, hay una Asesoría Territorial.

2. Forman parte de la Asesoría Territorial, con el Consejero y el Defensor, tres vocales socias.

3. Las Missae pueden asistir a la Asesoría de su respectivo Territorio y tomar parte en las deliberaciones. Tienen precedencia sobre las Vocales.

Art.32.

1. Cada socia Vocal de la Asesoría se ocupa de las actividades de las socias del Territorio en una rama de la Obra, igual que se indica en el Art. 17, 1.

2. Son nombradas libremente por el Padre, oídos el Consejero y el Defensor respectivos y la Asesoría Central, entre las socias consagradas a la Obra, que tengan más de treinta años y hayan sido Directoras locales. De manera semejante a como establece para l@s Vicesecretari@s centrales, en el caso de los Vocales regionales a los varones no les pone ese límite de edad (véase el art. 30)
3. Cesan cada tres años.

Art. 33

Este artículo, que trata de las entidades civiles que aparecerán ante la ley como responsables de las actividades externas del Opus, es de una gran importancia para conocer el modus operandi que siempre empleó Escrivá: no dar la cara, sino instituir sociedades interpuestas dirigidas en la sombra por los Directores de la Obra, sin reconocer su intervención en esas sociedades y sin responder ante la ley, teniendo que ser los testaferros quienes den la cara. Cambiarán los regímenes jurídicos de la Obra, pero esto siempre lo harán de la misma manera. Puede verse un ejemplo actual de estas sociedades en el siguiente enlace.

Nótese que estas Asociaciones Auxiliares se mencionan en la parte correspondiente al régimen territorial, como una estructura de gobierno más de la Obra.

1. Quienes llevan, en cada país, el régimen de las Asociaciones Auxiliares, a través de las cuales actúan los socios, han de ser numerarios. No puede ser más desvelador: los socios han de tener como objetivo influir en la sociedad y para ello o bien han de conseguir ocupar cargos públicos (Régimen, art. 1, 2: “Los socios ejercitan ordinariamente el apostolado desde los cargos oficiales de la administración pública”; Espíritu, art. 28: “El espíritu de la Obra es que sus socios varones ocupen cargos oficiales y, en general, puestos de dirección.), o bien han de utilizar estas Asociaciones Auxiliares. Esto es lo que Escrivá entiende como espíritu de la Obra.

Por otra parte, hay que destacar que, aunque sean inscritos casados (los actuales supernumerarios: ver artículo 34, 3) los que figuren como presidentes de esas sociedades interpuestas, los numerarios (los actuales inscritos, es decir, los Directores mayores) han de ser quienes las gobiernen.

Posteriormente, en el Catecismo de la Obra de1959 pasó a distinguirse entre sociedades auxiliares y obras comunes, distintas de las obras corporativas. Las comunes tenían calificativo de apostólicas, como una revista. Las auxiliares eran puramente económicas.

2. Los Directores de estas Asociaciones dependen directamente del Consejero y, a propuesta del Consejero con el parecer unánime del Defensor, podrá el Padre nombrarles miembros extraordinarios de la Comisión o de la Asesoría Técnica respectiva. Más claro, agua
3. Todos los socios del Opus Dei que forman parte de las Asociaciones auxiliares, están obligados a votar, para los cargos directivos de estas Asociaciones, a las personas que designe el Consejero, que procederá a la designación de acuerdo con el Defensor, oída la Comisión Territorial. El hecho de que estén obligados a votar los constituye en marionetas. En realidad, todo el gobierno de la Obra no es más que un conjunto de ejecutores de las ocurrencias del Padre.

Esto es lo mismo que sucede en las que actualmente se denominan labores personales. Quien nombra a unos y a otros y manda en todo lo que considere necesario intervenir, es el Vicario regional o de la Delegación.

Art. 34.

1. Las Juntas Nacionales dependen inmediatamente del Consejero y de la Comisión del Territorio en que estén enclavadas.

Para entender que serían las Juntas Nacionales, hay que atender a lo que se dice en el epígrafe 2, Así como a los art. 15, 16 y 17 del anexo titulado Espíritu. Vendrían a ser la cara externa de la Obra en cada país ante la ley civil: una tapadera legal que podría servir para dar personalidad jurídica civil a la Pía Unión, o para presentar a los obispos como información sobre el Opus Dei. Tienen su correspondencia hoy con los Patronatos de las obras corporativas.
2. Se rigen por los Arts. 5 y siguientes del Reglamento.

3. Se procurará, de ordinario, que el Presidente sea un socio inscrito casado.

De esta manera se da una imagen de mayor normalidad. Este criterio se continúa siguiendo hoy en los Patronatos de las obras corporativas, donde se escogen para los cargos de representación a personas relevantes socialmente. Ellos dan la cara para las gestiones ante las autoridades civiles, pero no gobiernan, pues quienes gobiernan son los Consejos locales respectivos.
4. Los otros miembros que componen la Junta y los que forman parte de la Asamblea quedan obligados a nombrar, para las vacantes que en la Junta se produzcan, a los socios que designe el Consejero de aquel Territorio. Una vez más queda claro que ellos no pintan nada, que son cargos de mera representación. Con ello se comete de nuevo un fraude de ley similar al que encontramos en el Art. 33 con respecto a las asociaciones auxiliares: los socios que formen parte de las Juntas están obligados a nombrar para los cargos directivos a quienes hayan sido designados por el Consejero. En efecto en los artículos correspondientes del Reglamento se habla de que sean "escogidos", "reelegidos" o nombrados "por acuerdo" de los miembros de la Junta, y no como transmisores de una autoridad en la sombra, ajena a la constitución legal civil (y eclesiástica aparente) de la Pía Unión.
5. El Consejero oirá a la Comisión Territorial y procederá a hacer la designación, de acuerdo con el Defensor.

Art. 35.

Después de haberse tratado del régimen general de la Obra y del régimen territorial, se pasa a hablar del régimen local.
1.Los Directores y Directoras de las distintas actividades locales de los socios, son nombrados por el Consejero, de quien directamente dependen, con el parecer unánime del Defensor, oída la Comisión o la Asesoría Territorial.

2.El Director y la Directora local no pueden tomar determinaciones extraordinarias sin estar de acuerdo con el socio o la socia Dignior, en aquella casa.

En este artículo Escrivá ya no puede disimular por más tiempo la existencia de lugares de residencia de los supernumerarios de entonces (los numerarios actuales) y empieza a hablar de "aquella casa", mientras que hasta poco antes ha empleado el circunloquio de "las distintas actividades locales de los socios" u otros eufemismos.

Según se desprende de esta norma, en aquellos tiempos no existía la figura del Consejo local, sino sólo la del Director local, quien para determinadas decisiones, debía contar con el acuerdo de la persona Dignior del centro. Lo cual recuerda el modo de proceder en monasterios y conventos. Es posible que abandonara esta praxis ante experiencias negativas (eso parecen dar a entender sus afirmaciones sobre que “al director propietario lo maté yo por la espalda”) e instituyera el sistema de Consejos locales donde todos los miembros del Consejo local se controlan entre sí. De hecho, así lo dice en el n. 32 de la Instrucción para los Directores: “El hecho de que haya siempre un gobierno colegial no puede dar lugar a que sea ese gobierno colegial como un escudo para el anonimato, como un echar fuera de sí, cada uno de los Directores, la responsabilidad que personalmente le corresponde. Sirve ese gobierno colegial, para que no se pueda decir nunca de ninguno de vosotros: te han constituido en autoridad, y te has hecho un tirano”.

Por lo demás, este dato prueba, igual que ya comenté en el art. 4 del Reglamento, que es falsa la datación de 1936 que lleva la susodicha Instrucción para los Directores, donde ya desde el n. 7 se habla muchas veces del Consejo local (este y otros documentos y pueden encontrarse en Internet fácilmente, por ejemplo, aquí o con el buscador de Google).

Art. 36.

1. Los socios electos son nombrados directamente por el Padre, sin que este nombramiento signifique que dejan de ser socios numerarios.

2. De ordinario, conocerán los socios su nombramiento por carta autógrafa del Padre, que les entregará el Consejero de su Territorio.

3. El Consejero ordenará, de palabra, que el socio sea dado de baja por la Junta Nacional del país respectivo.

Se descubre un rasgo más de clandestinidad, promovido por Escrivá, que se detalle que la orden de baja se dará "de palabra", para que no quede constancia del origen de la orden, y posiblemente para que no quede constancia del motivo y poder mantener secreto el nombramiento del electo como electo, o posiblemente por algún otro oculto motivo.
4. En el plazo máximo de tres meses, de acuerdo con el Consejero que dará todas las facilidades, el nuevo socio electo irá personalmente a visitar al Padre, para recibir su bendición y hacer ocho días de ejercicios en el lugar que el Padre le señale.

Art. 37.

Para poder ser nombrado socio electo se requiere: 1/ ser socio numerario, 2/ haber cumplido treinta años, 3/ conocer la historia, espíritu, costumbres y tradiciones de la Obra, 4/ llevar por lo menos nueve años en el Opus Dei, 5/ haber .prestado a la Obra servicios eminentes, 6/ piedad sólida, 7/ cultura religiosa y profesional, 8/ ser reservado y prudente, y 9/ ser conocido en la Obra cono persona de consejo.

Esta octava condición revela la importancia que daba Escrivá a su capacidad para guardar los secretos de la Obra.

Tanto este artículo como el anterior son otro ejemplo de la minuciosidad con que el fundador trataba todo lo relativo a la sucesión. Tenemos un nuevo ejemplo de endogamia, es decir, de la intención de que los que están a la cabeza sean elegidos por aquellos que fueron elegidos por los que estaban a la cabeza.

Art. 38.

1. El Padre, oído el Senado, podrá disponer que algunos socios numerarios dependan directamente de su autoridad.

Vienen a ser como agentes especiales para misiones específicas que les confíe el Padre.
2. Estos socios no estarán sujetos, en cuanto a su apostolado concreto, a la obediencia de los Directores Locales; pero sí en todo lo que se refiere a su conducta exterior y al régimen interno del Centro en que residan.

Art. 39.

1. En cada Territorio, habrá por lo menos un Centro de Estudios para los socios varones y otro para las socias, con el fin de darles la formación que sus apostolados exigen.

2. El plan de estudios ha de comprender el Dogma, la Moral, la Sagrada Escritura, la Historia Eclesiástica, la Liturgia, la Ascética, el Canto Gregoriano y el conocimiento de la Obra.

Art. 40.

1. El Consejero, de acuerdo con el Defensor y oída la Comisión o la Asesoría Territorial, designará los socios que han de ir al Centro de Estudios.

2. Nunca irán los socios al Centro de Estudios, inmediata­mente de ser admitidos como supernumerarios. Se esperará a que hayan hecho su consagración a la Obra y tengan experiencia en los apostolados. Nunca: a comienzos de los años 60 se iba al Centro de estudios sin tener la oblación hecha. Quemar etapas llevaba a hacer las cosas precipitadamente. O quizá no se fiaban de las oblaciones hechas en el lugar de origen.

Consagración: una vez más el planteamiento de vida consagrada

A la Obra: lo peor es que en todos los casos habla de consagración a la Obra, no a Dios en la Obra. Pues, ¿se puede consagrar la vida a la Obra? ¿Se puede consagrar una vida a una institución, como si de Dios se tratara? En este planteamiento ya estaban los gérmenes de la actual idolatría al Padre y a los Directores, que se vive en el Opus Dei.

3. Toda la labor del Centro de Estudios se hará sin extraer a los socios de su ambiente habitual. Esto nunca ha sido así. Para poder someter la los miembros, se les cercenan todas sus raíces humanas: familiares, profesionales, de relaciones humanas, de la ciudad donde estaban, etc.

Además, si hay sólo un Centro de estudios en un país, será necesario para una mayoría de los supernumerarios (numerarios actuales) cambiar de ciudad, de universidad, de amigos, a veces de carrera y, por supuesto, alejarse de su familia; lo que contradice frontalmente este artículo.

Art.41.

1. Los Directores y Directoras de los Centros de Estudios dependen directamente del Consejero Territorial respectivo.

2. Son nombrados por el Padre, oídos el Consejero y al Defensor del Territorio, entre los socios electos y las socias con­sagradas a la Obra, mayores de treinta años, que hayan ocupado cargos en la Asesoría Central o en la Territorial.

Qué contraste entre las grandes exigencias para los varones -ser electos- y para las mujeres -haber hecho simplemente la oblación o la fidelidad-, que hayan de ser nombrados para dirigir centros de estudios.
3. Cesan cada cinco años.

Art.42.

Todos los demás cargos de los Centros de Estudios los nombra el Consejero, de acuerdo con el Defensor, oídos los Directores o Directoras de los Centros respectivos.

Art.43.

Todos los socios que ocupen cargos en la Obra, cumplido el tiempo de su mandato, pueden ser reelegidos para el mismo cargo una o varias veces.

Esto siempre ha sido así: los que acaban siendo cooptados para los cargos de responsabilidad no cambian más que de cargo, pero siempre son las mismas personas las que gobiernan. En cambio, para muchos cargos civiles se considera que la limitación del número de mandatos consecutivos es un bien porque puede frenar la creación de feudos, de redes de complicidad casi imposibles de extirpar. Por contra, Escrivá prefiere disponer de un número suficiente de incondicionales (por endogamia) para los cargos, evitando las restricciones al tiempo o número de mandatos.
III. O R D O Orden es el segundo anexo al Reglamento que Escrivá presenta para que el Opus Dei fuera aprobado en 1941 como Pía Unión. Está pensado fundamentalmente para regular la vida de los socios célibes, con lo que da la impresión de que su idea original de los que entonces llamaba inscritos, hoy supernumerarios, es más la de unos cooperadores que la de unos auténticos socios.

Es un documento muy interesante para entender la Obra de Escrivá, en cuanto muestra el interés prioritario del fundador por los temas formales, en detrimento de su atención a la espiritualidad: sólo se habla de las prácticas religiosas de los socios; del modo de celebrarse el Círculo, que es la reunión semanal de formación de los socios; del modo de recabar el Padre información inmediata sobre los Centros, mediante las visitas periódicas de sus enviados; de la prelación en los Centros y de las competencias del gobierno central, territorial y local; así como del funcionamiento de la administración económica de la Obra en sus distintos niveles.

Pero no se encuentra una espiritualidad: ni una orientación sobre el modo de acercar a las almas a Dios, ni sobre la práctica de la caridad con el prójimo. Además, lo que aquí se establece contradice constantemente lo que se dice en el Reglamento, poniendo en evidencia la doblez con que siempre se ha funcionado en la Obra de Escrivá, como secuela de sus erróneos planteamientos fundacionales.

El comentario a este anexo se va a realizar en dos partes. En esta primera entrega nos centraremos en los ocho primeros artículos, que versan sobre las normas del plan de vida de los socios, el Círculo Breve, las visitas de los centros por parte de los delegados del Padre y las disposiciones relativas a la muerte de los socios. Y dejaremos para la siguiente entrega lo relativo al régimen local, así como a las competencias de los gobiernos territoriales y central, y a la administración económica de la Obra.

En esta primeras parte, llama especialmente la atención el aislamiento y control a que se somete a los socios, la vigilancia que el Padre ejerce sobre los centros mediante sus delegados, el secretismo con que actúan los delegados del Padre, el trasiego de informes escritos sobre asuntos de conciencia y la falta de secularidad de las disposiciones relativas al fallecimiento de los socios.

NORMAS DE VIDA DE LOS SOCIOS SUPERNUMERARIOS

Y NUMERARIOS

Art. 1.

Resulta llamativo el contraste entre esta enumeración de Normas y la que se hace en el artículo 2 del Reglamento, que era lo que entregaban a los obispos y a las autoridades civiles, donde se limita a mencionar un tiempo de oración mental: este doble lenguaje no es evangélico, no es propio de un hombre de Dios.
Diariamente: Ofrecimiento de obras. Oración mental (media hora por la mañana y media hora por la tarde. Santa Misa. Comunión. Visita al Santísimo. Lectura del Santo Evangelio y de algún libro espiritual. Preces. Santo Rosario (quince Misterios). Examen de conciencia. Ángelus o Regina-Coeli. Nótese que, salvo las Preces, todo son devociones tradicionales, casi todas ellas sujetas a lo que determine la jerarquía ordinaria, como el Rosario (quince misterios), el Ángelus, (la Salve o el Regina Coeli), etc.
Semanalmente: Confesión sacramental. Una mortificación corporal y rezo de la Salve, los sábados.

Mensualmente: Un día de retiro.

Cada año: Ejercicios espirituales. Con el tiempo, pasaría a llamarlos Cursos de retiro.
Siempre: Presencia de Dios. Considerar nuestra filiación divina. Comuniones espirituales. Acciones de gracias. Actos de desagravio. Oraciones jaculatorias. Mortificación. Estudio. Trabajo. Orden. Alegría.
CIRCULO BREVE

Art. 2.

1. El Círculo Breve, que semanalmente se celebra en los centros en que desarrollan sus actividades los socios del Opus Dei, tiene por objeto la intensificación y mejora del espíritu de la Obra entre sus componentes.

En los Lineamenta generalia que presentó para que el Obispo de Madrid-Alcalá solicitara el Nihil obstat de la Santa Sede para erigir la Obra en Sociedad clerical de vida común sin votos públicos, explica que “todas las semanas se celebra el Círculo breve, que en cierto modo puede asimilarse al capítulo de culpas que tienen algunos religiosos” (n. 24, cit. en El itinerario jurídico…, p. 582. La traducción del latín es mía).
2. Hay un Círculo Breve para los socios numerarios y supernumerarios; otro distinto para los supernumerarios que aún no han hecho su consagración a la Obra; y uno especial para las sirvientas. Otro distinto: Desde el principio, Escrivá organizó su Obra como una estructura piramidal, muy propia de las sociedades secretas, en la que hubieran distintos niveles de conocimiento de las intimidades de la organización, según el grado de implicación en la institución.

Uno especial para las sirvientas: Esta segunda distinción parece obedecer, más bien, a la mentalidad clasista con que concibió a las sirvientas, luego llamadas Numerarias Auxiliares.

3. Si el Director o la Directora local, de acuerdo con el Dignior, lo juzgasen necesario, habrá un tercer Círculo Breve, para algunos socios supernumerarios.

Art. 3.

1. El Presidente –en los Círculos Breves de las socias, la Presidenta-, que dirige el acto, toma las notas oportunas, para dar cuenta a la autoridad inmediata.

¡Menudo control de lo que se dice en las clases de formación! Recibir el encargo de impartir un Círculo Breve no puede entenderse en la Obra de Escrivá, por tanto, como un reconocimiento de que el designado tenga la formación necesaria para darlo. Escrivá no demuestra confiar ni en sus más adeptos y por eso les exige que den cumplida cuenta de lo que enseñen, mostrando sus guiones.

Y esta pauta de control total ha sido siempre línea maestra en su Obra, donde se han ido elaborando guiones para todo: para los retiros, los cursos de retiro, los Círculos de san Rafael, los Círculos de cooperadores, los Círculos de cooperadores sacerdotes, los guiones sobre temas morales o sobre temas doctrinales de actualidad (que en su mayoría nos envió Doserra). Todo está regulado para que nadie se salga del guión. Lo cual ha convertido los medios de formación en cansinos, repetitivos y progresivamente obsoletos.

2. Los socios no deben hablar de los defectos de que otros socios se acusen en los Círculos. Y queda prohibido hacer comentarios críticos de lo tratado en esos actos, debiéndose dar cuenta al Director local, si se falta a esta obligación. Los socios no deben hablar: Ha marcado muy negativamente la vida de la Obra esta prohibición del derecho natural a la crítica de lo negativo, que tutela para todos los bautizados el Código de Derecho Canónico (canon 212 § 3: “Tienen el derecho, y a veces incluso el deber, en razón de su propio conocimiento, competencia y prestigio, de manifestar a los Pastores sagrados su opinión sobre aquello que pertenece al bien de la Iglesia y de manifestar a los demás fieles, salvando siempre la integridad de la fe y de las costumbres, la reverencia hacia los Pastores y habida cuenta de la utilidad común y de la dignidad de las personas”) y que Juan Pablo II recomendó en el n. 12 de su Carta apostólica El rápido desarrollo, de 24 de enero de 2005: «Mi predecesor Pío XII, de feliz memoria, al encontrarse con los editores de periódicos católicos les decía que algo faltaría en la vida de la Iglesia si no existiese la opinión pública. Este mismo concepto ha sido confirmado en otras circunstancias, y el código de derecho canónico, bajo determinadas condiciones, reconoce el derecho a expresar la propia opinión. Si es cierto que las verdades de fe no están abiertas a interpretaciones arbitrarias y el respeto por los derechos de los otros crea límites intrínsecos a la expresión de las propias valoraciones, no es menos cierto que en otros campos, existe entre los católicos un espacio para el intercambio de opiniones, en diálogo respetuoso con la justicia y la prudencia».

Esta ilegítima prohibición pone a los socios en situación de indefensión ante las arbitrariedades y errores de los que gobiernan, pues —sumada a la prohibición de no comentar sus asuntos personales con nadie de fuera ni nadie que no sean los Directores— los aísla completamente, al modo de las sectas, les impide informarse sobre lo que es legítimo o no en la Iglesia, y hasta los pone en peligro aun de caer en trastorno psíquico. No pienso que pueda afirmarse con rigor que la Obra de Escrivá sea una secta, pero sí que emplea diversos métodos sectarios, que ocasionan perjuicios muy graves a muchos de sus miembros y que la Jerarquía de la Iglesia debería corregir.

Defectos: Como hemos visto al comentar Espíritu art. 2, 1, esta costumbre de acusarse de alguna falta de espíritu, que en la Obra se llama Emmendatio, está tomada del Capítulo de faltas de los religiosos.

Debiéndose dar cuenta al Director: En esta obligación ya se apunta este sistema de control, a través de la delación de unos a otros, que luego institucionalizaría mediante lo que llamaría Corrección fraterna.

VISITAS

Art. 4.

En este artículo se va a tratar de otro sistema de inspección que establece Escrivá. Resulta llamativa la cantidad de normas de control en una institución que apenas estaba comenzando.
1. Hay dos clases de visitas: ordinarias y extraordinarias. Las primeras se celebran cada tres años; las segundas, cuando el Padre lo estime conveniente. Este sistema de control mediante visitas periódicas, que luego denominará Comisiones de servicio, es otro asunto fundacional, pues siempre lo mantuvo.
2. En las visitas se estudia la vida interior de los socios, su cultura religiosa, su formación profesional, su compenetración con el espíritu de la Obra, sus trabajos apostólicos y la situación económica de los centros, etc. revisándose los ficheros relacionados con las obras de San Rafael y San Gabriel, etc. Se estudia la vida interior de los socios: Ya desde el principio, Escrivá instituyó este ilegítimo gobierno de las conciencias sin recatarse de poner por escrito que se había de tratar en sesiones de trabajo de lo manifestado por los miembros en su dirección espiritual. Esto, que ahora la Santa Sede les ha prohibido, fue pasado por alto en 1941 por el inefable obispo Eijo y Garay.

Ficheros: La Agencia de Protección de Datos debería prohibirles estos ficheros donde se conserva información de lo más íntimo de las personas que entran en contacto con la Obra de Escrivá: asistencia a medios de formación, realización de retiros y ejercicios espirituales anuales, cumplimiento del plan de vida, puntualidad en la limosna, en la confesión y en la dirección espiritual, etc.

3. En los Centros no habrá libro de visitas, ni quedará constancia del paso del Visitador. Nunca dejar rastro del control ejercido sobre los Centros, las personas que los componen y sus conciencias: es inquietante este modo instituido por Escrivá, de gobernar en la sombra, sin dar la cara, sin asumir responsabilidades.
Art. 5.

1. Verifica las Visitas el Padre, o las personas en quienes delegue.

Está claro que el visitador en un mero instrumento de información al Padre, que ha de recoger una información que luego será reportada a éste.
2. El que realiza la visita escucha a cada uno de los socios se informa por todos los medios, para obtener los elementos de juicio; aconseja, amonesta, reprende, elogia, anima. Nos han presentado siempre estas visitas, que ahora se llaman Comisiones de servicio, como un modo de acercar al Padre a sus hijos; cuando, en realidad, según se desprende de esta normativa, han sido un modo del Padre para enterarse de primera mano acerca de lo que en los distintos sitios sucede y piensa la gente, que —confiada— manifiesta sus discrepancias, pensando ingenuamente que serán atendidas, sin darse cuenta de que muy probablemente se volverán en su contra.
3. Toma notas, para dar cuenta del resultado de la visita, y comunica al Senado por escrito su juicio, con las consideraciones, advertencias y remedios que le parezcan oportunos. Es tremendo leer que los delegados del Padre han de tomar notas escritas de «la vida interior de los socios, su cultura religiosa, su formación profesional, su compenetración con el espíritu de la Obra, sus trabajos apostólicos y la situación económica de los centros» (Espíritu, art. 4, 2) y presentar al Senado (hoy Consejo general) un informe exhaustivo. No se hacen distingos: cualquier información recabada ha de ser transmitida a la cúpula de gobierno de la Obra de Escrivá. Éste ha sido siempre el espíritu de la Obra. Lo cual explica la Carta pastoral del 2.X.2011 del actual prelado, en la que intenta justificar ante la Santa Sede y los obispos —en lugar de corregir, según se les ha pedido— los modos de funcionar en la Obra en estos temas que afectan a la libertad de las conciencias y al secreto de conciencia.
Art. 6.

Los visitadores, tienen siempre precedencia sobre todos los socios, tanto en visitas ordinarias como extraordinarias.

SUFRAGIOS Y ENTERRAMIENTO

Art. 7.

1. Los socios supernumerarios y numerarios dejan absolutamente al cuidado de sus consocios todo lo referente al modo y lugar del enterramiento.

Dejan absolutamente: En el Reglamento, escrito de cara a la galería, dice otra cosa: “Los miembros del Opus Dei procurarán tener hechas en forma legal sus últimas disposiciones. Se obligan a disponer para sí un entierro modesto, sin vanidades de ningún género” (art. 9).

Consocios: No se tiene en cuenta a los familiares. Y todo para asegurarse de que no quede ningún cabo suelto y los directores de la Obra puedan disponer con entera libertad de todo lo que el difunto no haya asignado a alguien extraño a la Obra. ¿Esto es propio de personas corrientes o de miembros de institutos religiosos?

2. Cuando muere un socio supernumerario o numerario del Opus Dei, el Director del Centro al que pertenecía cuida de que sea amortajado con una sábana.

3. El Presidente Nacional comunica la defunción a todos los socios que de él dependen, para que aplique por el fallecido cuantos actos de caridad les sugiera su celo; y a la Comisión, que remitirá una nota necrológica al archivo de la Obra.

4. Los funerales han de celebrarse en la Parroquia de la que fuera feligrés el socio. Eso lo dispuso Escrivá cuando no había más sacerdotes que él en su Obra. Pero, con el correr del tiempo, los funerales unas veces se han celebrado en las capillas de obras corporativas, otras en iglesias regentadas por sacerdotes de la Obra y, casi siempre, siendo los sacerdotes numerarios los que procuran presidir las exequias. ¿Es esto propio de cristianos corrientes?
5. En todos los Centros del Territorio, se ofrecerá una vez el Santo Sacrificio de la Misa por su alma. Las Gregorianas se celebran, de ordinario, en el Centro al que pertenecía el difunto; y en este Centro, en el aniversario, se rezará una Misa. Nada de encargar que se celebren las misas gregorianas en la parroquia, como hacen los cristianos corrientes.
Art. 8.

Al fallecer el padre o la madre de un socio, se celebra un novenario de Misas en el centro en que trabaja aquel socio.

Todo menos gastarse el dinero en pagar los estipendios de misas en una parroquia.
III. O R D O

(2ª parte: artículos 9-22)

Continuamos el comentario de los artículos 9 a 22 del segundo anexo al Reglamento de 1941, llamado Orden. Si en el primer anexo, llamado Régimen, se muestra la estructura organizativa de la Obra y de sus sociedades auxiliares, en Orden se explica el funcionamiento concreto de esas estructuras, una vida real que, por ser más que oscura, sólo se cita en El itinerario jurídico en sus artículos 2 y 3 (cfr. pág. 140, nota 64 al capítulo IV, que trata de la erección diocesana de 1943).

Hemos visto que los ocho primeros artículos de Orden versan sobre una serie de disposiciones que nada tienen que ver con lo expuesto en el Reglamento, concernientes a las prácticas religiosas (plan de vida) de los miembros célibes; a su medio semanal de formación (Círculo Breve); a la inspección periódica de los Centros, por parte de los enviados del Padre, llamados Visitadores; y a las disposiciones relativas al fallecimiento de los miembros célibes.

En los artículos 9 a 22 veremos cómo organiza Escrivá el funcionamiento de los órganos de gobierno local (que trata en el apartado “Precedencia”), así como regional y central (que trata en el apartado “Competencia”); y cómo dispone la gestión de los recursos económicos aportados por los miembros y por las Sociedades Auxiliares de la Obra. Si el contraste de los ocho primeros artículos con lo que se afirma a ese respecto en Reglamento resulta desconcertante, aquí el doble lenguaje de Escrivá raya ya en lo escandaloso.

Y es que, al acabar de comparar el contenido de Reglamento con el de Régimen y Orden, se saca la impresión de que Escrivá constituyó en los Estatutos de 1941 dos entidades completamente diferentes: El Opus Dei, una organización cuando menos contradictoria y cuando más engañosa y rayana en lo fraudulento, y una cáscara fantasmal, aprobada como Pía Unión al único efecto de servirle de tapadera.

En todo caso, la minuciosidad con que se detallan las competencias de gobierno y la dependencia total respecto de la cabeza de la Obra, muestran el empeño de Escrivá por asegurarse el control total de su organización. ¡Qué interés por las cuestiones de control! Si Escrivá hubiera puesto en los aspectos espirituales la milésima parte de su interés por los temas de estrategia y formales, su Obra podría haber sido una institución donde se hubiera vivido algo de la caridad cristiana y donde sus miembros hubieran adquirido alguna vida espiritual.

PRECEDENCIA La escasa expansión de la Obra en 1941 (apenas llegaban a la cincuentena, según El itinerario jurídico…: cfr. p. 93) conllevaba una gran inmediatez del fundador respecto de lo que sucedía en los distintos núcleos de expansión, ocasionando que no existiera propiamente un órgano de gobierno local. Bastaba con determinar quién debía hacer cabeza en cada caso (a quien se denominaba Director) y quién había de ser quien lo sustituyera en su ausencia, y con quien consultara para los asuntos más notables (el llamado Dignior). Por eso, las cuestiones relativas al régimen local las engloba en un apartado que denomina “Precedencia”, dejando para el apartado llamado “Competencia” las relativas al régimen territorial y central, que sí estaban concebidos como órganos de gobierno.
Art. 9.

1. Si no hay nombramiento expreso a favor de otro socio, el electo más antiguo en su clase o, en su defecto, y por este orden, el numerario, o el supernumerario que haya hecho su consagración perpetua a la Obra, o el que la haya hecho tan sólo temporal, siempre con mayor antigüedad en su clase, tiene precedencia en todas las actividades sobre los demás.

Una vez más, recurre a la noción de consagración, propia de los religiosos, y habla de consagrarse a la Obra, y no a Dios.
2. Es llamado Dignior y considerado como tal, después del Director del Centro. Según se ha señalado ya al comentar los artículos correspondientes de Reglamento y Régimen, esta organización del régimen local en que aún no existe la figura del Consejo Local, y que tanto se asemeja al modo de funcionar de las comunidades religiosas, demuestra la falsedad de la datación de la Instrucción para los Directores cinco años antes, como ha denunciado Gervasio, puesto que en ella se habla ya de los Consejos Locales.
3. Tiene el régimen cuando falta el Director; y en este caso, automáticamente, pasa a ser Dignior el socio al que, según la enumeración del 1. de este art. le corresponda. ¿No dice el Prelado actual, en el n. 15 de su Carta pastoral del 2 de octubre de 2011, que los Directores locales nunca han ejercido potestad de régimen? ¡Qué manera de negar la evidencia!
4. La misión del Dignior, si hay Director en el Centro, es exclusivamente consultiva. Este sistema otorgaba al Director local un poder notable, con el riesgo de ese autoritarismo al que Escrivá parece referirse cuando decía que “al director propietario lo maté yo por la espalda”; un peligro que decidió conjurar creando la figura del Consejo Local, donde cada uno vigila y limita el poder de los demás.
COMPETENCIA

Art. 10.

Todos los socios tienen libertad de acudir por escrito al Padre, sin que nadie pueda impedir este derecho.

Observando el uso que se ha hecho en la Obra de Escrivá de esta posibilidad de que los miembros puedan dirigirse directamente al Padre -a quien por su distancia se suele tener idealizado-, se advierte la trampa saducea que supone presentar como un derecho lo que viene siendo el modo más eficaz de conocer el fondo más íntimo de los miembros de la Obra, y sus discrepancias con sus directores inmediatos, no dándose cuenta de que los directores no son más que ejecutores de lo que manda la Cabeza, y pudiendo pensar que ésta no es responsable de los asuntos que el interesado pueda reprobar. De este modo las cartas al Padre (que son leídas por el Director Espiritual y el Vocal correspondiente de las Delegaciones y/o Comisiones), y las conversaciones con sus Delegados se convierten en un boomerang que acaba dañando al bienintencionado miembro que las origina.
Art. 11.

Asunto que son de competencia del Consejero, de acuerdo con el Defensor, oída la Comisión, en su Territorio respectivo:

Desde la erección de la Obra en Prelatura personal, al Consejero o Consiliario se le llama Vicario Regional.
1/ Admitir como supernumerarios a los socios inscritos que lo soliciten, y facultarles para que hagan su consagración, previo minucioso examen de cada uno por el Defensor.

2/ Archivar y procurar el cumplimiento de los testamentos que, teniendo en cuenta las disposiciones legales del país respectivo, otorgan los socios, al realizar su primera consagración a la Obra.

Lo de hacer testamento supone una equiparación a los religiosos.

Además, se ve que la voracidad económica de Escrivá le llevó a exigir en este Reglamento que otorgaran testamento en la mera incorporación temporal. Eso sí, él nunca lo haría, muriendo abintestato y pasando sus bienes a su hermano Santiago, a quien la Obra hubo de pagar una considerable suma de dinero para adquirir los derechos de autor de su hermano José María.

3/ Comunicar al Senado el nombre de los socios supernumerarios cuando éstos hacen su consagración al Opus Dei. Llama la atención la reiteración, en estos tres apartados del art. 11, de la expresión “consagración”, tan poco secular. ¿Qué idea de secularidad tenía Escrivá en estos 13 primeros años de su fundación?
4/ Conceder o denegar, a los supernumerarios que lo soliciten, la dispensa de la vida de familia. Por más que actualmente traten de disimular la exigencia de vida comunitaria, ya desde el primer momento estuvo en los esquemas mentales con los que Escrivá organizó la vida de su Obra.
5/ Aprobar los reglamentos internos de los Centros en que los socios tienen sus actividades de apostolado.

6/ Iniciar nuevas actuaciones apostólicas y crear o suprimir Centros, para el normal ejercicio de las mismas.

7/ Conferir comisiones de cierta importancia.

8/ Aplicar sanciones graves a socios de la demarcación y privar de su condición de socios del Opus Dei a los inscritos y supernumerarios que no deban continuar en la Obra. Leyendo esto, ya no cabe duda de que las vejaciones inflingidas por Escrivá y Portillo a Carmen Tapia en Roma, según ella narra en su testimonio Tras el umbral, no fueron para ellos excesos, sino la aplicación estricta de estas disposiciones fundacionales.
9/ Resolver asuntos relacionados con las autoridades eclesiásticas, académicas o civiles, que el Consejero, con el Defensor y la Comisión, consideren difíciles o delicados. Ya desde el principio Escrivá previó que los Consiliarios se encargaran de las relaciones con los obispos de su territorio. Y dispuso que los informes que éstos le enviaran sobre los obispos se codificaran conforme a las claves señaladas en el libro secreto que sólo está en las Comisiones, llamado Augustinus.
10/ Proponer al Padre la plantilla de colaboradores que sean necesarios para el buen régimen del Territorio. Y designar las personas que han de colaborar con la Comisión ocupando los puestos de la plantilla aprobada por el Padre.

11/ Dar permiso para la realización de hipotecas y enajenaciones por valor superior a mil pesetas e inferior a cien mil a los Directores de las Asociaciones auxiliares.

Esta norma muestra hasta qué punto estaba establecido que los Directores de la Obra controlaran los asuntos internos de las Asociaciones auxiliares (sociedades interpuestas para camuflar la intervención del Opus en asuntos políticos y económicos).

Se emplea el régimen de enajenación propio de los bienes eclesiásticos (licencia para enajenar por encima de determinadas cantidades); pero, al no ser bienes eclesiásticos, nada pinta ni siquiera la Santa Sede. Lo cual es una declaración de independencia patrimonial. La Obra da limosnas, pero no puede ser objeto de impuestos eclesiásticos (Y es probable que dé bastante más que los que están “obligados” a dar).

Art. 12.

1. Todos los asuntos que han de ser decididos por el Padre, ordinariamente, pasan al Senado, para su estudio.

2. La misión del Senado es exclusivamente consultiva, exceptuando lo que se ordena en los Arts. 19, 5 y 22, 2 y 3 del Régimen.

Esto quiere decir que quien manda es el Padre y que toda esa compleja estructura piramidal de poder, que podría dar la impresión de descentralización del poder en la Obra de Escrivá, o de gobierno central colegial, no es más que una red de información exhaustiva y una correa de transmisión y ejecución de las decisiones del Padre
Art. 13.

Misiones que competen exclusivamente al Padre, oído el Senado:

1/ Tomar acuerdos que impliquen mutación en el Reglamento y Ordo del Opus Dei. Pero ha de tener en cuenta que nunca se puede, por ningún motivo, modificar lo que el Fundador señala en el Régimen y Espíritu del Opus Dei.

El Fundador fue el primero en incumplir esa norma, cambiando constantemente el espíritu, la configuración jurídica y el régimen de su Obra, según los intereses estratégicos que tenía en cada momento.
2/ Resolver todas las dudas que pudieran presentarse en la aplicación del Reglamento, Régimen, Espíritu, etc. Para esto se servirá de las Glosas del Fundador, si las hay. Este punto es muy expresivo del modo de proceder que siempre siguió Escrivá: él ponía unas normas oficiales que habían de ser aprobadas por la Jerarquía. Pero se reservaba el derecho de interpretación, dando lugar a unos reglamentos oficiosos que podían no tener que ver con lo conocido por la Jerarquía de la Iglesia. Esas Glosas son los reglamentos secretos que ocultan a la Iglesia y a los propios miembros. Y por eso, cuando Opuslibros los ha publicado y la Santa Sede ha llamado la atención al Opus Dei, les ha faltado tiempo para intentar esconderlos. Pero, claro, con lo que no cuentan los directivos del Opus es que Internet es incontrolable y que ya hay varias Web que han reproducido la documentación que, con tanto rigor periodístico y tanto aprecio a los derechos fundamentales de las personas, ha reproducido la webmaster de Opuslibros.
3/ Nombrar el personal auxiliar del Senado y de las Vicesecretarías. Esto de personal auxiliar es lo que hoy se denominan oficiales de las Delegaciones, de las Comisiones Regionales y Asesorías Regionales, y del Consejo General y la Asesoría Central.
4/ Señalar las circunscripciones territoriales, y trasladar de Territorio a los socios que crea conveniente. La impresión que se extrae leyendo el Reglamento, que era lo que se facilitaba a los obispos y a las autoridades civiles, es que la Obra era una asociación muy light, en la que el compromiso de sus socios apenas afectaba a sus vidas. Por eso, resulta sorprendente leer aquí que el Padre podía decidir el traslado de país de los socios; así como leer en los art. 16, 1 y 18, 1 que todos los ingresos personales han de someterse a la institución.
5/ Elegir, entre los socios supernumerarios, los que puedan pasar a ser numerarios y, de entre éstos, los electos.

6/ Separar del Opus Dei o de sus cargos, a los socios numerarios o electos.

7/ Dispensar de las condiciones que se necesitan para ocupar cualquier cargo, o ser promovido a diferente clase. O sea, que el Padre puede pasarse por alto todas estas disposiciones y nombrar a quien desee. Mayor autoritarismo, imposible.
8/ Dar permiso para la verificación de hipotecas, enajenaciones, etc., que excedan de cien mil mesetas, en todas las actividades apostólicas de los socios. Hasta cien mil pesetas, los movimientos en las sociedades auxiliares los autorizaba el Consejero (actual Consiliario). A partir de ahí, el Padre. Y luego andaban diciendo que la Obra no tenía nada que ver con las actividades apostólicas organizadas de sus miembros.
9/ Dar permiso a los socios numerarios si sus circunstancias personales lo aconsejan, para que no vivan en familia. Esta dispensa refleja que lo normal para Escrivá era que los numerarios y supernumerarios (hoy llamados inscritos y los numerarios) hicieran vida comunitaria. De secularidad en su carisma, nada.
10/ Dar permiso especial para que los socios del Opus Dei por excepción puedan dedicarse a la enseñanza privada, que es siempre, sólo y exclusivamente, medio, nunca fin. Asombroso: hasta tal punto se trataba de copar puestos públicos, que hacía falta un permiso para ejercer la docencia en un centro no estatal. Y no se inmutará cuando, obligado por Pablo VI a abandonar la intervención organizada en política, convierten los colegios en el objetivo prioritario de la institución. ¿Qué carisma tuvo este señor?
Art. 14.

Cuando sean discordantes los pareceres del Director de un Centro y del Dignior elevarán una consulta, firmada por ambos, a la Comisión correspondiente. Y si en este organismo sucediese un caso análogo, promoverán una nueva consulta al Senado.

ADMINISTRACIÓN

Art. 16.

1. La parte económica de todas las actividades personales y colectivas de los socios supernumerarios y numerarios está centralizada por el Administrador General, que elige el Padre, oído el Senado; entre los socios electos.

¿Pero no decía en el art. 10, 2 y 3 de la I Parte que la Obra apenas tendría ingresos y no retendría capital alguno?
2. El Administrador General asesora, en cuestiones económicas al Padre y al Senado, e inspecciona, encauza y dirige la contabilidad general y las actividades económicas de los socios.

3. Cesa cada siete años.

Se trata de un control total de los recursos económicos de los socios y de sus actividades económicas (entre ellas, las Asociaciones Auxiliares mencionadas en el art. 33 de Régimen), que nada tiene que ver con lo que se lee en el art. 10 del Reglamento:

1. El Opus Dei cuenta como ingresos económicos con las limosnas de sus socios.

2. Las cuotas serán siempre de poca consideración, porque los gastos que se ocasionen con la labor puramente espiritual han de ser siempre muy reducidos.

3. No retendrá la Junta capital alguno.

4. Si, atendidos los gastos, se cerrase el año económico son superávit, entregará esa cantidad como limosna al Ordinario de la diócesis en que la Obra tenga su domicilio

5. El Opus Dei no puede recibir legados de ningún género, ni admitir fundaciones piadosas con ningún pretexto, ni poseer bienes inmuebles.

¿Porqué esta doblez? Porque el núcleo de toda la estrategia económica de Escrivá sobre su Obra consiste en ocultarse y desaparecer, o mejor ocultar y hacer desaparecer lo que entregan los socios en un limbo indeterminado al que asigna el nombre de Asesoría Técnica General. Escrivá se ufanaba en público de la picardía con la que había conseguido defender los bienes económicos de su Obra, de asaltos similares a la desamortización de Mendizábal, o a los expolios con ocasión de la supresión de los Jesuitas o de órdenes y congregaciones en Francia y otros países. Daba a entender que los bienes de la Obra están siempre puestos a nombre de ciudadanos o personas jurídicas regidas por las leyes civiles del país, de modo que no pueda afectarles una legislación dirigida a acabar con la Iglesia católica o sus instituciones. Pero su pillería, aquí y en otros muchos lugares, le fue enredando en una maraña de medias mentiras y medias verdades que acabaron siendo completas mentiras, y que al final han salido a la luz después de 70 años, gracias a Dios.

Art. 17.

1. El Administrador General preside la Asesoría Técnica General, integrada por los socios numerarios que, a propuesta suya, designe el Padre, oído el Senado.

2. Sus miembros cesan cada cinco años.

Esta Asesoría era es el organismo central de dirección y control de las Asociaciones Auxiliares, esto es, de las labores que son pero no son de la Obra (véase Régimen, art. 33, 2).

Este proyecto de 1941 dio lugar 29 años después a ese conjunto de Sociedades Auxiliares que Alberto Moncada describe con sabroso detalle en el capítulo 2 de su libro Historia oral del Opus Dei, y que Jesús Ynfante detalla en su libro La prodigiosa aventura del Opus Dei. Génesis y desarrollo de la Santa Mafia. Ed. Ruedo Ibérico, París 1970, pp. I-LXXII. Este apéndice de 72 páginas contiene una información muy valiosa, que no pudo ser objeto de una investigación personal, ya que eso le habría llevado toda una vida. Y es que, según Carandell, esos datos proceden del fichero que Ynfante sustrajo a José Vidal Beneyto, quien fue secretario personal de Escrivá en los años 40 (cfr. Luis Carandell, Vida y milagros de monseñor Escrivá de Balaguer, fundador del Opus Dei. Ed. Laia, Barcelona 1975, pp. 32-33).

Art. 18.

1. Los socios supernumerarios y numerarios entregan a la Asesoría Técnica General, en libre disposición, las rentas de su capital y los ingresos de todas sus actividades personales.

General: Puede extrañar que se establezca que los socios deban entregar sus gananciales a la Asesoría Técnica General en lugar de la Territorial, que es la que en la práctica recibe de modo inmediato el dinero de los socios. Pero no parece que se trate de un error sino de que, o bien, a Escrivá se le ha escapado que, en realidad, los socios dan el dinero al Opus Dei, es decir, a la casa central, o sea, al Padre, y no a los gobiernos territoriales; y que los gobiernos territoriales asumen ese dinero en régimen de depositarios, o de sucursales recaudatorias; o bien, la intención de este artículo era dejar bien claro a los Consejeros que los socios entregan sus ganancias al Padre en libre disposición. Y así, la intromisión del Senado y el Padre en las enajenaciones de bienes de las Asociaciones Auxiliares territoriales parece estar en la misma línea de hacer que los Consejeros pongan siempre el interés del Padre por delante del interés de la Obra en cada territorio.

Libre disposición: Cuando se dice "en libre disposición," hay que entender libre disposición por parte de la Asesoría Técnica General, de las cantidades entregadas por los socios. Pues, jurídicamente, “entregar en libre disposición” significa que la entrega o donación no es modal; es decir, no permite indicar el destino de lo entregado, ya que el donatario tiene libre disposición de los bienes entregados, pudiendo hacer con ellos lo que quiera. Es como otorgar un cheque en blanco.

2. Si alguno de los socios del Opus Dei saliese de la Obra, no tiene derecho a reclamar ninguno de sus ingresos o rentas entregados durante su permanencia en la Obra. Así lo han vivido siempre, en una permanente falta de caridad y, en muchos casos, de justicia. ¡Cuántas personas que entregaron no sólo sus ingresos sino también un piso heredado, hoy se encuentran con más de sesenta años sin pensión y viviendo de alquiler, en la indigencia más clamorosa! ¡Y que esto haya sido denunciado a la Sede Apostólica y no los hayan obligado a reparar! Son cosas que no se entienden y que llevan a preocuparse por la salvación eterna de los Directores de la Obra de Escrivá y de los responsables de estos temas en la Curia vaticana.
Art. 19.

1. En cada Territorio hay un Administrador, con una Asesoría Técnica.

Esta Asesoría Técnica territorial era el organismo correspondiente de la Asesoría Técnica General para cada país. Hoy sigue existiendo con otros nombres.
2. El Administrador Territorial, que ha de ser numerario, dirige la contabilidad de los socios del Territorio y asesora al Consejero. Escrivá siempre dispuso que el encargado de los asuntos económicos fuera un miembro de máxima confianza.
3. Es nombrado por el Padre, oído el Senado.

4. Cesa cada siete años.

5. El Missus tiene, en la Asesoría Técnica de su Territorio, análogas atribuciones a las señaladas para las Comisiones Territoriales en el Art. 27, 3 de Régimen.

Estas atribuciones –tomar parte, después del Administrador territorial, en la Asesoría Técnica Territorial- muestran la total dependencia de este organismo respecto de los Directores de la Obra.
Art. 20.

1. Los Asesores Territoriales son nombrados por el Consejero de acuerdo con el Defensor, oída la Comisión, entre los socios numerarios del Territorio.

2. Cesan cada cinco años.

Art. 21.

Todos los Centros constituidos por los socios del Opus Dei han de remitir mensualmente, por duplicado, cuentas y balances de todas sus actividades económicas al Administrador Territorial. El Administrador las revisará diligentemente y las aprobará, si procede. Uno de los duplicados se archiva en la Asesoría Técnica y el otro, con el visto bueno del Administrador, se enviará a la Asesoría Técnica General.

Es llamativo que la administración económica de los Centros haya de ser supervisada por el Administrador territorial y por el Administrador general.
Art. 22.

La comisión Territorial eleva cada tres meses al Senado un informe global de la situación económica de las actividades de los socios del Territorio, en el trimestre anterior.

El marcaje en materia económica es casi tan implacable como el control de las conciencias de los miembros
IV. COSTUMBRES Lo más destacable, a mi entender, en este apartado es la profusión de prácticas y devociones, que Escrivá mantendría con el correr del tiempo con muy pocas adiciones, y que son capaces de distraer espiritualmente al más pintado, sofocando cualquier interés que pudiera tener por una auténtica espiritualidad, en una maraña de prácticas devocionales que le dificultarán ocuparse de lo esencial de la vida cristiana: la caridad, esto es, la comunión con Dios y con los hombres.

Junto a ello, nos encontramos con una llamativa ausencia de orientaciones espirituales que faciliten la labor del Espíritu en el camino de identificación con Cristo en la caridad y el espíritu contemplativo. Y es que, como en todas las religiosidades humanas, en la propuesta de Escrivá se priman el voluntarismo y las prácticas religiosas, por encima de abrirse al don de la gracia de Dios y secundar sus indicaciones.

1. Cuando vivan en familia tres o más socios han de poner, en lugar digno y oportuno, una Cruz de Palo, pintada de negro, sin Crucifijo. Procúrese conseguir de los Rvmos. Ordinarios respectivos, la concesión de indulgencias por cada vez que se bese esta Cruz y se recite una jaculatoria. Por más que Escrivá trate de disimular esta realidad de la vida comunitaria de los socios supernumerarios y numerarios (que hoy se llaman numerarios e inscritos), llamándola vida en familia, no conseguirá ocultar que este tipo de convivencia no se asemeja a la vida de las familias normales, donde la gente puede comunicarse con espontaneidad con quienes conviven, sino a la de los conventos y monasterios.
2. En las fiestas de la Invención y de la Exaltación de la Santa Cruz, desde las vísperas, se adornará con guirnaldas de flores la Cruz de Palo.

3. Por la noche, después de rezar el Rosario y antes del examen, se hace el "comentario" del Evangelio.

Este tipo de acumulaciones de prácticas religiosas, y a una hora en que cualquier buen trabajador suele estar agotado, pone en evidencia la concepción religiosa voluntarista de Escrivá: avanzar cristianamente es, para él, la acumulación –hasta el hartazgo– de prácticas humanas y no la apertura a los dones de Dios.
4. Tendrán los socios en lugar visible y decoroso de su habitación una imagen de Nuestra Señora, a quien saludarán, aunque sólo sea con una mirada, al entrar y salir del cuarto.

5. Terminan todos los actos comunes con la siguiente invocación a la Sma. Virgen:

SANCTA MARIA SPES NOSTRA, SEDES SAPIENTIAE, ORA PRO NOBIS.

y las Socias:

SANCTA MARIA SPES NOSTRA, ANCILLA DOMINI, ORA PRO NOBIS.

6. Romería de Mayo:

Como manifestación de amor a la Señora, celebran anualmente la romería de Mayo a alguna ermita o santuario de la Sma. Virgen.

7. En los Centros en que desarrollan los nuestros su labor de apostolado, todos los sábados se hará una colecta que se destinará a comprar flores para adornar la imagen de la Virgen los días en que se celebre alguna fiesta de la Señora. En aquellos momentos, Escrivá está pensando en el apostolado con universitarios o labor de san Rafael.
8. Llevan impuesto todos los socios el Santo Escapulario del Carmen.

9. Todos los días, antes de acostarse, rezan las tres avemarías de la Pureza, de rodillas y con los brazos en cruz, siempre que sea posible.

Sería deseable saber por qué escribe con mayúscula esta virtud, y en cambio la pobreza aparezca siempre con minúsculas (véanse los nn. 23 y 25).
10. Oratio-saxum: diariamente rezan el "acordaos", encomendando a la Stma. Virgen al miembro de la Obra que esté en aquel momento más necesitado.

Si, llegada la noche, al hacer el examen, vieran que se les olvidó recitar la oración-saxum, no deben rezarla por aquel día.

Curiosa disposición: pues, ¿por qué omitir una oración tan breve por el más necesitado, por el hecho de que sea de noche? Parece como si le importara más que el socio negligente recibiera esta especie de autocorrectivo por su omisión, que ayudar al que lo esté pasando mal. Pues no deja de resultar chocante que en el art. 19, al tratar de la oración diaria por el Padre, siga el criterio contrario: cuando se trata de él, sí que hay que rezar; cuando se trata de los socios más necesitados, se puede esperar al día siguiente. Parece el mismo fariseísmo que criticaba Jesucristo, por anteponer sus normas humanas a la caridad.
11. El día de la fiesta de nuestro Padre y Señor San José, los socios numerarios y supernumerarios renovarán su consagración a la 0bra. Una vez más se emplea la terminología propia de la vida consagrada, y se habla de consagrarse a la Obra y no a Dios.
12. Todas las llaves de los Sagrarios de la Obra llevarán, pendiente de una cadena, una medalla de San José.

13. Al salir o entrar en cualquiera de los Centros en que los socios tienen sus actividades de apostolado, se dirá una jaculatoria vocal o mentalmente al Ángel Custodio de aquella casa.

14. Antes de emprender una labor relacionada con alguno de los apostolados de la Obra, se invocará a los respectivos Santos Patronos.

15. Además de las fiestas del Señor, de Santa María y de San José, se celebrarán con particular devoción, las de los Arcángeles y Apóstoles y Evangelistas: el 2 de Octubre - festividad de los santos Ángeles Custodios- y el día 14 de Febrero, que son para el Opus Dei días de Acción de Gracias. Lo de celebrar con particular devoción ha quedado reducido a algo bastante poco devocional: a un gran banquete y a una película. Para compensarlo un poco, se suele tener la bendición con el Santísimo.
16. Todos los martes, luego de invocar cada uno de los socios a su Santo Ángel custodio, con el ruego de que lo acompañe en su oración, besará el rosario, en prueba de Amor a la Señora y para significar que es la oración el arma más eficaz. Y seguidamente recitará el salmo n° 2, en latín.

Por la tarde empleará ese texto para la meditación.

Esta costumbre parece guardar relación con su peculiar concepción de “reino de los cielos”, como algo político y temporal, en la que su Obra, como los antiguos Templarios, vendría a ser una mezcla de estilo militar al servicio de la religión.

Estas disposiciones tan complejas hacen que al final no queda apenas espacio para ponerse a la escucha de Dios. Todo está tan programado que no hay apenas margen a la contemplación ni a la iniciativa personal: si en la oración de la mañana te machacan con el libro de Meditaciones, y por la tarde tienes que meditar el Salmo II los martes, el Adoro te devote los jueves, el símbolo Quicumque los terceros domingos de mes, y los editoriales de Crónica que te han prescrito en la última Confidencia, al final han conseguido controlarte la mente, teniéndote completamente ocupado en lo que ellos quieren e impidiéndote pensar en otras cosas.

17. En las distintas actividades apostólicas de los socios, ordinariamente en la administración o secretaría, se coloca un cuadro de San Nicolás de Bari con la siguiente inscripción:

SANCTE NICOLAE, CURAM DOMUS AGE.

Que traducido significa: San Nicolás, ocúpate de los asuntos de la casa.
18. Además de las oraciones por el Romano Pontífice y por el Rvmo. Ordinario del lugar, que se recitan en las preces de la Obra, todos los socios diariamente encomiendan al Señor la persona e intenciones del Santo Padre y del Rvmo. Prelado Diocesano.

19. Todos los días ofrecen oración y mortificación especial por el Padre. Si en el examen de la noche encuentran que no lo han hecho así, rezarán una breve oración vocal por su persona e intenciones, antes de dormir.

Como se ha dicho al comentar el art. 10, el contraste es llamativo: si es el Padre, sí se reza. Si se trata del socio necesitado, no.
20. A diario, antes de acostarse, rezará el Padre el salmo Miserere, en postración. Si no puede rezarlo, ordenará que lo haga en su lugar uno de los socios.

21. Para sobrenaturalizar su vida con la continua presencia de Dios, los socios usan entre sí como saludo y despedida la palabra PAX, que se contesta IN AETERNUM.

Esta costumbre fomernta el espíritu de cuerpo. Se trata de un saludo muy usual en algunos monasterios: como tantas otras costumbres que Escrivá incorporaría a la vida de los Centros de su Obra: la lectura durante la comida en los días de retiro, la distribución de encargos, el uso de capas –como las vestes académicas– para los actos en la capilla, el agua bendita por las noches, etc.

Por otra parte, llama la atención el concepto tan voluntarista y semipelagiano que Escrivá demuestra tener de la vida cristiana cuando afirma que se sobrenaturaliza la convivencia por emplear este saludo. ¡Como si el carácter sobrenatural de nuestra existencia y nuestras acciones se obtuviera a golpe de jaculatorias, como quien echa una moneda en la máquina para que salga el refresco deseado, en vez de provenir de la interiorización de los dones divinos!

22. Tendrán agua bendita en su dormitorio con la que rociarán la cama, antes de acostarse, tomándola también para hacer la señal de la Cruz.

23. Como manifestación externa de su deseo de vivir la virtud de la pobreza, todos los años, el día en que la santa Iglesia celebra la fiesta de San Francisco de Asís, los socios numerarios y supernumerarios entregarán al Director o a la Directora del Centro todos los objetos que estén en su poder y no sean de uso exclusivamente personal. Esta costumbre se denomina "expolio".

Como ya se ha hecho notar, escribe en minúscula pobreza, a diferencia de la pureza, que escribe en mayúscula (véase el n. 9).

En realidad, no eran los socios quienes entregaban esos objetos, sino que el susodicho expolio consistía en que el director iba a la habitación del interesado y le iba reclamando los enseres que le pareciera conveniente. La falta de secularidad de esta costumbre era tan notable, que, con el tiempo, esa costumbre se reduciría a realizar una meditación sobre esta pobreza y a entregar al director aquello de lo que cada uno viera conveniente desprenderse.

24. No se permite a los nuestros hacerse regalos mutuamente, por insignificantes que sean. El Padre sí podía y puede hacerlos. Pero Escrivá no quería que hubiera en su Obra ningún particularismo entre los miembros. Cualquier manifestación de amistad, por mínima que parezca, había de evitarse radicalmente. Pues sólo así los miembros, al vivir aislados, se verán impelidos a satisfacer con sus Directores la necesidad de comunicación que tiene todo ser humano.
25. Con el fin de conseguir y conservar la virtud de la pobreza, mensualmente entregarán los socios numerarios y supernumerarios, al Director del Centro respectivo, la nota de gastos personales. También aquí escribe pobreza con minúscula.

¡Vaya control!, que contrasta con el aspecto de sociedad muy poco comprometedora que deliberadamente Escrivá quiso dibujar en Reglamento.

26. Es costumbre laudable conservar las cartas que se crucen entre sí los socios, por si fuera oportuno archivarlas. Con ese pretexto, se conseguía un control importante de los particularismos que puedan surgir entre los socios. Hoy, con los mail y sms todo se hace mucho más incontrolable.
27. Su parentesco espiritual, que une a los socios de la Obra, no tiene manifestaciones exteriores en la vida social. Otra expresión de su preocupación por que no se trasluzca al exterior de la Obra la vinculación real que existe entre los miembros. El secretismo siempre fue una constante en la praxis del fundador (véase el reciente artículo de Doserra, Mentiras de Mons. Escrivá. 1. Sobre el secreto).

Esto tiene sus excepciones, como sucede cuando se encuentran los numerarios y las numerarias en la vida social, pues no se dan un par de besos como a las restantes personas del otro sexo, sino la mano.

En la Universidad, por ejemplo, es curiosa la “amistad” entre numerario y numeraria: se apoyan académicamente —en oposiciones, también—, pero apenas se tratan.

28. Procuren los socios tener mensualmente una conversación confidencial, llena de sencillez, con el Director o la Directora local, para identificar su conducta con el espíritu de la Obra y mejorar sus actuaciones apostólicas. ¡Vaya manera de disimular lo que siempre ha sido una imposición (no una recomendación, según da a entender el “procuren”), y con una frecuencia semanal! En este artículo está ya la síntesis de lo que siempre se ha hecho en el Opus Dei, aunque ahora el Prelado trate de negarlo en su Carta pastoral del 2 de octubre de 2011.
V. E S P Í R I T U

(1ª Parte: art. 1-26)

Junto con Régimen y Orden, Espíritu es uno de los anexos más expresivos de la mente de Escrivá.

Al igual que Régimen, muchas de sus afirmaciones resultan tan sorprendentes, que El itinerario jurídico… dedica bastantes páginas para reinterpretar sus párrafos (cfr. pp. 90-103), dándoles un sentido de espiritualidad y secularidad que no tienen, en un alarde de falta de rigor científico, puesto que sus citas de los art. 1, 2, 3, 4, 7, 10, 14, 23, 24, 26, 39, 40 y 50 no respetan la textualidad de su contenido.

Una persona que haya pasado muchos años en la Obra oyendo el discurso oficial, puede quedarse bloqueada cuando encuentra afirmaciones como: “Los socios del Opus Dei no son religiosos, pero tienen un modo de vivir -entregados a Jesús Cristo- que, en lo esencial, no es distinto de la vida religiosa” (art. 1,1); “El espíritu de la Obra es que sus socios varones ocupen cargos oficiales y, en general, puestos de dirección” (art. 28); “Las asociaciones auxiliares de que se habla en Régimen (Art.33) han de ser, por regla general, culturales y, mejor, sociedades de carácter económico y comercial” (art. 31); “No podemos perder el tiempo levantando casas: las tomamos” (art. 57); “No hablemos de nuestra vocación, bajo ningún pretexto” (art. 61).

No obstante, he de decir que lo que más me ha llamado la atención es que en este anexo —Espíritu—, donde cabría esperar que el fundador entrara en la descripción de la espiritualidad de su Obra, lo que uno se encuentre sea, sobre todo, con una estrategia ocultista para obtener cotas de poder, y que, sólo al final del documento, aparezcan unas pocas y superficiales referencias a aspectos ascéticos y de prácticas religiosas.

Lo que, en realidad, Escrivá considera espíritu de la Obra no es más que un estilo en la apariencia y una praxis de funcionamiento, que se ordenaban a facilitar, con el secreto, la consecución de ámbitos de poder mundano, con el supuesto objetivo de influir cristianamente en la sociedad. Y todo ello muestra que Escrivá no tuvo espíritu fundacional, sino unas preferencias en el aspecto o apariencia de su modo de funcionar.

Nuestro comentario a este apartado se dividirá en dos partes. En esta primera, nos ocuparemos de los art. 1-26, donde lo que más llama la atención es que la exigencia de los socios de la Obra se ha de asimilar a la de los religiosos con tanta intensidad como han de procurar disimularlo en la apariencia exterior de los miembros y de los Centros de la Obra.

En la segunda parte (art. 27-62), nos encontraremos con diversos aspectos apostólicos, ascéticos y religiosos, con los que Escrivá va intentando delinear las peculiaridades de la institución que trata de definir.

1.Los socios del Opus Dei no son religiosos, pero tienen un modo de vivir -entregados a Jesús Cristo- que, en lo esencial, no es distinto de la vida religiosa.

Llama poderosísimamente la atención que la característica primera –punto nº 1- del espíritu de esta institución sea la separación verdad-vida: “no somos religiosos pero vivimos en lo esencial como religiosos”. Esto es demostrativo de lo que Escrivá tenía en su cabeza, de sus esquemas de funcionamiento, algo totalmente ajeno a una inspiración divina. El fundador no parece un hombre de Dios, ni tampoco una persona razonable.

Es muy importante que el fundador reconozca esto en los comienzos de la fundación. Pues, como la praxis fundamental de la Obra no cambiaría con los vaivenes jurídicos, esto quiere decir que la preconizada espiritualidad secular no es más que una aseveración propagandística que obedeció a su estrategia de emplear un estilo que permitiera a los socios alcanzar cargos públicos, pero no a la realidad del modo de vida propio de la Obra de Escrivá. Los miembros de su Obra habían de ser religiosos, con un comportamiento en todo igual al de los religiosos e incluso más exigente, pero sin aspecto de religiosos.

De esta forma, resulta clara la doblez de Escrivá engañando a la gente y faltando a la rectitud. Esto no es compatible con una inspiración sobrenatural, pues las cosas de Dios no son retorcidas. Este planteamiento del fundador suena a estrategia, más que a carisma sobrenatural, y supone un fraude para los miembros, que nunca han conocido estos reglamentos, ni se les ha informado de esta doble vida. Un fraude de efectos perniciosos, pues este imitar a los religiosos, pero sin parecerlo, es una tortura para los numerarios y gregados que no son sacerdotes; es una esquizofrenia estructural que ha dañado psíquicamente a muchas personas.

2. Los edificios, muebles y ambiente de los centros donde los socios desarrollan su labor de apostolado nunca tendrán aspecto conventual; y se evitará, en todo, hasta el menor detalle que pueda dar a la Obra apariencia de instituto religioso. Ésta es su preocupación: no parecer lo que son. Ya se ve que la novedad de la propuesta de Escrivá –lo que podríamos llamar su carisma, pero que no es un carisma divino, sino una estrategia humana muy poco eclesial– está en el aspecto estético, no en el espiritual. Lo original de Escrivá era crear una institución de personas totalmente sometidas a su autoridad, que se organizaran y se apoyaran secretamente para escalar puestos de influencia social.
3. El entregamiento a Jesucristo, que viven los socios, no es pasajero y común, sino definitivo y de perfección. Al igual que en otros apartados habla de consagración, ahora se expresa en términos propios del estado de perfección característico de los institutos religiosos. Y de hecho, no tendría ningún inconveniente en participar, bastantes años después, junto con destacados miembros del Consejo General y de la Asesoría Central de su Obra, en el Congreso Nacional de Perfección y Apostolado que se celebró en Madrid, en septiembre de 1956. Que luego cambiara de discurso y en los años sesenta se apuntara a la teología del laicado, no fue, por tanto, una cuestión de espíritu, sino de estrategia.
4. Los socios de la Obra cumplen todos sus deberes de ciudadanos y, a la vez, ejercitan todos los derechos. Si no dieran la impresión de que lo hacen, podrían perjudicar a su estrategia, y ser tildados de religiosos e impedírseles ocupar cargos públicos vedados en la Iglesia a las personas consagradas.
5. Los nuestros, por su espíritu católico, ven con alegría todas las manifestaciones de celo que desarrollen los demás. Esta afirmación, fuera de sonar a autoalabanza, no ha tenido repercusiones prácticas, puesto que la Obra siempre se ha mantenido al margen de toda colaboración con las restantes organizaciones eclesiales. Y es que parece que, en realidad, lo que Escrivá busca es que los demás respeten a su Obra.
6. No se celebrarán nunca reuniones generales con los colaboradores del Opus Dei. El trabajo de apostolado se realiza siempre en pequeños grupos. ¿Y la asamblea de amigos de la Universidad de Navarra de 1968; y las Jornadas de la Familia en Torreciudad; y los Congresos de UNIV; y las tertulias con el Padre? Esto me recuerda cuando en la homilía del campus de la Universidad de Navarra aseguró que su Obra nunca se haría cargo de seminarios, y desde entonces no ha parado de hacerlo. Como dice Markus Tank, era maestro en contradecirse.
7. Los socios de la Obra son selección de su clase social, y procuran ejercitar el apostolado de amistad y de confidencia entre los mejores de su ambiente. ¿No decía que de cien almas le interesaban las cien? Una vez más, el eslogan propagandístico no era más que una tapadera de su verdadero objetivo: alcanzar puestos altos en la sociedad.

Resulta raro hablar de "apostolado de amistad y de confidencia" como si fuera algo perfectamente normal en la Iglesia, cuando realmente es una expresión propia del fundador. Lo normal, cuando se trata de apostolado, era y es pensar que "fray Ejemplo es el mejor predicador", y también lo es la libertad de espíritu para hablar con sencillez y autenticidad de la vida cristiana que uno vive y de las verdades que uno cree. Y precisamente eso es lo que el secretismo y la doblez de la vida en la Obra de Escrivá impide realizar, puesto que uno no puede hablar con sencillez ni del modo propio de vida ni del modo de aplicar la doctrina.

8. Es característica especialísima de los socios numerarios "vivir la Catolicidad". Es decir, evitar que la Obra pueda servir intereses incompatibles con ese espíritu de la Santa Iglesia Romana. Es curioso que sólo tengan que preocuparse especialmente de vivir la catolicidad los socios numerarios, o sea los numerarios inscritos (sólo varones, cfr. Régimen, 2). ¿No será esta catolicidad una coartada para olvidarse de los intereses diocesanos?
9. La Obra pasa oculta. Por eso no puede asistir a ningún acto de la vida social, ni ser representada; y del nombre de la Obra, desconocido para los extraños, jamás debe derivarse un apelativo común para los socios. Procúrese evitar esos apelativos aún en las actividades de apostolado. Una vez más, la obsesión por el secreto, por no dar la cara, porque ni siquiera el nombre de la Obra aparezca ni en relación a sus miembros ni a sus apostolados.
10. Por esta humilad colectiva de los socios, que hace que la Obra pase oculta, nunca se podrá atribuir a la Obra la fama o mérito de las actividades de sus miembros. Toda la gloria es para Dios y, en lo humano, para otras asociaciones.

De aquí que tampoco se comunique a nadie la consagración que a la Obra hacen algunos de sus socios.

Camufla el secreto como humildad colectiva. Camufla el no querer asumir la responsabilidad de las actividades que los Directores realizan a través de los miembros, como renuncia a la fama de éstos. Y camufla como huida de la vanagloria la prohibición de que se comunique la pertenencia a la Obra.

Algunos: Este “algunos” da a entender que Escrivá está pensando que sólo la pertenencia de los numerarios y supernumerarios (hoy inscritos y numerarios) había de conllevar una consagración, y que la de los inscritos (hoy supernumerarios) no suponía consagración alguna. ¿Dónde queda, por tanto, lo que luego siempre diría de que la vocación a la Obra es única y que lo único que varía son las circunstancias en que cada uno vive?

11. Este mismo espíritu de humildad colectiva impone la norma de no decir el número de socios que forman parte de la Obra. Otro subterfugio para no ser transparentes a la hora de informar sobre la institución.
12. Los nuestros nunca hablarán de la Obra a los extraños, ni manifestarán a nadie que pertenecen a ella. ¿Y esto no es una sociedad secreta, una masonería blanca? Pues, ¿hay alguna razón de espiritualidad para el secretismo?
13. Por la misma razón, la existencia de los centros en que los socios numerarios realizan su labor de apostolado -obra de San Miguel- no debe ser conocida más que por los que en ellos trabajan. Más secretismo, ahora no de personas, sino de los centros que no tienen labor externa. ¡Cuanta razón tienen los artículos de Doserra sobre las mentiras de Escrivá en relación al secretismo de su Obra!
14. Los socios de la Obra en nada exterior se diferenciarán de las demás personas de su profesión y clase social. Por eso nunca se permitirá, con ningún pretexto, ni uniforme, ni distintivo particular alguno. Es otro modo de asegurar que no se conozca su pertenencia a la Obra de Escrivá.
15. Los Reglamentos, Instrucciones, etc., están numerados; y hay prohibición absoluta de mostrarlos a los extraños y aún de verterlos al idioma vulgar, si están escritos en latín. Se numeran para controlarlos, no vaya a suceder que se filtren. Y se prohíbe mostrarlos a los de fuera e incluso –al prohibir su traducción- que los conozcan los de dentro. Ambas cosas constituyen una injusticia clamorosa, ocultando a la Santa Sede y a los miembros de la Obra lo que tienen derecho a saber.

En efecto, el asunto es grave, porque se trata de un atentado contra la transparencia, algo impropio de una institución pública y, además, de la Iglesia. ¿Qué se pretende ocultar? ¿Por qué este ocultismo en una supuesta obra de Dios? ¿Por qué nunca se han facilitado a los miembros los estatutos de la institución, cuando son la norma aprobada por la autoridad eclesial por la que se deben regir?

Esta actitud de siempre ha propiciado el abuso institucional de exigir a los miembros obligaciones no contenidas en la norma oficial, muchas de las cuales atentan contra derechos fundamentales de los fieles. Tal actitud de manipulación de los miembros y de engaño a la Iglesia no es compatible con la santidad de Escrivá.

16. El Reglamento de la Obra se sujetará a lo que disponga, en cada país, la legislación sobre asociaciones. Esto explica que redactara un documento que no especifica apenas nada, ocultando la verdadera naturaleza de la institución para evitar dificultades.
17. Régimen, Orden, Costumbres, Espíritu y Ceremonial, como son ordenaciones internas de apostolado, se someten solamente a la autoridad eclesiástica; pero a ésta incondicionalmente. Una vez más, Escrivá emplea doble lenguaje. Es cierto que esos cinco anexos no los entregaría a la autoridad civil, a la que sólo informaría de la primera parte, que tituló Reglamento. Pero es falso que los mostrara sin condiciones a la autoridad eclesiástica, puesto que sólo los entregó al obispo de Madrid, con la petición de que fueran custodiados en el Archivo secreto diocesano: una petición que, al ser atendida, haría que esos anexos quedaran ocultos a propios y extraños hasta que Opuslibros los ha publicado.
18. Es obligación de los nuestros cooperar, con todos los medios, al perfeccionamiento y desarrollo de las actividades apostólicas de los socios. De esta obligación nace el deber de poner en conocimiento de la autoridad de la Obra todo lo que, en la conducta de los socios, o en la marcha de sus actividades, pueda perjudicar la labor. Con todos los medios: Expresiones como éstas, que dan tanto miedo, muestran el maquiavelismo que siempre ha estado presente en la actuación de los que gobiernan en la Obra, y que es tan propio de las instituciones promovidas por líderes narcisistas, a quienes siempre le parece legítimo cualquier medio que contribuya a la satisfacción de sus cuasi-divinos deseos.

Poner en conocimiento de la autoridad de la Obra: Otro eufemismo para justificar la delación de unos socios a otros ante los Directores. Pues es bastante dudoso que de ese deber nazca la obligación de denunciar, que convierte a los colaboradores en policías. De cualquier modo, se entiende que Escrivá impone una fuerte solidaridad de unos y otros en las labores apostólicas; es decir, que buena parte de los objetivos apostólicos de su Obra se habrían de conseguir colectivamente, en equipo, en grupo o como se quiera decir, pese a sus constantes declaraciones en sentido contrario.

19. Los socios de la Obra constituyen una familia de vínculos sobrenaturales. Por eso, cuando tres o más socios viven juntos, se dice que viven en familia. Todo un eufemismo para disimular el estilo de vida en comunidad al que han de ajustarse los socios numerarios y supernumerarios (hoy, inscritos y numerarios).
20. La Obra es familia, y a la vez, milicia. Tiene todas las ventajas de la vida familiar, sin ninguno de los inconvenientes del afecto exclusivamente humano. Y toda la eficacia combativa de la más severa disciplina militar. Milicia: Esta expresión resume muy bien la concepción original que Escrivá tuvo de la institución que promovió. Como muestran estos Reglamentos, no es que concibiera un modo específico de acercarse a Jesucristo y vivir la vida cristiana. Escrivá pensó en una nueva milicia: con la misma religiosidad que los institutos religiosos, pero con un aspecto secular, sin hábitos que dificultaran conseguir cargos públicos y desde ahí extender el Reino de Dios en el mundo.

Sin ninguno de los inconvenientes: Ojalá fuera así. Pero la profusión de las enfermedades mentales entre los que padecen esta vida de familia, muestra la toxicidad de un ambiente en que, por estar prohibida la confianza y comunicación con los que viven bajo el mismo techo –bajo la acusación de amistad particular–, y donde no cabe espontaneidad alguna, es de los peores sitios para vivir y morir. En este sentido, estoy de acuerdo con Adrenalina en que mi comparación entre la vida en familia de los Centros de la Obra y la vida de las comunidades religiosas sólo ha de entenderse en el sentido en que ambas son convivencias regladas y alejadas de la vida común de las familias normales; pero que la vida en familia en la Obra tiene una toxicidad que no se da en los monasterios y conventos.

Afecto exclusivamente humano: Hablar de “afecto exclusivamente humano”, como un “inconveniente”, es decir, entendiéndolo como un afecto desordenado, supone una visión dualista del ser humano, contraria a una adecuada antropología sobrenatural, y denota a la vez no tener experiencia espiritual.

21. Los socios que no vivan en familia están adscritos a un centro de apostolado, del que dependen.

22. Como manifestaciones exteriores de afecto a la familia de sangre, los nuestros deben conservar siempre que sea posible el domicilio de su familia respectiva, para toda clase de documentos de identidad, aunque hayan adquirido otro cuasidomicilio.

Me parece el colmo del cinismo que, para disimular la pertenencia a la Obra y la existencia de casas destinadas a vivienda de l@s actuales numerari@s, justifique la ocultación del verdadero domicilio como expresión de amor a la propia familia. Pues lo que parece la verdadera razón de este modo de actuar es que en los organismos públicos no se pueda relacionar a los socios “secretos” de la Obra por causa del domicilio común. Es una consecuencia más de que Escrivá pretendía un poder secreto. Ahora bien, ¿acaso las cosas de Dios no son diáfanas?
23. Evítese que aparezcan con el mismo domicilio los socios que no pertenezcan a la misma familia de sangre. Puede parecer muy chocante y hasta obsesivo este empeño en ocultar la pertenencia a la Obra. Pero para Escrivá no lo era en absoluto, puesto que pertenecía a la esencia de la estrategia de ocultación, que era necesaria para alcanzar altos puestos en la sociedad y, en consecuencia, debía dejar muy perfilado el alcance de ese secreto.
24. La vida de familia de los socios del Opus Dei no es como la vida de una comunidad religiosa, sino que tiene el mismo tono y ambiente que el de un hogar de familia cristiana. ¿En qué quedamos? ¿No decía en el art. 1 de este apartado, que la vida de los socios de la Obra es como la de los religiosos? Además, ¿en qué familia está bajo llave la televisión o hay que consultar hasta lo más nimio? ¿Es que en la familia de Escrivá había misa diaria en su oratorio, con media hora de oración previa; o tenían que obedecer a un superior, o reuniones de familia para rezar, un tiempo de recreo después de comer y cenar, un tiempo de la noche o silencio mayor, medios de formación comunes, etc.? Esto no suele ser corriente en ninguna familia cristiana, salvo en las familias religiosas. Lo que sucede es que, en todo lo que se refería a la impresión que la Obra pudiera causar en la gente ajena, para Escrivá era fundamental dar la imagen de secularidad, aunque el modo de funcionar estuviera sometido a una regla, como los religiosos.
25. El tono humano del Opus Dei, su ambiente es la aristocracia de la inteligencia (en los varones) y una extremada delicadeza en el trato mutuo. Aristocracia: Esta preocupación por dar a su Obra un tono de nivel intelectual, al responder a una estrategia y no a un verdadero interés por la cultura, quedó enseguida en mera apariencia, puesto que ni Escrivá era una persona culta, ni facilitó nunca que sus hijos estudiaran en serio, distrayéndolos constantemente con un activismo apostólico dispersivo.

En los varones: Otro planteamiento machista, que no habría existido en alguien que hubiera recibido un verdadero carisma para la promoción de la mujer en la Iglesia y en la sociedad.

26. Es característica de la vida en familia la naturalidad. Está absolutamente excluido el empleo de tratamientos especiales, para los que ocupan cargos directivos dentro de la Obra. Así, con esta sencillez, el Presidente del Opus Dei no tiene más tratamiento que "Padre", y nuestros documentos oficiales se redactarán también en tono familiar. Esto no es nada más que una apariencia, porque, en la realidad, la Obra funciona como una secta gnóstica en que sólo la casta gobernante está al corriente del verdadero funcionamiento de la institución, y donde el culto al líder es casi idolátrico. Una manifestación de ello es que a los sacerdotes se les trata de don y también a los directores de Centros de Estudio: también de usted. En cambio, un joven trata de tú a un sacerdote, si es su hermano de verdad.
V. E S P Í R I T U

(2ª Parte: art. 27- 62)

En estos artículos Escrivá trata, primero (art. 27-32), de la orientación de los apostolados de su Obra. Llama la atención la ausencia de referencias sobrenaturales, quedando todo en cuestiones de estrategia y eficacia.

A continuación (art. 33-35), Escrivá menciona unas pocas prácticas religiosas, para pasar enseguida (en los art. 36-38) a las relaciones con las diócesis, especialmente en asuntos litúrgicos.

El resto (art. 39-62) es un caótico amasijo de indicaciones ascéticas (virtudes) y comunitarias (sobre el trato entre los socios y su sometimiento total –hasta de la intimidad- a los Directores), en las que se echa en falta no sólo una espiritualidad más sólida, sino hasta una adecuada antropología cristiana; y donde se intercalan diversas afirmaciones estratégicas sobre el secreto o sobre el modo de influir en la sociedad, tan sorprendentes como la siguiente: “No podemos perder el tiempo levantando casas: las tomamos” (art. 57).

27. Para extender la labor apostólica, es menester actuar desplegando en todas direcciones. Al abrirse en abanico, se evita la actuación de los socios formando grupos, y cada uno de los nuestros ejerce su influencia en una zona distinta. Parece bastante contradictoria esta afirmación con lo que se dice en el Art. 18.

Si se lee este artículo ignorando el contexto, podría pensarse en un apostolado de tipo espiritual. Pero basta seguir leyendo para darse cuenta de que Escrivá se está refiriendo a alcanzar puestos de influencia pública.

28. El espíritu de la Obra es que sus socios varones ocupen cargos oficiales y, en general, puestos de dirección. Oficiales: Es evidente la orientación de toda la estrategia de la Obra de Escrivá a alcanzar cotas de poder. Ahora bien, ¿cómo es posible que a esto lo llame espíritu? ¿Esta es la inspiración divina que recibió Escrivá? ¡Vaya espíritu el de esta institución! Este aspecto del espíritu del Opus Dei demuestra lo poco evangélico que era Escrivá, así como su Obra.

Varones: Otra de machismo.

29. Para llegar a ocupar puestos de dirección, necesitan los nuestros un prestigio científico sólido.

Por tanto, no pueden los socios descuidar su formación profesional.

Aquí queda muy claro que no se busca la formación profesional para dar gloria a Dios, sino como un medio de conquistar cargos públicos. Es un mero “anzuelo de pescador de hombres” (Camino, n. 372)
30. Las socias del Opus Dei deben de un modo especial ejercitar el apostolado de la amistad y la confidencia con las colaboradoras sin formar asociaciones. Otra muestra de su obsesión por no aparecer públicamente, pero que luego se contradeciría con la creación de cadenas de librerías, como TROA; de una revista de moda, como TELVA; de unas gestoras de distribución de alimentos para los Centros de la Obra (GESTORÍA), etc.
31. Conviene advertir que las asociaciones auxiliares de que se habla en Régimen (Art.33) han de ser, por regla general, culturales y, mejor, sociedades de carácter económico y comercial. ¿Cómo se compagina esto con el preconizado carácter sobrenatural de los apostolados de la Obra de Escrivá? Nuevamente, se le ve el plumero a este “santo” tan poco espiritual. Pues, si esto son el espíritu y los medios evangélicos, resulta contradictoria la pobreza de Jesucristo. Esta institución, que proclama como medios o fines montar sociedades económicas, no es cristiana.
32. Las socias ocuparán ordinariamente como empleadas (y este término ha de entenderse en sentido estrictamente comercial), ateniéndose al Art. l. 2, del Reglamento, los cargos administrativos de las sociedades o asociaciones auxiliares planteadas para facilitar la labor de apostolado que les es privativa. Bien entendido que no podrán llevar el régimen económico más que en los Centros locales. A las mujeres no les confía cargos directivos ni económicos, sino meramente administrativos.
33. En una empresa de apostolado, la eficacia del trabajo está en los medios sobrenaturales. Por eso, el espíritu de oración y de penitencia es la base de toda la actividad exterior de los socios de la Obra. Resulta muy chocante que entienda la oración y la mortificación como meros medios para que las iniciativas “apostólicas” (me parece significativo que las llame trabajos) de que habla en los art. inmediatamente anteriores, sean eficaces, y no como caminos para la identificación con Jesucristo. Y es que, en realidad, el medio “sobrenatural” que a Escrivá le interesaba era montar sociedades comerciales (cfr. art. 31).
34. La Obra no tiene, ni tendrá nunca, devociones particulares. Tiene las que el fundador ha ido instituyendo: saludar al Ángel Custodio del Centro al salir y entrar, rezar el Salmo 2 los martes con el rosario en la mano e invocando a la Virgen y al Ángel Custodio, las romerías a la Virgen en mayo rezando tres partes del Rosario, recitar el Símbolo atanasiano los terceros domingos, meditar el Adoro te devote los jueves, etc., ¿no son devociones particulares? ¿Quién más las practica?

En realidad, esta afirmación parece ser un reconocimiento tácito de la falta de originalidad de su espiritualidad. Todo son prácticas piadosas tomadas de aquí y de allá.

35. La Santa Misa es el centro de la vida espiritual de los socios. Vaya, hombre, al fin empieza a hablarse, en este anexo titulado “Espíritu”, de algo que no sea comercial, político o económico.
36. Los nuestros, en los Centros donde desenvuelven sus actividades apostólicas, solicitarán del Rvmo. Sr. Obispo Diocesano, en nombre de la Asociación legal respectiva, la erección de oratorio semipúblico con Sagrario. Una vez más, la Obra no aparece, siendo la asociación interpuesta correspondiente la que dé la cara ante las autoridades civiles y eclesiásticas. Con esta estrategia Escrivá evita a los bienes de su Obra tanto el riesgo de desamortización por parte de las autoridades civiles, como de supervisión por parte de las autoridades eclesiásticas. Lo cual provoca una doble injusticia: la de que los bienes de la Obra evadan responsabilidades fiscales que tendrían que asumir en el caso de que figuraran como propiedad de su verdadero propietario; y la de que la jerarquía eclesiástica no supervise el empleo de unos donativos que la gente entrega pensando que los dona para el Reino de Dios.
37. Dado el carácter de intimidad que han de tener los distintos apostolados que se desarrollan por los socios de la Obra, nunca se celebrarán en los oratorios ceremonias religiosas ajenas a los fines del Opus Dei. O sea, que los oratorios han de estar al servicio exclusivo de la institución, y no para nada de la diócesis. Lo cual resulta anticristiano, puesto que las ceremonias litúrgicas son ceremonias de toda la Iglesia como tal, acciones de Cristo y de su Iglesia, lo que no admite restricciones ni discriminaciones.
38. El Opus Dei está al servicio de la Santa Iglesia. Los socios la sirven lealmente - adhuc autem et animan suam (Luc. XIV, 26) - y nunca se sirven de ella. De aquí, otra característica muy particular de los nuestros: su adhesión rendida y total a la Jerarquía Eclesiástica, a la autoridad eclesiástica ordinaria. Acaba de decir en el artículo anterior que no se prestarán los oratorios de la Obra para ceremonias religiosas ajenas a los intereses de ésta, y ahora viene con esta propagandística declaración de intenciones, totalmente ajena a la realidad de lo que ha sido la historia de la Obra. Pues todas las actividades de la Obra de Escrivá se ordenaron siempre al interés institucional.
39. Los socios del Opus Dei viven con alegría su vida de apóstoles; su ascetismo es un ascetismo sonriente. Que se lo cuenten a tantos y tantas que han perdido la salud psíquica en la Obra de Escrivá, llenando las consultas de los psiquiatras de la Obra, de la cuarta planta de la Clínica Universitaria de Navarra, y llegando incluso hasta el suicidio. Además, es voluntarismo plantear la alegría no como un don del Espíritu Santo (cfr. Gálatas 5, 22), sino como una exigencia institucional.
40. Hemos de practicar gustosamente la humildad colectiva de la Obra. Que nunca un falso amor a nuestra empresa sobrenatural nos lleve a olvidar que el prestigio del Opus Dei es no tener prestigio humano: pasar oculto. Deo omnis gloria! Resulta obsesivo su afán por el secreto.
41. Somos amigos -vos autem dixi amicos! (Joan. XV, 15)-, y, al sobrenaturalizar esa amistad, al poner en esa amistad a Jesucristo, nos sentimos hermanos. ¿Cómo puede denominar amistad una relación –la de los miembros de la Obra entre sí– en que está prohibido y calificado como desordenada amistad particular cualquier modo de compartir la intimidad? Además, ¿quiénes son amigos? ¿Sólo los de la Obra? La cita del Evangelio confunde aún más. No dice Jesús que 'somos amigos', sino 'os he llamado amigos', o sea amigos de Jesús. ¿Se podría pensar que Escrivá está diciendo a los de su Obra que 'sois mis amigos', poniéndose en lugar de Jesucristo, como padre, y 'en consecuencia sois hermanos'. De cualquier forma, no se ve cómo se podría llegar a esa fraternidad si los propios reglamentos obstaculizan realmente la amistad en el art. 20 de Espíritu, y si como se manda en los art. 18 y 44 de este mismo anexo, los socios han de ser inspectores de los demás socios.
42. Nunca despreciamos las virtudes humanas. Son complemento de las virtudes sobrenaturales. Sería conveniente realizar un estudio antropológico sobre esta visión “acumulativa” que Escrivá tiene de las virtudes cristianas: las virtudes humanas no son para él manifestación de las virtudes teologales en la relación del cristiano con los demás, sino unas actitudes que se han de intentar conseguir para complementar el perfil del miembro de la Obra.
43. Fraternidad, optimismo, valentía, intransigencia, alegría, naturalidad, nobleza, sinceridad y sencillez son virtudes propias de los socios del Opus Dei.

44. In hoc cognoscent omnes quia discipuli mei estis, si dilectionem habueritis ad invicem (Joan. XIII, 35). - Esta caridad nos obliga a advertir, enseñar, ayudar y amonestar a los nuestros, dentro de los límites de la corrección fraterna.

Resulta muy chocante que reduzca la caridad con los demás miembros a hacerles corrección fraterna.
45. Nuestra ilusión debe ser vivir como vivieron los primeros cristianos, sin odios de casta, de frontera, ni de lengua.

Somos hijos del mismo Padre, y soldados del mismo Rey: non habemus hic manentem civitatem (Hebr. XIII, l4).

Sin odios de casta: Pero con castas y clases sociales.

Soldados del mismo Rey: Se le nota muy influido por el magisterio de Pío XI, tan anticuado en esta visión del apostolado de la Iglesia como cristiandad, que sería superada por el Concilio Vaticano II. Fue el papa de de sus años mozos, cuando todavía Escrivá “no había perdido la inocencia”.

46. El tesoro del Opus Dei son nuestros enfermos y nuestros ancianos. ¿De qué enfermos y de qué ancianos habla en 1941? Y, desde luego, no dice mucho a favor de esa afirmación el que Isidoro Zorzano, el primero que perseveró, muriera solo en el hospital.
47. El espíritu del Opus Dei es penitente, pero enemigo de singularidades; hace buscar con amor la mortificación en las cosas pequeñas y ordinarias, en el trabajo habitual ordenado y perseverante. Una vez más, la obsesión por no ser reconocidos como religiosos, a fin de poder alcanzar más fácilmente cargos y puestos de poder, condiciona la práctica de la penitencia de los miembros de la Obra de Escrivá.
48. La fe sobrenatural, viva y operativa, nos dará una convicción también sobrenatural, que nos hará pasar por encima de todos los obstáculos, hasta decir con el Apóstol: omnia possum in eo qui me confortat (Philip. IV, 13).

49. Nuestra perseverancia está llena de voluntad. En el Opus Dei no hay gendarmes.

Llena de voluntad: Esto muestra la propensión al voluntarismo de la ascética opusiana.

No hay gendarmes: Eso de que no hay control es justo lo contrario de la praxis de la Obra, según puede verse, sin ir más lejos, en la segunda parte del artículo 18 de este anexo.

50. Seamos sinceros, valientemente sinceros, con Dios, con nosotros mismos y con quienes hacen cabeza; y habremos asegurado nuestra perseverancia. Pone la sinceridad consigo mismo y con Dios, que son necesarias para una vida recta, en el mismo nivel que la sinceridad con quienes hacen cabeza, que no tienen derecho a entrometerse en el fuero de la conciencia de sus súbditos. Por eso, esta petición de sinceridad total con los Directores, cuando se entiende –como se ha enseñado siempre en la Obra– como una exigencia de manifestar la interioridad a los que gobiernan, es algo contrario a la ley de la Iglesia, que prohíbe cualquier inducción a manifestarles el estado interior (así lo señalaba el canon 530 del Código de 1917, y el 630 del Código vigente).

¿Cómo va a ser imprescindible para salvarse algo que la Iglesia prohíbe? Además, este planteamiento adolece de voluntarismo: la perseverancia es, ante todo, un don Dios.

51. ¡El ejemplo! Con nuestro ejemplo edifica Dios o destruye el enemigo.

52. Estamos, con entrega sobrenatural, al servicio de la Iglesia. Toda la ilusión de nuestra alma debe ser esta: servir.

Falso de toda falsedad. Si algo caracteriza el estilo de la Obra es su instrumentalización de todo, su falta de espíritu desinteresado con la Iglesia, en el apostolado, y en el trato con los miembros. No se sirve a las personas, sino que se las utiliza para los intereses institucionales.
53. El celo, que nos abrasa, ha de tener esta ambición: omnes cum Petro ad Jesum per Mariam.

54. El corazón -nuestro corazón- ha nacido para amar, se ha dicho. Metamos en é1 estos tres amores: Cristo, María, el Papa, y el amor nos llevará al sacrificio: a la pureza y a la abnegación, que tienen por fruto el gaudium cum pace.

Nuevamente un planteamiento muy voluntarista, en que no se da prioridad a la iniciativa divina.
55. La obediencia, que hemos de vivir, no es una virtud corriente: nuestra disposición actual ha de ser obedecer usque ad mortem, mortem autem crucis (Philip. II, 8). ¿A quién? Porque si se trata de seguir la voluntad de Dios, la cita bíblica está bien traída. Pero si pretende esa totalidad en la obediencia a los Directores, el planteamiento es fanático.
56. No tengamos miedo a nada ni nadie: Dominus illuminatio mea et salus mea, quem timebo?: Dominus protector vitae meae, a quo trepidabo? Si consistant adversum me castra, non timebit cor meum (Ps. XXVI, 1, 2, 5).

57. No podemos perder el tiempo levantando casas: las tomamos.

Resulta llamativo que pase de la confianza en Dios a esta cuestión estratégica, que además es tan chocante. Este artículo es muy revelador de su estrategia: introducirse en empresas y entidades para hacerse con su control. No se trata, por ejemplo, de construir una facultad universitaria, sino ocupar sus cargos directivos. El resultado es casi el mismo, pero sin coste económico.
58. Amemos la virtud santa de la pobreza. No olvidemos, sin embargo, que nuestra pobreza no ha de entreverse jamás en el porte exterior, que ha de ser el que nos corresponda por nuestra posición y cargo social. Una vez más la virtud ha de supeditarse a la estrategia.
59. En nuestras virtudes y nuestro apostolado huyamos del espectáculo. Sin misterio, ni secreteo, seamos discretos: admiremos la fecundidad de los treinta años de vida oculta de Jesucristo. Suena hasta irreverente justificar el secreteo que aparece por doquier en estos anexos de los reglamentos de 1941, con la imitación de la vida oculta de nuestro Señor.

Además, lo contrario del espectáculo no tiene que ser el misterio ni el secreteo, sino la sencilla naturalidad. Sólo cuando se desvela algo vergonzoso, es cuando se produce un espectáculo.

60. Tres son los puntos que determinan el plano de nuestra felicidad en la tierra y nos aseguran la dicha eterna: la Fe, la Pureza y el Camino. Resulta chocante esta sustitución de la esperanza y la caridad teologales por la pureza y el camino. Es una humanizante reducción de la esperanza a una de sus manifestaciones humanas, y una sustitución de la caridad por la fidelidad a la Obra de Escrivá.
61. No hablemos de nuestra vocación, bajo ningún pretexto, si no es con nuestros hermanos, y con sacerdotes que íntimamente conozcan y amen el espíritu de la Obra.

Una indiscreción puede bastar para perjudicar la labor y aún para perder el Camino. ¿Cómo van a aconsejar en negocio que no conocen, o que han llegado a conocer de modo fragmentario -por curiosidad o por falta de espíritu de quien les habló - y quizá apasionadamente?

No hay que interpretar este punto como una limitación de la plena sinceridad con que se debe abrir el alma a un director espi­ritual; pero, en todo caso, téngase presente que no es fácil que el director espiritual pueda aconsejar bien respecto de la Obra si no le es bien conocida.

En este punto ya está contenida la doctrina que Escrivá llamaría del Buen Pastor, con la que, en contra de la ley eclesiástica (expresada en el canon 530 del Código de 1917 y en el 630 del Código de 1983), siempre buscó que los miembros de la Obra sólo se aconsejaran con los Directores y sacerdotes de la institución.
62. La guarda de nuestras costumbres nos dará, con el espíritu de la Obra, la fisonomía, el parecido de familia. Por lo que puede comprobarse leyendo este primer escrito fundacional, en realidad, lo que Escrivá considera espíritu de la Obra no es más que un estilo en la apariencia y una praxis de funcionamiento. Lo define muy bien en este punto, al hablar de fisonomía, que muestra que Escrivá no tuvo un espíritu fundacional, sino unas preferencias en el aspecto o apariencia de su modo de funcionar.
VI. C E R E M O N I A L

(1ª Parte:

Lista de san José

Admisión

Preces

Bendición de viaje

Oblación).

Ceremonial es el último anexo al Reglamento del Opus Dei como Pía Unión. A primera vista podría parecer un documento sin demasiado interés. Sin embargo, a mi entender, resulta también muy significativo.

En efecto, Ceremonial muestra muy bien la mentalidad formalista-ritualista de Escrivá quien, cuando todavía apenas había medio centenar de socios, ya se había preocupado de establecer los ritos que habrían de seguirse para la ceremonia anual de petición de vocaciones, para la admisión e incorporación temporal (oblación) y definitiva (fidelidad) de los miembros, para la institución de los numerarios (hoy inscritos) y para el Círculo Breve.

Desde 1941 estas ceremonias se han mantenido en lo sustancial, con pequeñas modificaciones que iremos haciendo notar en los comentarios.

Se ha dividido el comentario en dos partes. En la primera nos centraremos en la lista de san José, en el rito de admisión y oblación, en la bendición de viaje y en las Preces de la Obra. Queda para la segunda parte lo referente a la ceremonia de fidelidad de los socios, así como la prevista para instituir socios numerarios (hoy llamados inscritos), y al guión del Círculo Breve.

ORDEN QUE SE HA DE SEGUIR

EN LA PETICIÓN DE VOCACIONES

que se celebra en todas las casas del Opus Dei en las vísperas de san José, nuestro Padre y Señor.

Hoy esta ceremonia se realiza, efectivamente, en la víspera del día de san José en los centros de Numerarios y, según los casos, de Agregados. Los grupos de supernumerarios y algunos centros de Agregados, en cambio, confeccionan la así llamada “Lista de san José” en el Círculo anterior a la fiesta.

El ceremonial no explica que, una vez rezadas las preces iniciales, se abre el sobre que contiene la lista del año anterior, y se aplaude cada vez que ha pitado alguno de la lista. Desde hace ya bastantes años, suele ser un momento bastante deprimente, porque con la crisis que atraviesa la Obra, cada vez son menos los despistados que se dejan captar por la institución.

Lo de que el nombre de los candidatos se pueda escribir en latín no deja de ser bastante chocante, o sea, poco secular. De todos modos, eso se dejó de hacer bastante pronto, pasando a escribirse los nombres en lengua vernácula.

Esta ceremonia suele crear suscitar bastante tensión y rechazo en aquellos socios cuyo apostolado es menos institucional. Es violento no tener conocidos a quienes poner en la Lista y verse obligado a hacer el paripé de poner a alguien inadecuado, para cubrir el expediente.

Lo de los debates sobre la aptitud o no de los propuestos suele resultar patético, además de prestarse a la difamación o, al menos, a poner en boca de los demás, aspectos privados o íntimos del candidato. Por eso, algunos Directores optan por pasarlo por alto.

El sacerdote, o el más digno, comienza el himno “Veni, Creator”, y todos, continúan a dos coros. Después dice:

V. Envía tu Espíritu y serán creados.

R. Y renovarás la faz de la tierra

Oremos:

Oh, Dios, que has instruido los corazones de tus fieles, etc.

Acabada la oración, cada uno de los socios presentan en lengua vernácula o latina los nombres que se han de escribir en el papel. Una vez escritos los nombres, o rechazados después de haberlo debatido, el Sacerdote o el más digno dice, estando todos en pie:

V. Nuestro auxilio es el nombre del Señor.

R. Que hizo el cielo y la tierra.

V. Señor, escucha mi oración.

R. Y llegue a ti mi clamor.

Si es Sacerdote, añade:

V. El Señor esté con vosotros.

R. Y con tu espíritu.

Todos se arrodillan, excepto el Sacerdote o el más digno.

Oremos.

Señor Jesucristo, que dijiste a tus Apóstoles: La mies es mucha pero los obreros, pocos: movidos por tu amor y tu gloria rogamos al Señor de la mies que envíe operarios a su mies. Tú que vives y reinas con Dios Padre en la unidad del Espíritu Santo, y eres Dios por los siglos de los siglos.

R. Amén.

El Sacerdote se arrodilla y prosigue:

V. Santa María, Esperanza nuestra, Asiento de la Sabiduría (o Esclava del Señor).

R. Ruega por ellos.

V. San José, Padre y Señor.

R. Ruega por ellos.

V. San Miguel R. Ruega por ellos.

V. San Gabriel R. Ruega por ellos.

V. San RafaelR. Ruega por ellos.

V. San PedroR. Ruega por ellos.

V. San Pablo R. Ruega por ellos.

V. San Juan R. Ruega por ellos.

V. Todos los santos Ángeles Custodios

R. Rogad por ellos.

V. Dios nos dé su paz.

R. Y la vida eterna. Amén.

Movidos por tu amor y tu gloria: Rechina en el corazón leer esta frase en la oración de petición, cuando uno sabe que uno de los más graves problemas de la Obra de Escrivá es la falta de rectitud en el preoselitismo.
CEREMONIAL PARA ADMITIR A LOS SOCIOS SUPERNUMERARIOS

(No hay ninguna ceremonia especial para admitir a los socios inscritos. Basta su anotación en la lista de socios).

Se acercan los candidatos uno a uno y, arrodillados ante la Cruz de Palo, dicen:

Uno a uno: En la presencia de Dios nuestro Señor, para quien es toda la gloria, confiando en la intercesión de Santa María y de nuestros Patronos, poniendo por testigo a mi Santo Ángel Custodio, me consagro a dedicarme al efectivo reino de Cristo en la tierra, según el régimen y el espíritu del Opus Dei, durante el tiempo de mi prueba.

Besa la Cruz de Palo y la mano del Padre o la estola del Sacerdote.

El Sacerdote se arrodilla y los demás con él.

V. Santa María, Esperanza nuestra, Asiento de la Sabiduría.

R. Ruega por nosotros. (Las socias, en cambio, en lugar de Asiento de la sabiduría dicen: Esclava del Señor).

V. San Miguel. R. Ruega por nosotros.

V. San Gabriel. R. Ruega por nosotros.

V. San Rafael. R. Ruega por nosotros.

V. San Pedro. R. Ruega por nosotros.

V. San Pablo.R. Ruega por nosotros.

V. San Juan. R. Ruega por nosotros.

El más digno: Manda, Señor, tu bendición.

El Sacerdote bendice: El Señor esté en vuestros corazones y en vuestros labios, en el nombre del Padre + y del Hijo y del Espíritu Santo.

V. Amén

El Sacerdote y los demás dicen: El Omnipotente y misericordioso Señor nos conceda el gozo y la paz, un cambio de vida, un espacio de verdadera penitencia, la gracia y el consuelo del Espíritu Santo, y la perseverancia en el Opus Dei.

Recuerdo que estos supernumerarios son los que hoy se denominan numerarios.

Llama la atención que Escrivá afirmara que en su Obra no había clases de socios y que, sin embargo, los llamados entonces inscritos (hoy supernumerarios) no tuvieran que consagrarse para ser admitidos.

Los entonces supernumerarios, en cambio, sí se consagraban, ya en la Admisión. ¿Dónde estaba su espíritu secular?

Resulta significativo que en la oración final pida la perseverancia no en las buenas obras, que es lo que dice la oración común de la Iglesia, sino en el Opus Dei. Es una manifestación más de la divinización de la institución, que se verá subrayada cada vez que estos reglamentos hablan de consagrarse no a Dios en el Opus Dei, sino al Opus Dei.

PRECES QUE HAN DE RECITAR CADA DÍA LOS SOCIOS DEL OPUS DEI

Una vez besado el suelo, dicen: Serviré.

Después, estando de rodillas:

A LA SANTÍSIMA TRINIDAD: Te damos gracias, Dios, te damos gracias: verdadera y única Trinidad, única y suma Deidad, santa y única Unidad.

A JESUCRISTO REY: El Señor es nuestro Juez; el Señor es nuestro Legislador; el Señor es nuestro Rey. Él mismo nos salvará.

V. Cristo, Hijo del Dios vivo, ten piedad de nosotros.

R. Cristo, Hijo del Dios vivo, ten piedad de nosotros.

V. Levántate, Cristo, ayúdanos.

R. Y libéranos por tu nombre.

A LA BIENAVENTURADA VIRGEN MARÍA MEDIANERA: Virgen Madre de Dios, cuando estés en la presencia del Señor, acuérdate de hablar cosas buenas en nuestro favor.

A SAN JOSÉ, ESPOSO DE SANTA MARÍA VIRGEN: Dios te hizo casi Padre del Rey, y señor de su casa universal: ruega por nosotros.

A LOS ÁNGELES CUSTODIOS: Santos Ángeles de la guarda, defendednos en el combate para que no perezcamos en el temible juicio.

OREMOS POR EL PAPA, NUESTRO SANTO PADRE: El Señor lo conserve, lo llene de vida, lo haga feliz en la tierra y no lo entregue en manos de sus enemigos.

OREMOS TAMBIÉN POR NUESTRO OBISPO N.: Que se mantenga firme y nos apaciente en tu fortaleza, Señor, en la sublimidad de tu nombre.

OREMOS POR LA UNIDAD DEL APOSTOLADO: Que todos sean una sola cosa como tú, Padre, en mí y yo en ti: que sean una sola cosa como también nosotros somos una sola cosa.

V. Todo reino dividido contra sí mismo será desolado.

R. Y toda ciudad o casa dividida contra sí no permanecerá en pie.

OREMOS POR NUESTROS BENEFACTORES: Señor, dígnate conceder la vida eterna a todos los que, por tu nombre, nos hacen el bien. Amén.

OREMOS POR EL PADRE: La misericordia del Señor esté desde siempre y para siempre sobre él: pues el Señor custodia a todos los que lo aman.

OREMOS TAMBIÉN POR NUESTROS HERMANOS DEL OPUS DEI VIVOS Y DIFUNTOS: Dios mío, salva a tus siervos, que esperan en ti.

V. Señor, envíales tu auxilio desde tu lugar santo.

R: Y protégelos desde Sion.

V. Señor, dales el descanso eterno.

R. Y brille para ellos la luz perpetua.

V. Descansen en paz.

R. Amén.

V. Señor, escucha mi oración.

R: Y llegue a ti mi clamor.

Los Sacerdotes añaden:

V. El Señor esté con vosotros.

R. Y con tu espíritu.

Oremos.

Oh Dios, de quien es propio tener siempre misericordia y perdonar, acoge nuestra plegaria. Señor, quema con el fuego del Espíritu Santo nuestras entrañas y nuestro corazón para que te sirvamos con un cuerpo casto y te agrademos con un corazón limpio. Te rogamos, Señor, que prevengas con tu inspiración nuestras acciones y las lleves a su término con tu ayuda, a fin de que toda nuestra oración y actuación comiencen siempre en ti y, comenzadas por ti, sean llevadas a su término. Por Cristo, Señor nuestro. Amén.

El Omnipotente y misericordioso Señor nos conceda el gozo y la paz, un cambio de vida, un espacio de verdadera penitencia, la gracia y el consuelo del Espíritu Santo, y la perseverancia en el Opus Dei.

V. San Miguel. R. Ruega por nosotros.

V. San Gabriel. R. Ruega por nosotros.

V. San Rafael. R. Ruega por nosotros.

V. San Pedro. R. Ruega por nosotros.

V. San Pablo.R. Ruega por nosotros.

V. San Juan. R. Ruega por nosotros.

Cuando está presente un sacerdote, el más digno dice:

Manda, Señor, tu bendición.

El Sacerdote bendice:

El Señor esté en vuestros corazones y en vuestros labios, en el nombre del Padre + y del Hijo y del Espíritu Santo.

R. Amén.

V. Paz.

R. Para siempre

Como puede verse en la web oficial de la Obra, las Preces se han mantenido igual desde entonces, con la salvedad del añadido de la invocación al fundador, después de la invocación a los santos Ángeles Custodios:

V. A san Josemaría, nuestro Fundador.
R. Intercede por tus hijos para que, fieles al espíritu del Opus Dei, santifiquemos el trabajo y nos esforcemos por ganar almas para Cristo.

Lo de ganar almas para Cristo, y no para la Obra, es una de las mentiras de esta institución.

Llama la atención la doble petición por la unidad, que siempre sería lo primero para Escrivá: “Obedecer o marcharse”.

La petición por el Papa suena a los tiempos de Pío XI prisionero.

Lo de la sublimidad en la petición por el obispo resulta excesiva.

La suposición de santidad en el Padre es también excesiva.

Una vez más, aparece la petición de la perseverancia no en el bien, sino en la Obra de Escrivá, como bien supremo.

CEREMONIAL PARA LA OBLACIÓN

Sentado el Sacerdote a la izquierda de la Cruz de Palo, y puesto de rodillas ante ella el socio que ha de pronunciar la oblación, se comienza sin más palabras ni ceremonia:

El socio: Confiando en la intercesión de Santa María y poniendo por testigo a mi Santo Ángel Custodio, me consagro consciente y voluntariamente al Señor hasta la próxima fiesta de San José, según el régimen y espíritu del Opus Dei.

Inmediatamente, el Sacerdote hace la señal de la Cruz a cada uno (sólo a los socios varones) en la frente, en la boca, sobre el corazón, y en el pecho desde un hombro al otro, diciendo:

Cristo + en tu inteligencia, Cristo + en tus labios, Cristo + en tu corazón, Cristo + en tus obras.

Todos: Amén.

El Sacerdote entrega a cada uno de los socios o socias un Crucifijo previamente bendecido (que les da a besar), y un ejemplar de los santos Evangeliuos, diciendo:

Hijo de Dios (o hija de Dios), recibe las armas con que librar este combate por la íntegra gloria de Dios; y acuérdate de que cuantos medios emplees para alcanzar nuestro fin, se han de apoyar en el Evangelio y la Cruz.

El socio besa la Cruz de Palo y la mano del Padre, o la estola del Sacerdote. A continuación, el Sacerdote se arrodilla y los demás con él.

V. Santa María, Esperanza nuestra, Asiento de la sabiduría (o Esclava del Señor).

R. Ruega por nosotros.

V. San Miguel. R. Ruega por nosotros.

V. San Gabriel. R. Ruega por nosotros.

V. San Rafael. R. Ruega por nosotros.

V. San Pedro. R. Ruega por nosotros.

V. San Pablo.R. Ruega por nosotros.

V. San Juan. R. Ruega por nosotros.

El más digno: Manda, Señor, tu bendición.

El Sacerdote bendice: El Señor esté en vuestros corazones y en vuestros labios, en el nombre del Padre + y del Hijo y del Espíritu Santo.

V. Amén

El Sacerdote y los demás dicen: El Omnipotente y misericordioso Señor nos conceda el gozo y la paz, un cambio de vida, un espacio de verdadera penitencia, la gracia y el consuelo del Espíritu Santo, y la perseverancia en el Opus Dei.'

Una vez más, se habla de consagración. Y el tono y posturas de la ceremonia recuerda la de la profesión religiosa.

Se habla mucho de armas, de combate: demasiado belicismo.

Que se haya de besar la mano del Padre y no la del sacerdote, cuando aquél no preside, parece una especie de divinización.

Una vez más se pide la perseverancia en la Obra y no en el bien.

VI. C E R E M O N I A L

(2ª Parte:

Fidelidad

Institución de Numerarios

Círculo Breve).

Examinamos ahora los tres últimos ritos de este Ceremonial. El primero se refiere a la ceremonia de Fidelidad, que tiene todo el sabor de una consagración perpetua.

La segunda ceremonia es la prevista para instituir a los socios Numerarios, que hoy se denominan Inscritos. Es muy interesante, porque trasluce el ambiente de una secta gnóstica en la que hay unos pocos escogidos que vienen como a formar la guardia pretoriana de la organización.

Finalmente, aparece el guión del Círculo Breve, que es la reunión de formación semanal de los que hoy llamamos Numerarios y Agregados (es prácticamente idéntico al Círculo de Estudios de los que hoy llamamos Supernumerarios), y que ha permanecido prácticamente invariable hasta nuestros días

FIDELIDAD

Sentado el Sacerdote junto a la Cruz de Palo (a su izquierda), y puestos de rodillas ante ella los socios, van diciendo uno por uno la fórmula de la fidelidad:

Señor Jesús, recíbeme como siervo perpetuo (sierva perpetua) del Opus Dei, en sometimiento y sacrificio de perpetua alabanza: me ofrezco a mí mismo voluntariamente y para siempre, con todas mis fuerzas y afectos y lo más íntimamente que soy capaz.

Y con la intercesión de la bienaventurada y gloriosa María, siempre Virgen, con san José, los santos Arcángeles Miguel, Gabriel y Rafael, tus santos Apóstoles Pedro, Pablo y Juan, y todos los Ángeles Custodios, concédeme, Señor, la paz en mis días: para que, ayudado (ayudada) por tu misericordia, pueda cumplir tu santísima voluntad. Amén.

Besan la Cruz de Palo y la mano del Padre o la estola del Sacerdote. Después, se bendicen los anillos:

V. Nuestro auxilio es el nombre del Señor.

R. Que hizo el cielo y la tierra.

V. Señor, escucha mi oración.

R. Y llegue a ti mi clamor.

V. El Señor esté con vosotros.

R. Y con tu espíritu.

Oremos.

Señor, bendice estos anillos (este anillo), que bendecimos + en tu nombre, de forma que quienes (quien) los lleven (lo lleve) guardando fidelidad a su vocación, permanezcan en tu paz y tu voluntad. Por Cristo nuestro Señor.

R. Amén.

Después, el Sacerdote asperja tres veces los anillos con agua bendita, y los impone a los socios del Opus Dei en cualquier dedo de la mano izquierda, diciendo a cada uno:

Oh, Dios, confirma lo que se ha obrado en él (o ella).

Todos se arrodillan.

El más digno: Manda, Señor, tu bendición.

El Sacerdote bendice: El Señor esté en vuestros corazones y en vuestros labios, en el nombre del Padre + y del Hijo y del Espíritu Santo.

R. Amén

El Sacerdote se arrodilla y todos dicen:

El Omnipotente y misericordioso Señor nos conceda el gozo y la paz, un cambio de vida, un espacio de verdadera penitencia, la gracia y el consuelo del Espíritu Santo, y la perseverancia en el Opus Dei.'

Toda la ceremonia de la fidelidad evoca la profesión de votos perpetuos de las personas consagradas: que si “siervo perpetuo”, que si “sometimiento y sacrificio perpetuos”, que si imponer un anillo de consagración perpetua: nada menos secular.

Lo de besar la mano del Padre y no la del sacerdote, cuando aquél no preside, confiere una especie de condición sobrenatural al Padre, que rechina bastante la sensibilidad de quien no esté afectado de patrolatría.

Se indica que se impone el anillo de la fidelidad en cualquier dedo de la mano izquierda. Después se haría en el dedo anular.

Nuevamente se pide perseverancia en el Opus Dei y no en el bien ni en las buenas obras, como se hace en la Iglesia.

CEREMONIA PARA INSTITUIR SOCIOS NUMERARIOS

Sacerdote: Todos los creyentes tenían un sólo corazón y una sola alma (1).

Los socios: Elevaron su voz a Dios unánimemente y dijeron: Señor, Tú que hiciste el cielo y la tierra, el mar y todo lo que hay en ellos; tú que por el Espíritu Santo dijiste, por boca de nuestro padre David, tu siervo:

¿Por qué se amotinan las naciones, y los pueblos planean proyectos vanos?

Se han presentado los reyes de la tierra, y los príncipes conspiraron contra el Señor y contra su Mesías.

Pues, en verdad, se aliaron en esta ciudad Herodes y Poncio Pilato con los gentiles y el pueblo de Israel contra tu santo siervo Jesús, a quien ungiste, para realizar cuanto tu mano y tu voluntad habían determinado que debía suceder.

Y ahora, Señor, fíjate en sus amenazas, y concede a tus siervos predicar tu palabra con toda valentía; extiende tu mano para que se realicen curaciones, signos y prodigios por el nombre de tu santo siervo Jesús (2).

El Sacerdote: El grupo de los creyentes tenía un solo corazón y una sola alma: nadie llamaba suyo propio nada de lo que tenía, pues lo poseían todo en común (3).

El Sacerdote prosigue: Señor Dios nuestro, sálvanos (4).

Los socios: Para que demos gracias a tu santo nombre (5).

El Sacerdote: Hermanos: ya no sois extranjeros ni forasteros, sino conciudadanos de los santos y miembros de la familia de Dios, edificados sobre el cimiento de los Apóstoles y Profetas, y el mismo Cristo Jesús es la piedra angular (6). Quien cuenta la muchedumbre de las estrellas (7), os cuente entre sus amigos e hijos.

Los socios: Yo me alegraba con tu promesa: como quien encuentra un rico botín (8). Nosotros sabemos que hemos pasado de la muerte a la vida en que amamos a los hermanos (9): y si un miembro sufre, todos sufren con él; si un miembro es honrado, todos se alegran con él (10).

En esto hemos conocido el amor de Dios, en que Él dio su vida por nosotros; también nosotros debemos dar nuestra vida por los hermanos (11).

El Sacerdote: Sed fuertes y valientes de corazón los que esperáis en el Señor (12).

Después besan la mano del Padre o la estola del Sacerdote, quien los abraza.

Todos se arrodillan y dicen: El Omnipotente y misericordioso Señor nos conceda el gozo y la paz, un cambio de vida, un espacio de verdadera penitencia, la gracia y el consuelo del Espíritu Santo, y la perseverancia en el Opus Dei.

La ceremonia de institución de Numerarios —los que hoy se denominan Inscritos— es fundamentalmente una selección de textos de la Escritura, concluida por la oración usual en otras ceremonias de la Obra de Escrivá. Los textos bíblicos escogidos resultan enormemente significativos, en cuanto intentan destacar los siguientes objetivos:
  • Ante todo la unidad monolítica: “un sólo corazón”, “unánimemente”, “todo en común”, “todos sufren y se alegran con él”.
  • El recurso al salmo II en el contexto de persecución de los Apóstoles, supone como un llamado a hacer piña ante los ataques externos.
  • Presenta a los Numerarios (Inscritos) como los que ya no son extranjeros, sino amigos e hijos: o sea, la pomada de la secta.
  • Entrar en esa nueva fraternidad es el más rico botín, algo tan grande por lo que hay que estar dispuesto a dar hasta la vida: es decir, son verdaderos conjurados.

Una vez más, se habla de besar la mano del Padre, como algo tan sagrado como la estola sacerdotal, y se pide la perseverancia en el Opus dei y no en las buenas obras.

CÍRCULO BREVE

I. V. Ven, Espíritu Santo, llena los corazones de tus fieles y enciende en ellos el fuego de tu amor. Envía tu Espíritu y serán creados.

R. Y renovarás la faz de la tierra.

Oremos.

Oh, Dios, que has instruido los corazones de tus fieles con la luz del Espíritu Santo, concédenos en el mismo Espíritu saborear las cosas rectas y gozar siempre de sus consuelos. Por Cristo, nuestro Señor.

R. Amén.

V. En el nombre del Padre y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén. Santa María, Esperanza nuestra, Asiento de la Sabiduría (las socias, en lugar de Asiento de la Sabiduría, dicen Esclava del Señor).

R. Ruega por nosotros.

II. Comentario del Evangelio.

III.Lectura del plan de vida (el Presidente y los socios oyen esta lectura de pie). Comentario de algún punto del Plan de vida o de las Costumbres, Espíritu, etc.

PLAN DE VIDA

Diariamente: Ofrecimiento de obras.Oración mental (media hora por la mañana y media hora por la tarde). Santa Misa. Comunión. Visita al Santísimo. Lectura del Santo Evangelio, y de algún libro espiritual. Preces. Santo Rosario (quince misterios). Exámenes de conciencia. Ange­lus, o Regina Coeli.

Semanalmente: Confesión sacramental, una mortificación corporal y rezo de la Salve, los sábados.

Mensualmente : Un día de retiro.

Cada año: Ejercicios espirituales.

Siempre: Presencia de Dios. Considerar nuestra filiación divina. Comuniones espirituales. Acciones de gracias. Actos de desagravio. Oraciones jaculatorias. Mortificación. Estudio. Trabajo. Orden. Alegría.

IV. Examen.

1. ¿He omitido la meditación, o he disminuido su tiempo fuera de caso de enfermedad?

2. ¿Me he ejercitado en la presencia de Dios y he considerado frecuentemente mi filiación divina cada día?

3. ¿Procuré que mi primer pensamiento y el último de cada día fueron para Dios?

4. ¿He omitido el examen particular o he hecho con precipitación el general?

5. ¿He dejado de hacer a diario un memento en la Santa Misa, por la Obra de Dios, por mis hermanos, y de modo especial por mis superiores?

6. ¿He llevado bien las contrariedades de la jornada?

7. ¿He dejado de hacer las mortificaciones acostumbradas?

8. ¿Procuro adquirir el espíritu de penitencia?

9. ¿He rectificado la intención buscando en todas mis cosas so­lamente la gloria de Dios?

10. ¿He rezado con pausa y atención las Preces de la Obra y las demás oraciones vocales?

11. ¿He vivido el espíritu de sacrificio en el cumplimiento de los apostolados que por los superiores se me encomiendan?

12. ¿He sido dócil en aceptar las órdenes y consejos o reprensiones de mis superiores?

13. ¿He puesto la debida diligencia en el desempeño de los cargos y ministerios propios de la Obra?

14. ¿Me he esmerado en la práctica de la caridad, al tratar con mis hermanos?

15. ¿Tengo presentes de modo especial las normas de la caridad y de la prudencia, al dar o recibir -siempre que sea precisa- la corrección fraterna?

16. ¿Manifiesto con hechos mi espíritu de proselitismo?

17. ¿Soy consciente de haber irrogado un mal cierto a la Obra de Dios por mí apatía, por mi indiscreción, o por mi tibieza o frialdad e el desempeño de mis deberes religiosos, sociales o profesionales?

18. ¿Qué conducta he observado en la labor cultural, indispensable para el cumplimiento de mi fin, en el estudio y en el aprovechamiento del tiempo?

19. ¿He hecho gastos superfluos, por lujo, capricho, vanidad, comodidad etc.?

20. ¿He tenido presente mi deber de responder en conciencia a las preguntas o consultas del legítimo superior, estando siempre dispuesto aceptar rendidamente la solución opuesta a mi consejo?

21. ¿He desdeñado el sacrificio en las cosas pequeñas de cada día?

22. ¿Procuro con el orden de mi trabajo dar mayor eficacia a mi 1abor, y a Dios más gloria?

23. ¿Hago mi trabajo cuando debo -hoy, ahora- o me engaño con retardos que equivalen a no cumplirlo?

24. ¿Cuido de que no haya en mi porte exterior algo molesto, chocante o extraño que desdiga del cargo y posición que ocupo?

25. ¿Me dejo dominar por la tristeza sin considerar que es aliada del enemigo?

26. ¿Realizo mis trabajos con la alegría del que se sabe hijo de Dios?

V.Presidente: Nuestro auxilio es el nombre del Señor.

Todos: Que hizo el cielo y la tierra.

Pres: Yo confieso ante Dios todopoderoso...

Todos: Dios todopoderoso tenga misericordia de ti y, perdonados tus pecados, te conduzca a la vida eterna.

Pres: Amén.

Todos: Yo confieso ante Dios todopoderoso...

Pres: Dios todopoderoso tenga misericordia de vosotros y, perdonados vuestros pecados, os conduzca a la vida eterna.

Todos: Amén.

Pres: El Señor omnipotente y misericordioso + nos absuelva de los vínculos de nuestros pecados.

Todos: Amén.

Luego, quienes anticipadamente hayan obtenido permiso, poniéndose sucesivamente de rodillas, uno a uno, harán manifestación de sus faltas -no de pecados, ni de cosas de conciencia- diciendo:

al comenzar: "En la presencia de Dios Nuestro Señor, me acuso de…”

al terminar: ".....por estas culpas pido perdón y penitencia".

El Presidente impondrá a cada uno la penitencia según es costumbre.

VI. Lectura y comentario de algún libro espiritual o plática.

VII. Charla sobre asuntos de la Obra.

VIII. Preces y, si el Presidente es Sacerdote, bendición: Dominus in cordibus vestris et in labiis vestris, in nomine Patris + et Filii et Spiritus Sancti. Amen. (El Señor esté en vuestros corazones y en vuestros labios, en el nombre del Padre + y del Hijo y del Espíritu Santo. Amén).

El Círculo Breve es la reunión semanal de formación para los hoy llamados Numerarios y Agregados. La de los hoy denominados Supernumerarios se llama Círculo de Estudios, y es muy semejante. Se llama Breve para distinguirlo del retiro mensual, que es más extenso.

Lo primero que cabe destacar es la diferencia entre la invocación a la Virgen María de los varones como Asiento de la Sabiduría, y la de las mujeres como Esclava del Señor. Está en consonancia com lo que había publicado dos años antes: «Si queréis entregaros a Dios en el mundo, antes que sabios -ellas no hace falta que sean sabias: basta que sean discretas- habéis de ser espirituales... (Camino, 946).

Llama la atención que la lectura del Plan de Vida haya que escucharla en pie, obsequio que sólo prestamos los cristianos a la lectura del Evangelio. Y es que Escrivá aseguraba la salvación a quienes le cumplieran las Normas que él nos había regalado, como si de un nuevo evangelio se tratara.

La lectura del Plan de Vida puede parecer una broma más que pesada a quien haya leído previamente en el Reglamento de la Pía Unión que el único compromiso religioso es hacer media hora de oración diaria. Y, desde luego, deja muy claro al lector no avisado que la tensión de los socios de la Obra de Escrivá por cumplir tal objetivo no les deja espacio interior alguno para abrirse a una auténtica espiritualidad, que queda sofocada en el cumplimiento de tan asfixiantes obligaciones religiosas como la recitación diaria de los 15 misterios del Rosario (menos mal que todavia Juan Pablo II no había añadido los misterios luminosos). Tan evidente resultaba que, en los años 60, Escrivá sustituyó el rezo de los 15 misterios por la recitación de una parte del Rosario y la contemplación de las dos partes restantes.

Nótese que entonces aún hablaba de ejercicios espirituales y no de cursos de retiro, como haría tiempo después para intentar darle un aire de originalidad a lo que estaba calcado de los ejercicios ignacianos.

Entre las preguntas del examen, llama la atención el planteamiento voluntarista de Escrivá, que habla de ejercitarse en la presencia de Dios y en la filiación divina, en vez de exhortar a pedir a Dios esos dones.

Es constante la referencia a los superiores –terminología propia de los consagrados-, en vez de hablar de directores: uma terminologia que se mantendría hasta muy tarde. ¿Qué carisma tuvo Escrivá, para seguir con estos planteamientos tantos años después de la supuesta fundación?

La pregunta n. 20 sobre el deber de responder en conciencia a las preguntas de los superiores, atentaba contra el canon 530 del Código de Derecho Canónico de 1917, que se recoge en el canon 630 del Código actual: ahí estasba ya el abuso de que los superiores pudieran pedir cuenta de consciência y de considerar la dirección espiritual como materia de obediência.

Es chocante el modo dialogado de pedir perdón después del examen, cuando quien preside el Círculo no es sacerdote. Eso se cambió más tarde, reservando esa forma para las ocasiones en que presidiera el Círculo un sacerdote.

La manifestación pública de faltas contra el espíritu es otro gesto nada secular, em cuanto se corresponde con el “capítulo de culpas” que hacen los religiosos, según explicaba el proprio Escrivá en el n. 24 de las Lineamenta Generalia que mandó para que su Obra fuera aprobada por la Santa Sede como Sociedad clerical de vida común sin votos públicos en 1943. También es muy conventual que el Presidente imponga a cada uno una penitencia.




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